EDITORIAL: Embalses de uso agrícola
EDITORIAL: Embalses de uso agrícola Embalses de uso agrícola La Sala de la Cámara aprobó las modificaciones modificaciones del Senado al proyecto que modifica el código de Aguas con el objeto de facilitar la construcción de embalses de uso agrícola, La norma aprobada será remitida remitida al Ejecutivo para su promulgación como ley de la República. La propuesta corresponde a una moción del diputado Juan Antonio Coloma.
Su fin es facilitar la construcción de tranques, para elevar la capacidad de las mfraestructuras mfraestructuras y que no requieran aprobación de la Dirección general de Aguas (DGA). Para ello, la norma incorpora estas edificaciones edificaciones en el grupo de obras que están exentas de solicitar el citado permiso sectorial. sectorial. Actualmente, la norma exige esta autorización para embalses con capacidad superior a los 50 mil metros cúbicos o cuyo muro será superior a 5 metros de altura. La propuesta aprobada distingue entre los embalses que se construyan en o fuera de un cauce natural. Así, requerirán permiso permiso los embalses de más de 50 mil metros cúbicos o cuyo muro sea superior a 5 metros metros de altura, si están en un cauce natural. En el caso de los que están fuera de este, se necesitará tramitar el permiso si la capacidad capacidad es superior a 150 mil metros cúbicos o sus muros sobrepasen los siete metros de altura. El propietario o administrador, vía declaración declaración jurada a la DGA, informará previo al inicio de obras, los datos sobre dimensiones y fechas, entre otros puntos. Además, en el plazo de 6 meses de terminadas terminadas dichas obras, deberán informar a esa dirección los proyectos definitivos para su conocimiento e inclusión en la Catastro Público de Aguas..