Extractos: SERVICIO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL REGIÓN DEL LIBERTADOR GRAL. BERNARDO O'HIGGINS
Extractos: SERVICIO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL REGIÓN DEL LIBERTADOR GRAL.
BERNARDO O'HIGGINS Servicio de Evaluación Ambiental Gobierno de Chile PUBLICIDAD NOTIFICA RESOLUCIÓN EXENTA Nº20260600164/2026 DA INICIO DE PROCESO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL "REGULARIZACIÓN Y OPTIMIZACIÓN TRANQUE ARRAYANES" De conformidad con lo dispuesto en al artículo 94 del D.S.
Nº40/2012 y sus modificaciones posteriores, todas del Ministerio del Medio Ambiente, correspondiente al Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante "Reglamento del SEIA"), mediante la presente publicación, se notifica que mediante la Resolución Exenta N20260600164, de fecha 5 de mayo de 2026 de la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, se ha Resuelto Dar Inicio a un Proceso de Participación Ciudadana, por un plazo de 20 días hábiles, contados desde el día siguiente de la realización de las publicaciones, de acuerdo a lo establecido en el artículo 30 bis de la Ley Nº19.300 y sus modificaciones posteriores, en el marco del procedimiento de evaluación ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Regularización y optimización tranque Arrayanes" (en adelante, "Proyecto"), presentada por don Jean Paul Henri Rouse Hollemart en representación legal de Olivos del Sur S.A. (en adelante, el "Proponente"), acogida a trámite en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante, "SEIA") con fecha 06 de enero de 2026. El Proyecto se ubicaría en la comuna de La Estrella, provincia de Cardenal Caro, de la Región de O'Higgins.
El Proyecto antes señalado, ha ingresado ingresó al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental por tipificar obligatoriamente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3, letra a. 1), del Reglamento del SEIA, ya que este corresponde a un Proyecto de Infraestructura Hidráulica. que contempla la construcción de un embalse de acumulación de aguas para uso en riego agrícola, con un muro de altura superior a 5 metros, y, una capacidad mayor a 50.000 metros cúbicos. Cualquier persona natural o jurídica podrá realizar observaciones al proyecto según lo dispuesto en al artículo 95 del D.S.
Nº40/2012 y sus modificaciones posteriores, todas del Ministerio del Medio Ambiente, el cual, señala que: "(. .. ) las personas que intervengan tendrán los derechos y obligaciones establecidos en los artículos 90 y 91" (Derecho a formular observaciones), y tendrán un plazo legal para efectuarlas, ante el Servicio de Evaluación Ambiental de 20 días hábiles (señalado en el artículo 94 inciso tercero del D.S. Nº40/2012 y sus modificaciones posteriores del Ministerio del Medio Ambiente), contados a partir del día siguiente de las publicaciones en el Diario Oficial y en el Diario de Circulación Regional, del presente extracto.
El texto íntegro de la resolución que resuelve iniciar un proceso de participación ciudadana puede ser conocido en la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental, ubicada en calle Campos Nº241, piso 7, ciudad de Rancagua, o en el siguiente link: https://seia.sea.gob.cl/expediente/expedientesEvaluacion.php?modo=ficha&id expediente=2166897560#fileProject-1 YAMAL SUEZ MUÑOZ, DIRECTOR REGIONAL SERVICIO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL REGIÓN DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O'HIGGINS.