El martes entra en vigencia la ley que regula vapeadores
El martes entra en vigencia la ley que regula vapeadores Cigarillos electrónicos El martes entra en vigencia la ley que regula vapeadores Uno de los principales objetivos de la norma es prohibir la venta a menores de 18 años e incluir una advertencia con los riesgos asociados a su uso.
Por Carta Vá cronicaíadiarioelsurcl ste martes 20 de mayo co Ersenzaá a regir la Ley 21.642, que establece un huevo marco regulatorio para la venta de todos los sistemas de administración de nicotina y también aquellos sin nicotina, como los cigarrillos electróni cos, así como los vapeadores y sus accesorios.
Uno desus principales objetivos es prohibir la venta de estos pro. ductosamenores de r8añosytambién, incorporara todoslos productos de este tipo, independiente de sus formas y características específicas, una clara advertencia sanita riaque permitainformaraloscon sumidores sobre los riesgos y dañosasociadosa estos productos.
Celso Muñiz, encargado de la Oficina de Control de Tabaco en Ministerio de Salud, explicó que previo a esta ley no había nada que regulara su venta, tanto quienes lo vendían como quie nes lo compraban.
Tampoco se sabía su contenido y se podían usar en lugares cerrados de uso público, incluso escuelas. "Esoera graverespecto delasre gulaciones en salud pública, ya ue hemos observado queel con. sumo de estos dispositivos, en personasqueno han utilizado ta baco, puede aumentar tres veces ha probabilidad de que empiecen afumar", señaló.
Muñiz explicó también que "naturalizar el uso de estos pro: ductos también es perjudicial, porque no son inocuos, tienen consecuencias para la salud y por eso es importante poder es tablecer criterios y regulaciones específicas". NUEVAS REGLAS Deesta forma, a partir del mar tes, al igual que los productos de tabaco, nose podrá "vapear en lu gares cerrados de uso públicos. Además, todos los productos de beránincorporarel mensaje: Venta exclusiva para mayores de 18 ta exclusiva para mayores de 18 A A A Los cigarrillos electrónicos no se podrán usar en lugares cerrados de uso público.
Al igual que los productos de tabaco, no se podrá "vapear" en lugares cerrados de uso público, según estipula la nueva normativa. años". En tanto, los vapeadores con nicotina y sus accesorios di rán: "Lossistemaselectrónicosde administración de nicotina son potencialmente adictivos". Adicionalmente, la publici dad directa e indirecta de estos productos podrá ser limitada respecto a los lugares y publici dad física; y también sobre los medios de comunicación y ho rarios.
En esta publicidad podrá serincorporada una advertencia sanitaria definida porel Minsal, proceso que se realizó a través de Decreto Supremo y que pron to será enviado a Contraloría General de la República para to ma de razón.
En líneas generales, el decreto limita la publicidad solo asu formato físico impreso solo al inte rior de los puntos de venta de los locales y no pueden estarcerca de productos destinados a niños, así como tampoco podrán servendi. dos en una radio de 400 metros de establecimientos educacionales, ni de salud, ya sean públicos o privados. Mientras, en los me dios de comunicación, se restrin ge solo a radios entre las 22:00 y las 6:00 horas.
Entanto, el Minsaltiene previs Lal ta una campaña de comunica ción de riesgos y daños asociadas al consumo de estos productos, orientada a público adolescente, cuyo objetivo será inhibir el ini ciodel consumo deestos produc tos evitarenfermedades pulmonares graves como EVALL Finalmente, a diferencia de lo queocurreen laactualidad, laen trada en vigencia de esta modifi cación permite la fiscalización y sanción porparte dela Autoridad Sanitaria, mediante laimplemen tación de Sumario Sanitario lo que, según la autoridad, agilizará el proceso sancionatorio..