COMERCIALIZADORA FERMIN EDGARDO AGUILERA SAAVEDRA E.I.R.L. 76.487.868-K*
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 44.418 Martes 7 de Abril de 2026 Página 1 de 3 Empresas y Cooperativas CVE 2792665 EXTRACTO MIGUEL CHACON ZEBALLOS, Abogado, Notario Público Interino de esta Tercera Notaría de Rancagua, con oficio en calle Campos 377, certifico que, por escritura de hoy, ante mí don FERMÍN EDGARDO AGUILERA SAAVEDRA, chileno, casado, cédula nacional de identidad 12.503.053-5, domiciliado camino El Nogal 1352, parcelas El Trapiche, Rancagua, suscribió el siguiente contrato de modificación y transformación de sociedad: a) Fermín Edgardo Aguilera Saavedra, constituyó una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada,. que se encuentra vigente, domiciliada en Rancagua, bajo la razón social de “COMERCIALIZADORA FERMIN EDGARDO AGUILERA SAAVEDRA E.I.R.L. ”, con nombre de fantasía “FERED E.I.R.L.
”, Rol Único Tributario N76.487.868-K, constituida por escritura pública otorgada el 28 de Septiembre del año 2015 en la Quinta Notaría de Rancagua de don Daniel Mondaca Pedrero, inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua del año 2015, a fojas 1.128 número 933, publicándose su extracto en el Diario Oficial de fecha 06 de Noviembre del año 2015, ejemplar número 41.300. - Por la presente escritura, el compareciente viene en modificar y trasformar la referida sociedad en la forma que se señala en las cláusulas siguientes y bajo las circunstancias generales consistentes en la transformación de la entidad de su actual forma de empresa individual de responsabilidad limitada a sociedad por acciones y la modificación de su razón social ya bajo esta forma.
Conforme con lo anterior, y a contar de la fecha de la presente escritura don Fermín Edgardo Aguilera Saavedra, titular del cien por ciento de la totalidad de los derechos sociales, conforme a lo relacionado precedentemente, acuerda transformar la compañía de su actual forma de empresa individual de responsabilidad limitada, a sociedad por acciones.
Por consiguiente, y para todos los efectos legales y contractuales, en este acto aprueba el siguiente contrato de sociedad por acciones el que, a contar de la presente fecha, regirá la actividad social futura, se constituye, por transformación de la empresa individual de responsabilidad limitada de “COMERCIALIZADORA FERMIN EDGARDO AGUILERA SAAVEDRA E.I.R.L. ”, con nombre de fantasía “FERED E.I.R.L.
”, Rol Único Tributario número setenta y seis millones cuatrocientos ochenta y siete mil ochocientos sesenta y ocho guion K, una sociedad por acciones que se regirá por las disposiciones de los estatutos que se consignan a continuación y, en su silencio y supletoriamente en aquello que no se contraponga a su naturaleza, por las normas del Libro II, Título VII, del Código de Comercio y de la Ley número dieciocho mil cuarenta y seis y su Reglamento, en lo que a sociedades anónimas cerradas se refiere, quedando sus estatutos extractados en lo pertinente de la siguiente forma: El nombre de la sociedad será “FERED SpA.”. Su domicilio es la ciudad de Rancagua, en cualquier comuna que sea asiento del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua, sin perjuicio de que pueda ejercer sus actividades en todo el territorio nacional y en el extranjero, para lo cual podrá abrir y cerrar toda clase de oficinas, agencias, representaciones o sucursales y constituir domicilios especiales. La duración de la sociedad es indefinida.
El objeto de la sociedad será Será la plantación, cosecha, venta de todo tipo de productores del agro tales como: cultivo de cereales en general, legumbres, todo tipo de tubérculos, cultivo de todo tipo de forrajeras; cultivo de todo tipo de plantas frutales tales como frutales con carozo, con pepa o cualquier otro frutal; compra, venta y comercialización frutas, verduras, productos y subproductos agrícolas; la prestación de servicios agrícolas en todas sus formas; en predios propios o de los que posea a cualquier título; la comercialización de insumos agrícolas; Construcción de edificios habitacionales, casas particulares y viviendas sociales; todo tipo de construcción incluyen la preparación del terreno, la construcción de cimientos, la edificación de la estructura y los acabados finales, proyectos de ingeniería y arquitectura en edificaciones y obras de infraestructura; el transporte de personas y cargas por carretera y todo tipo de transporte en cualquier medio; arriendo y prestación de servicios de maquinaria agrícola propia o ajena; explotación, producción y cosechas de frutos en todas sus variedades; desarrollar toda clase de actividades agrícolas, frutícolas, hortofrutícolas, agropecuarias, forestales, agroindustriales y Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2792665 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.418 Martes 7 de Abril de 2026 Página 2 de 3 viníferas; la prestación, asesoría y ejecución de servicios agrícolas o agroindustriales; la realización de toda clase de negocios relacionados con el agro, producción agropecuaria, compra, venta y exportación de productos, sea por cuenta propia o ajena; servicios de embalaje, packing y asesorías productivas; actuar como comisionista o mandatarias; la venta y comercio de todo tipo de productos agrario; realizar inversiones en toda clase de bienes muebles e inmuebles, realización por cuenta propia o ajena y/o de terceros y/o asesorada por terceros administrarlos y percibir sus frutos o rentas; la compra, venta, corretaje y comisionista de frutos y subproductos agrícolas e insumos; corretaje de todo tipo de bienes corporales sean muebles e inmuebles; distribución y comercialización de materias primas o productos elaborados en el mercado nacional o extranjero; prestación de servicios de movimientos de tierra, maquinaria pesada y agrícola; la compra, venta e importación de vehículos, partes y piezas automotrices de todo tipo, como así también de maquinaria agrícola y de todo tipo de vehículos y los accesorios de estos, y en general cualquier otra actividad que los accionistas acuerden y que estén directa o indirectamente relacionada con el giro principal. - Podrá además, La Sociedad desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: a) la exportación, importación, compra, venta directa o cualquier modo de venta, permuta, consignación, acopio, leasing, producción y distribución de todo tipo de bienes y/o servicios, nacionales o extranjeros, al por mayor o al por menor, aplicables a cualquier tipo de industria, y demás actividades complementarias y/o relacionadas incluyendo, sin limitación, la explotación en el país y/o en el exterior de patentes de invención, modelos de utilidad, software, programas de computación, marcas de fábrica, diseños y modelos industriales; b) Venta al por menor de productos de confitería, cigarrillos y otros; c) La compra, venta, arriendo y en general la comercialización de juegos de destreza masivos, nacional e internacional a entidades societarias y naturales de todo tipo; d) otros servicios de servicios de diversión y esparcimiento; e) efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración; f) el ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y/o particulares, sean estos nacionales o extranjeros; g) la realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal; h) cualquier otra actividad que determinen los accionistas.. El capital de la sociedad es la suma de dos millones de pesos, dividido en veinte acciones ordinarias de una sola serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, que se suscriben y pagan en la forma indicada en el Artículo Primero Transitorio.
La sociedad será administrada por una persona, la que podrá o no ser accionista, designada por los accionistas, ya sea en una junta de accionistas convocada para este efecto, o por medio de una escritura pública que otorguen todos ellos. Esta persona será denominada el Administrador o Gerente General de la sociedad. Cuando la sociedad posea un solo accionista, la designación la hará este por escritura pública y, desde luego, podrá designarse a sí mismo como Administrador o Gerente General. También podrá designar a quien lo reemplace o subrogue, caso en el cual podrá ser una o más personas que actuarán unipersonalmente o conjuntamente conforme con lo que disponga el título de su designación.
En caso de que haya más de un accionista y no exista acuerdo sobre la persona que ejercerá el cargo de Administrador o Gerente General de la sociedad, o de quién o quiénes lo reemplace o subrogue en su caso, la designación respectiva necesariamente deberá hacerla la junta de accionistas. El acuerdo respectivo deberá adoptarse por la mitad más uno de los votos de las acciones emitidas con derecho a voto por la sociedad. El Administrador durará en su cargo mientras no medie revocación de sus funciones.
El cargo de Administrador o Gerente General podrá tener remuneraciones o asignaciones por funciones o empleos distintos de su cargo, sea a título de sueldos, honorarios, viáticos o asignaciones, y otros estipendios en dinero, especies o regalías de cualquier clase, incluidos los gastos de representación, todo lo cual podrá ser fijado anualmente por los accionistas.
La escritura pública en la que se designe Administrador o Gerente General, o aquella a que se reduzca el acta de la junta de accionistas que acordó su nombramiento, se inscribirá en el Registro de Comercio correspondiente y se anotará al margen de la inscripción del extracto de la constitución de la sociedad en el mismo Registro. Las mismas obligaciones existirán para el caso de revocación de la designación. Tales designaciones y revocaciones podrán hacerse en un mismo acto o instrumento. Estas obligaciones de inscripción y anotación no serán exigibles para la primera designación que se hace en el artículo segundo transitorio de los presentes estatutos. El Administrador o Gerente General, tendrá la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, y sus facultades serán las señaladas en la escritura pública extractada.
Al día treinta y uno de Diciembre de cada año, la sociedad practicará Inventario, Balance General y Estado de Pérdidas y Ganancias. - Se designa como Administrador o Gerente General de la sociedad a don FERMÍN EDGARDO AGUILERA SAAVEDRA, cédula nacional de identidad doce millones quinientos tres mil, cuarenta y tres Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2792665 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.418 Martes 7 de Abril de 2026 Página 3 de 3 guion cinco, quien tendrá en este cargo todas las facultades de administración y disposición que la ley o los estatutos no establezcan como privativas de la junta de accionistas, en especial las que se han indicado en el artículo duodécimo permanente del estatuto social.
La designación precedente es indefinida y tendrá vigencia mientras no se inscriba su respectiva revocación por escritura pública en el Registro de Comercio correspondiente, con anotación al margen de la inscripción del extracto de la constitución de la sociedad en el mismo Registro. En virtud de la transformación acordada por la presente escritura, se entiende que todo el patrimonio de la sociedad de responsabilidad limitada “COMERCIALIZADORA FERMIN EDGARDO AGUILERA SAAVEDRA E.I.R.L. ”, Rol Único Tributario número setenta y seis millones cuatrocientos ochenta y siete mil ochocientos sesenta y ocho guion K, pertenecerá y corresponderá a la sociedad por acciones “FERED SpA.
”, la cual se hace cargo y continuará todos los actos, contratos, operaciones, negocios, derechos y obligaciones de cualquier clase o naturaleza que la sociedad de responsabilidad limitada nombrada haya iniciado, continuado o realizado con anterioridad a este acto. Por tanto, pertenecerán a la sociedad por acciones “FERED SpA. ”, todos los bienes, derechos y acciones, presentes o futuros, de la sociedad de responsabilidad limitada “COMERCIALIZADORA FERMIN EDGARDO AGUILERA SAAVEDRA E.I.R.L. ”, que por cualquier título, causa o motivo le pertenezcan, figuren o no en sus libros, adquiridos con anterioridad al presente acto. Demás estipulaciones en escritura extractada. - Rancagua, 20 de marzo de 2026. Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2792665 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl