Contraloría ordena al municipio, Salud y Armada adoptar medidas en un plazo de 30 días por cementerio de mascotas en el borde costero
Contraloría ordena al municipio, Salud y Armada adoptar medidas en un plazo de 30 días por cementerio de mascotas en el borde costero I lunes 16 de febrero la Contraloria General de la E República, sede regional Magallanes y de la Antártica Chilena, decreto que las entidades involucradas en la instalación del denominado cementerio de mascotas a orillas del Estrecho, disponen de un plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción del oficio emitido ese mismo día, para informar sobre las medidas adoptadas y buscar una solución al problema sanitario que genera esta ocupación irregular de terreno.
Los servicios identificados en la resolución, la Municipalidad de Punta Arenas, la Secretaria Regional Ministerial de Salud y la Armada de Chile, deberán entonces, según lo instruido por el órgano contralor, abordar coordinadamente la situación y dar cumplimiento al mandato dentro del plazo establecido.
Cabe recordar que el llamado cementerio de mascotas corresponde a una toma ilegal de terreno en el bordeo costero, a contar del kilómetro 15 de la Ruta 9 Sur, utilizada por vecinos de la comuriidad como espacio para enterrar a sus animales fallecidos, ante la inexistencia de un recinto formal habilitado en la zona. Esta situación ha generado controversia debido a los riesgos sanitarios asociados, ya que los restos de los animales podrian estar provocando contaminación de las aguas en la orilla. Además, se ha denunciado que algunos cadáveres quedan expuestos producto de la acción de aves catroferas, el viento o la lluvia.
La intervención de la Contza loria Regional se originó a partir de una denuncia formulada por el presidente de la junta de vecinos de Agua Fresca, Héctor Diaz Pérez, quien advirtió sobre la contaminación generada por los entierros de mascotas en el sector costero sur. Dicha zona se encuentra bajo la jurisdicción de la Armada de Chile.
En su presentación ante el ente contralor, Diaz Perez expuso que "desde el año 2020 se han estado inhumando toda clase de mascotas en el sector costero sur, aproximadamente km 15 Ruta 9 Sur; ya alcanzan 900 metros de largo. Los liquidos percolados llegan al mar.
Este seudocementerio ha sido tratado innumerables veces por los medios de comunicación, ya que al conversar con los seremis de Bienes Nacionales, Salud y Medio Ambiente, todos servicios que dependen del Delegado Regional, estos plantean que no tienen permiso y están actuando fuera de la ley. Nos interesaria saber quién es el responsable de admitir estos entierros ilegales, lo que afecta a la fauna y flora del sector rural. También si se le puede oficiar a la Arma da, ya que es un borde costero que depende de ellos". planteo en su momento.
Salud pública y protección del medio ambiente En consecuencia, la Contra loria le dio la razón al dirigente vecinal Héctor Diaz y recordo que conforme a los articulos 4 letra b), y 5, inciso tercero, de la Ley Nº18.695, las municipalidades, dentro de su territorio están facultadas para desarrollar, directamente o en coordinación con otros órganos de la Administración, funciones vinculadas con la salud pública y la protección del medio ambiente. En esta última materia, pueden colaborar en la fiscalización y en el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias pertinentes.
Asimismo, de acuerdo con los articulos 5º y 67 del Código Sanitario, y con los articu los 12 Nº 2 y 13 del decreto con fuerza de ley Nº1, de 2005, del Ministerio de Salud, corresponde a las seremis velar por la eliminación o el control de todos los factores, elementos o agentes presentes en el medio ambiente que puedan afectar la salud, seguridad y bienestar de la población. El dictamen Nº29.238, de 2014, precisó además que la autoridad sanitaria posee potestades fiscalizadoras cuando exista un foco de insalubridad que pudiera poner en riesgo la salud de la población.
Armada Por su parte, en relación con la Armada, la Contraloria tuvo en consideración que su labor de control, fiscalización y supervigilancia de las playas y terrenos de playa fiscales corresponde al Ministerio de Defensa Nacional, a través de la Subsecretaria para las Fuerzas Armadas.
En su análisis y conclusiones, establece que "atendido que la materia denunciada se encuentra dentro del ámbito de atribuciones de la Municipalidad de Punta Arenas, seremi de Salud y la Armada de Chile", dichas entidades deberán informar a la sede regional de Contraloría, dentro del plazo de 30 dias hábiles, sobre las medidas adoptadas respecto de los hechos expuestos. Finalmente, el órgano fiscalizador recordó a las instituciones involucradas su deber de actuar de manera armónica con los demás órganos del Estado, con el fin de propender a la unidad de acción.
En ese sentido, deberán ajustar sus actuaciones al principio de coordinación consagrado en los articulos 3ª y siguientes de la Ley Nº18.575, lo que implica concertar medios y esfuerzos en una finalidad común. /LPA FOTO ARCHIVO/LPA "Desde el año 2020 se han estado inhumando toda clase de mascotas en el sector costero sur, que ya alcanzan los 900 metros de largo". denunciaron vecinos de Agua Fresca. › El órgano fiscalizador instruyó a las entidades coordinar acciones ante los riesgos sanitarios y ambientales derivados de la inhumación irregular de animales en el kilómetro 15 de la Ruta 9 Sur.
Denuncia vecinal alertó sobre contaminación y falta de fiscalización "Desde el año 2020 se han estado inhumando toda clase de mascotas en el sector costero sur, que ya alcanzan los 900 metros de largo". denunciaron vecinos de Agua Fresca Casi un kilómetro de extensión del borde costero abarca el cementerio de mascotas formado a partir del km 15 de la Ruta 9 Sur. Imagen captada desde un drone.