Los retrasos por esperar pasajeros de otros vuelos deberán ser compensados por las aerolíneas
Los retrasos por esperar pasajeros de otros vuelos deberán ser compensados por las aerolíneas Un fallo de la Unión Europea aclaró que las aerolíneas no pueden ampararse en causas externas cuando una decisión propia provoca demoras en vuelos.
El El Tribunal General de la Unión Europea ha dictaminado dictaminado que las aerolíneas deben deben pagar indemnizaciones por retrasos retrasos cuando la causa sea su propia propia decisión de esperar a pasajeros pasajeros procedentes devuelos anteriores, yno anteriores, yno podrán eximir esa responsabilidad responsabilidad bajo la consideración de “circunstancias extraordinarias”. La decisión responde a una consulta prejudicial planteada por un tribunal alemán en el marco de una disputa entre dos pasajeros y la compañía European Air Charter.
En ese caso, un vuelo desde Düsseldorf Düsseldorf hacia yama sufrió un retraso retraso de más de tres horas umbral que da derecho a compensación bajo la normativa comunitaria después de que la aerolínea decidiera decidiera esperar a los pasajeros de un viaje anteriorretrasado porcausas ajenas al control de la compañía.
Las aerolíneas, obligadas a ser puntuales El fallodeterminóque una compañía compañía aérea no puede invocar como como “extraordinarias” las circunstancias circunstancias que afectaron a un vuelo anterior, cuando la causa directa y determinante del retraso de la siguiente siguiente partida sea una decisión propia por esperar a los pasajeros. La excepción sólo sería aplicable si la decisión de esperarlos hubiese hubiese sido impuesta por una obligación obligación legal; de lo contrario, la responsabilidad responsabilidad es únicamente de la aerolínea.
El tribunal comunitario subraya subraya que la ponderación de los intereses intereses de diferentes grupos de pasajeros pasajeros no exime a las aerolíneas de su obligación de compensar si la decisión de esperartermina provocando provocando un retraso significativo..