Resolución exenta número 1.016, de 2026.- Amplía área de regulaciones cuarentenarias para el control y erradicación de la Mosca del Mediterráneo (Ceratitis capitata W.), brote San Pedro, provincia de Quillota, Región de Valparaíso. 7,2 Km
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.457 Lunes 25 de Mayo de 2026 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2812326 MINISTERIO DE AGRICULTURA Subsecretaría de Agricultura / Servicio Agrícola y Ganadero / Región de Valparaíso AMPLÍA ÁREA DE REGULACIONES CUARENTENARIAS PARA EL CONTROL Y ERRADICACIÓN DE LA MOSCA DEL MEDITERRÁNEO (CERATITIS CAPITATA W. ), BROTE SAN PEDRO, PROVINCIA DE QUILLOTA. REGIÓN DE VALPARAÍSO. 7,2 KM (Resolución) Núm. 1.016 exenta. - Quillota, 6 de mayo de 2026.
Vistos: Lo dispuesto en los artículos 6 y 7 de la Constitución Política de la República; el decreto con fuerza de ley N 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la ley N19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la ley N 18.755, que establece normas sobre el Servicio Agrícola y Ganadero; el decreto ley N 3.557, de 1980, del Ministerio de Agricultura, sobre Protección Agrícola y sus posteriores modificaciones; la resolución N 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; la resolución exenta N 4.743, de 2020, del Director Nacional del Servicio, que crea sistema nacional de emergencia del Servicio Agrícola y Ganadero, comité nacional de emergencia y funcionarios habilitados en el sistema de emergencia; las resoluciones N 661, de 2022, N 1.909, de 2024, N 1.687, de 2026, todas de la Dirección Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero, resolución N 440, de 2026, de la Dirección Regional de Valparaíso; y las facultades que invisto como Director Regional del Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Valparaíso, en virtud de la resolución exenta RA 240/697/2026, de la Dirección Nacional del Servicio. Considerando: 1.
Que, mediante la resolución exenta N 3.513, de 7 de diciembre de 1995 del Servicio Agrícola y Ganadero, se declaró a Chile como país libre de la plaga de los vegetales, conocida como “Mosca del Mediterráneo” Ceratitis capitata Wied. 2.
Que, con fecha 26 de febrero de 2026, se detectó la presencia de un ejemplar hembra inseminada de la plaga Mosca del Mediterráneo (Ceratitis capitata Wied. ), en la localidad de San Pedro, comuna de Quillota, Región de Valparaíso, lo que dio origen a un brote mediante resolución exenta N 440, de 2026, de la Dirección Regional de Valparaíso. 3.
Que, con posterioridad, se ha detectado la presencia de un ejemplar hembra inseminada de la plaga señalada precedentemente, en la localidad de San Pedro, comuna de Quillota, razón por la cual resulta necesario ampliar el área reglamentada en un radio de 7.2 km con ocación de dicha detección. 4. Que, el radio del brote comprende parcialmente en la Región de Valparaíso, a las comunas de Quillota, Limache y Olmué. 5. Que, en virtud de lo señalado precedentemente, corresponde considerar un polígono de 39 vértices cuyo radio comprende la ampliación del área cuarentenada. Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2812326 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Amplíase el área de regulaciones cuarentenarias establecida para el control y erradicación de la plaga denominada Mosca del Mediterráneo (Ceratitis capitata W. ), y establézcase, a contar del día 6 de mayo de 2026, como área reglamentada, el polígono compuesto por 39 vértices, determinado mediante coordenadas UTM, las que se indican a continuación: POLÍGONO 7,2 KM POLÍGONO 7,2 KM DATUM WGS 84 (HUSO 19) DATUM WGS 84 (HUSO 19) COORDENADAS UTM COORDENADAS UTM N VÉRTICE ESTE NORTE N VÉRTICE ESTE NORTE 1 290784 6347023 21 283710 6359822 2 289047 6346303 22 283779 6359851 3 287184 6346058 23 284108 6360103 4 285321 6346303 24 285845 6360823 5 283584 6347023 25 287708 6361068 6 282093 6348167 26 289571 6360823 7 282055 6348216 27 291308 6360103 8 281929 6348313 28 292799 6358959 9 280785 6349804 29 293943 6357468 10 280065 6351541 30 294663 6355731 11 279820 6353404 31 294908 6353868 12 280065 6355267 32 294663 6352005 13 280785 6357004 33 293943 6350268 14 281929 6358495 34 292799 6348777 15 283420 6359639 35 292668 6348677 16 283422 6359640 36 292413 6348344 17 283422 6359640 37 292408 6348340 18 283489 6359668 38 292275 6348167 19 283613 6359763 39 290784 6347023 20 283657 6359781 a) El polígono que determina el área reglamentada comprende parcialmente a las comunas de Quillota, Limache y Olmué. 2. Dispóngase la aplicación, en el área ya indicada, de las medidas fitosanitarias establecidas mediante resolución exenta N 440, del 1 de marzo de 2026, de la Dirección Regional de Valparaíso. 3. Déjase establecido que las infracciones a lo resuelto serán sancionado según lo dispone el decreto ley 3.557, de 1980, sobre Protección Agrícola. 4. Dispóngase la notificación de la presente resolución. Anótese y comuníquese. - Mauricio Enrique Rodríguez Tirapegui, Director Regional Subrogante, SAG Región de Valparaíso. Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2812326 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl