Extracto de resolución exenta número 4.317, de 2025.- Actualiza Programa de Regulación Ambiental 2024-2025
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.203 Lunes 21 de Julio de 2025 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2672073 MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE ACTUALIZA PROGRAMA DE REGULACIÓN AMBIENTAL 2024-2025 (Extracto) Por resolución exenta Nº 4.317, de 30 de junio de 2025, del Ministerio del Medio Ambiente, se aprobó la Actualización del Programa de Regulación Ambiental 2024-2025. La misma resolución ordena publicarlo en un extracto que es del tenor siguiente: TÍTULO I. Criterios de sustentabilidad; estado de la situación ambiental del país; yprioridades programáticas para la gestión del cambio climático en la Estrategia Climática de Largo Plazo: Párrafo 1º.
Criterios de Sustentabilidad: El programa de regulación ambiental busca avanzar hacia un nuevo modelo de desarrollo inclusivo y ecológicamente sostenible, centrado en las personas y los ecosistemas, a través de una Transición Socio-Ecológica Justa (TSEJ). La implementación del programa se realizó de acuerdo a los estándares del Acuerdo de Escazú.
La transición supone que los procesos de revisión de normas de calidad y emisión consideren los estándares internacionales más actuales, ajustándose a la realidad nacional y a escenarios locales, en base a evidencia científica; como también, implica agregar regulaciones en ámbitos o contaminantes no normados.
En materia de biodiversidad, se prioriza la creación de la infraestructura jurídica que requerirá el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas, creado por la ley Nº 21.600, y se incorpora el reglamento de la ley Nº 21.660 sobre Protección Ambiental de las Turberas. Se prioriza así mismo la regulación que da continuidad a la elaboración de reglamentos de ejecución de ley (ley Nº 21.455 ; ley Nº 21.562 ; y ley Nº 21.255 ). Párrafo 2º.
Estado de la situación ambiental del país: La calidad del aire constituye uno de los temas ambientales de afectación directa a la población, por lo cual el Ministerio del Medio Ambienteha dictado regulaciones para restaurar los niveles de calidad atmosférica definidos en las normas de calidad del aire vigentes en el país. Como principales fuentes de emisiones de contaminantes locales, se identifican la combustión de leña residencial, las fundiciones de cobre, las centrales termoeléctricas, el transporte en ruta y otros rubros industriales.
En materia de ruido, se ha identificado que la principal fuente de ruido en las ciudades del país corresponde al tránsito vehicular, la que al menos genera el 70% del ruido ambiental al que está expuesta la población. Respecto del cambio climático, en promedio, en la zona central, han aumentado 1,1ºC; en la zona sur 0,8ºC; yen la zona austral 1ºC. En materia de residuos, en Chile se generan anualmente cerca de 20 millones de toneladas de residuos, de los cuales, para el año 2021,96,7% corresponden a residuos no peligrosos, y el 3,3% a peligrosos. La tasa de valorización de residuos no peligrosos alcanzó el 2021 un 20%. En materia de biodiversidad, de acuerdo a la Estrategia Nacional de Biodiversidad (2017), el país alberga alrededor de 31.000 especies. La riqueza de especies y el grado de endemismo se encuentran heterogéneamente distribuidos a lo largo del territorio nacional. En la zona centro y sur del país existe una concentración inusual de especies endémicas, por lo que fue catalogada como uno de los 35 puntos calientes o hotspots mundiales de biodiversidad. Párrafo 3º.
Prioridades programáticas para la gestión del cambio climático en la Estrategia Climática de Largo Plazo: Conforme a lo indicado en la Estrategia Climática de Largo Plazo, el Estado de Chile se ha comprometido con lograr y mantener la carbono neutralidad y avanzar en la resiliencia climática a más tardar al año 2050. Para estos efectos, se Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2672073 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.203 Lunes 21 de Julio de 2025 Página 2 de 2 pone énfasis en concluir la dictación de reglamentos de la Ley Marco de Cambio Climático, así como también en los instrumentos de gestión del cambio climático. TÍTULO II. Procesos, Indicadores y Metas de gestión:El programa de regulación ambiental identifica los tipos de procesos regulatorios existentes para los instrumentos de gestión ambiental que contempla.
Así mismo, respecto de cada tipo de proceso y etapa se definen indicadores, según se trate de un instrumento nuevo, o bien, de la revisión de un instrumento existente, indicándose el resultado esperado en el bienio (Párrafo 1º). Cuando el resultado esperado en el bienio corresponda a la conclusión del instrumento, el indicador principal será el envío del proyecto definitivo del instrumento de que se trate a los Ministerios que integran el Consejo de Ministros para la Sustentabilidad y el Cambio Climático, salvo cuando no corresponda someterlo a dicho Consejo, caso en el cual el indicador será la dictación del acto administrativo que da término a la tramitación en el Ministerio del Medio Ambiente. Por su parte, cuando el resultado esperado en el bienio corresponde al inicio o la continuación de la tramitación de un instrumento, el indicador será la ejecución de uno o más hitos de procedimiento planificado.
Las Metas contempladas para el bienio se establecen en la Tabla Nº 3 del programa de regulación ambiental (Párrafo 2º). Por último, se establecen una serie de supuestos requeridos para el cumplimiento de las metas estipuladas (Párrafo 3º). TÍTULO III.
Programa de regulación ambiental:El programa divide los instrumentos que establece según se trate de nuevos instrumentos (Párrafo 1º), instrumentos vigentes en revisión (Párrafo 2º), o instrumentos especiales (Párrafo 3º). Tanto los instrumentos nuevos como los instrumentos vigentes en revisión, se dividen a su vez en dos grupos: instrumentos cuyo proceso se planifica iniciar y/o continuar en el bienio; e instrumentos cuyo proceso se planifica concluir dentro del bienio. Los instrumentos recién indicados se listan en las Tablas Nº 4 a 7.
Respecto a los instrumentos especiales, son aquellos no susceptibles de programación ya que el inicio del proceso está asociado a solicitudes de otros organismos, o bien, a la ocurrencia de hechos materiales, que no están determinados por la actividad del Ministerio.
Dentro de los instrumentos especiales se encuentran la declaración de humedales urbanos; las áreas protegidas privadas; y la declaración de zona saturada o latente; estableciéndose para cada tipo de instrumento una tasa anual esperada con los recursos y dotación actual del Ministerio (Tabla Nº 8). TÍTULO IV.
Ajustes al programa de regulación y rendición de cuentas:Se establecen los supuestos en los cuales el programa podrá ser ajustado, modificado y/o actualizado mediante resolución fundada (Párrafo 1º). Respecto a la rendición de cuentas del programa de regulación ambiental, se establece que en el mes de junio del año siguiente al de la publicación del programa, se remitirá a ambas cámaras del Congreso Nacional la cuenta del avance de este, solicitando fijación de un día y hora para exponer los procesos ejecutados en el año calendario anterior con los indicadores establecidos para cada grupo de instrumentos regulatorios (Párrafo 2º). El texto del Programa de Regulación Ambiental 2024-2025 estará publicado en forma íntegra en el sitio electrónico del Sistema Nacional de Información Ambiental: https://sinia.mma. gob. cl/. Anótese, publíquese en extracto, comuníquese y archívese. - Ariel Espinoza Galdames, Subsecretario del Medio Ambiente (S). Lo que transcribo para Ud. para los fines que estime pertinentes. - Ariel Espinoza Galdames, Subsecretario del Medio Ambiente (S). Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2672073 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl