Resolución exenta número 1.031, de 2026.- Declara a los establecimientos educacionales subvencionados que indica como de desempeño de excelencia para los años 2026 y 2027
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.397 Miércoles 11 de Marzo de 2026 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2778983 MINISTERIO DE EDUCACIÓN Subsecretaría de Educación DECLARA A LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES SUBVENCIONADOS QUE INDICA COMO DE DESEMPEÑO DE EXCELENCIA PARA LOS AÑOS 2026 Y 2027 (Resolución) Núm. 1.031 exenta. - Santiago, 2 de marzo de 2026.
Visto: Lo dispuesto en la ley Nº 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; en la ley Nº 18.956, que reestructura el Ministerio de Educación Pública; en la ley Nº 19.410, que modifica la ley Nº 19.070, sobre Estatuto de Profesionales de la Educación; en el decreto con fuerza de ley Nº 2, de 1998, del Ministerio de Educación, sobre subvenciones a establecimientos educacionales; en la ley Nº 19.933, que otorga un mejoramiento especial a los profesionales de la educación que indica; en la ley Nº 20.244, que introduce modificaciones en la ley Nº 19.464, que establece normas y concede aumento de remuneraciones para el personal no docente; en la Ley Nº 21.796, de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2026; en el decreto Nº 66, de 2006, del Ministerio de Educación, que fija el mecanismo de medición y ponderación de los factores establecidos por el artículo 16 de la ley Nº 19.410 y sus modificaciones; en el ord. Nº 05/148, de 2026, del jefe de la División de Educación General (S); en la resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, y Considerando: 1º.
Que, la ley Nº 19.410 en su artículo 15 creó, desde 1996, una subvención por desempeño de excelencia (SNED) para los establecimientos educacionales subvencionados que hayan sido calificados como de excelente desempeño, la que corresponderá a un monto mensual en pesos por alumno que se entregará trimestralmente en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre de cada año; 2º.
Que, los establecimientos educacionales de excelente desempeño serán seleccionados cada dos años sobre la base del sistema establecido en la referida ley y el monto que reciba cada establecimiento será destinado integralmente a los profesionales de la educación que se desempeñan en dichos establecimientos en la forma que la norma señala; 3º.
Que, el artículo 16 de la ley Nº 19.410 creó un Sistema Nacional de Evaluación del Desempeño de los Establecimientos Educacionales Subvencionados, en base al cual se efectuará la selección y determinación de los establecimientos educacionales que percibirán la subvención por desempeño de excelencia; 4º. Que, el mecanismo para los efectos de la determinación de los establecimientos de desempeño de excelencia se encuentra regulado por el decreto Nº 66, de 2006, del Ministerio de Educación; 5º. Que, a través del ord.
Nº 05/148, de 2 de febrero de 2026, del Jefe de la División de Educación General (S), se solicitó a esta División la tramitación de la resolución que declara a los establecimientos educacionales subvencionados que indica como de desempeño de excelencia, según los resultados del Sistema Nacional de Evaluación de Desempeño correspondientes al período 2026-2027, debiendo procederse a la dictación del acto administrativo respectivo. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2778983 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.397 Miércoles 11 de Marzo de 2026 Página 2 de 2 Resuelvo: Artículo 1º.
Declárase como de desempeño de excelencia para los años 2026 y 2027 y, en consecuencia, beneficiarios de la subvención establecida en el artículo 15 de la ley Nº 19.410, a los siguientes establecimientos educacionales subvencionados que se individualizan en el listado contenido en el archivo Excel "Listado premiados SNED 2026-2027_para firma. xlsx" del CD con folio Nº 01/2026-2027, con firma electrónica avanzada del Jefe de la División de Educación General, que se acompaña en anexo y que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2º.
El incremento del aporte para aquellos establecimientos beneficiados con el 100% del valor de la subvención por desempeño de excelencia, que se señalan en el artículo anterior, será de 0,2085 unidades de subvención educacional (USE) por alumno para el caso de los profesionales de la educación y de 0,0146 unidades de subvención educacional (USE) por alumno en el caso de los asistentes de la educación; y del 60% de estos montos para aquellos establecimientos beneficiados sólo con el 60% de la misma subvención. Artículo 3º.
Efectúese el cálculo y pago del incremento del aporte señalado en el artículo precedente, trimestralmente en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre de los años 2026 y 2027, utilizando la asistencia media mensual, el valor de la unidad de subvención educacional (USE), el factor SNED para profesionales de la educación y asistentes de la educación y el porcentaje obtenido de la subvención por desempeño de excelencia. Artículo 4º.
El gasto que implique el cumplimiento de la presente resolución para el año 2026, se imputará a las partidas 09-01-20-24-02-187 y 09-01-20-24-02-700, del presupuesto del Ministerio de Educación del año 2026, para el pago de profesionales de la educación y asistentes de la educación, respectivamente. Artículo 5º. Téngase presente que la transferencia que se devengue para el año 2027, quedará sujeta a la disponibilidad de recursos que se contemplen para el presupuesto respectivo, sin requerirse la dictación de un acto administrativo adicional. Artículo 6º.
Por razones de economía, eficiencia y de buen servicio, el anexo que contiene la nómina de establecimientos educacionales subvencionados beneficiarios de la subvención por desempeño de excelencia será distribuido en formato digital, por medio de una copia del CD a que se refiere el artículo 1º. Anótese, comuníquese y publíquese. - Alejandra Arratia Martínez, Subsecretaria de Educación. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2778983 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl