Decreto exento número 109, de 2026.- Otorga a Colbún S.A. concesión eléctrica definitiva para establecer el tramo 1 del proyecto de transmisión de energía eléctrica denominado LAT 2x220 kV PE Junquillos - SE Mulchén, en la Región del Biobío, provincia de Biobío, comuna de Mulchén
DIARIO OFICIAL II DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR Núm. 44.443 Jueves 7 de Mayo de 2026 Página 1 de 4 Normas Particulares CVE 2806238 MINISTERIO DE ENERGÍA OTORGA A COLBÚN S.A.
CONCESIÓN ELÉCTRICA DEFINITIVA PARA ESTABLECER EL TRAMO 1 DEL PROYECTO DE TRANSMISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA DENOMINADO "LAT 2X220 KV PE JUNQUILLOS - SE MULCHÉN", EN LA REGIÓN DEL BIOBÍO, PROVINCIA DE BIOBÍO, COMUNA DE MULCHÉN Núm. 109 exento. - Santiago, 22 de abril de 2026.
Vistos: Lo informado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles en su oficio ordinario electrónico Nº 324985, de 25 de marzo de 2026; lo dispuesto en los artículos 11º y 29º del decreto con fuerza de ley Nº 4/20.018, de 2006, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley Nº 1, de Minería, de 1982, Ley General de Servicios Eléctricos, en materia de energía eléctrica, en adelante "Ley General de Servicios Eléctricos", y sus modificaciones posteriores; lo dispuesto en la ley Nº 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo dispuesto en las resoluciones exentas electrónicas Nº 31.683, de 16 de abril de 2025, y Nº 38.043, de 11 de marzo de 2026, ambas de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, que acogen solicitudes de división de solicitud de concesión eléctrica definitiva para establecer el proyecto de transmisión de energía eléctrica denominado "LAT 2x220 kV PE Junquillos - SE Mulchén"; lo dispuesto en la resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República y, sus modificaciones posteriores, y Considerando: 1.
Lo informado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles en su oficio ordinario electrónico Nº 324985, de 25 de marzo de 2026, el cual pasa a formar parte del presente acto administrativo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 41 de la ley Nº 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado. 2.
Que, la resolución exenta Nº 31.683, de 16 de abril de 2025, de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, que acogió la petición de división de la solicitud de concesión definitiva para establecer las instalaciones relativas al proyecto de transmisión de energía eléctrica denominado "LAT 2x220 kV PE Junquillos - SE Mulchén", dividiéndose la concesión solicitada en siete tramos, a saber: "Tramo 1", "Tramo 2", "Tramo 3", "Tramo 4", "Tramo 5", "Tramo 6" y "Tramo 7". 3.
Que, la resolución exenta Nº 38.043, de 11 de marzo de 2026, de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, que acogió una nueva petición de división de la solicitud de concesión definitiva para establecer las instalaciones relativas al proyecto de transmisión de energía eléctrica denominado "LAT 2x220 kV PE Junquillos - SE Mulchén", referida particularmente al "Tramo 2", resultando de esta división los "Tramo 2.1" y "Tramo 2.2". 4.
Las aceptaciones de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, señaladas en los considerandos anteriores, fueron efectuadas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 29º de la Ley General de Servicios Eléctricos, dividiéndose la concesión solicitada en los diversos tramos indicados, correspondiendo el presente acto administrativo al "Tramo 1". Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2806238 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.443 Jueves 7 de Mayo de 2026 Página 2 de 4 5.
Lo dispuesto por la resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, en particular, su artículo 14, literal C), numeral 14.7, disposición que somete al trámite de toma de razón el otorgamiento y terminación de concesiones de los sectores sanitario, gas y de distribución eléctrica, encontrándose exentas, por lo tanto, las vinculadas a transmisión eléctrica.
Decreto: Artículo 1º. - Otórgase a Colbún S.A. concesión eléctrica definitiva para establecer el Tramo 1 del proyecto de transmisión de energía eléctrica denominado "LAT 2x220 kV PE Junquillos - SE Mulchén", en la Región del Biobío, provincia de Biobío, comuna de Mulchén, según se detalla a continuación: Proyecto Región Provincia Comuna Plano General de Obras Nº "LAT 2x220 kV PE JUNQUILLO-PGO-2024 (6 láminas, Biobío Biobío Mulchén Junquillos-SE Mulchén" actualizadas al 16.05.2024) Artículo 2º. - El "Tramo 1" forma parte del proyecto de transmisión denominado "LAT 2x220 kV PE Junquillos - SE Mulchén", en adelante el "Proyecto", cuyo objetivo es contribuir a satisfacer la creciente demanda energética a nivel comunal, regional y nacional mediante el transporte de la energía eléctrica que se genere en el área de su emplazamiento, en particular del Parque Eólico Junquillos.
En este sentido, la construcción y operación de la línea eléctrica permitirá aumentar la potencia y energía en el Sistema Eléctrico Nacional ("SEN"), mejorando la seguridad y continuidad del suministro eléctrico en el nivel comunal, regional y nacional, a mediano y largo plazo.
La concesión eléctrica comienza en el punto de inicio (Pi) ubicado en las cercanías de la futura Subestación Eléctrica Junquillos, perteneciente al Parque Eólico Junquillos, y finaliza en dos puntos de término definidos como (Pt1 y Pt2), ubicados en el borde del límite de la existente subestación eléctrica Mulchén. El proyecto en sí se emplazará en la comuna de Mulchén, Provincia de Biobío, Región del Biobío, a una altitud de 175 m.s.n.m. Cabe hacer presente que ambas subestaciones no forman parte de la concesión que por el presente decreto se otorga.
La longitud del trazado, considerando la bifurcación de la línea a partir de la estructura 40 y su llegada a dos marcos de línea identificados como ML1 y ML2, se desglosa en las siguientes medidas: desde la estructura ML0hasta la estructura 40 el trazado tiene una longitud de 11.757 ,44 metros; desde la estructura 40 al ML1 la longitud es de 146,64 metros; mientras que desde la estructura 40 al ML2 la longitud es de 152,08 metros.
Ahora bien, para los efectos de declarar la longitud total del trazado, se ha optado por la longitud correspondiente al tramo de mayor extensión, es decir, desde ML0a la estructura 40 y desde ésta al ML2, teniendo la línea una longitud total de 11.909 ,52 metros.
Por otra parte, la longitud respecto de la cual se otorga la concesión se extiende entre el límite de la futura Subestación Junquillos y el límite de la Subestación Mulchén, y corresponde a 11.881 ,08 metros, de los cuales 11.749 ,61 metros corresponden a atraviesos por propiedades particulares y 131,47 metros a atraviesos de bienes nacionales de uso público.
Artículo 3º. - El presupuesto total de las obras asciende a la suma de $5.200.000.000 (cinco mil doscientos millones de pesos). Artículo 4º. - Copias de los antecedentes relativos a la concesión que por el presente decreto se otorga, quedarán archivadas en la Superintendencia de Electricidad y Combustibles. Artículo 5º. - En su recorrido, el Proyecto ocupará bienes nacionales de uso público y atravesará propiedades particulares. Respecto de estas últimas, será necesario constituir servidumbres eléctricas en los términos que señala la Ley General de Servicios Eléctricos. En particular, el Tramo 1 del Proyecto, cuya concesión se otorga en el presente decreto, solo ocupará bienes nacionales de uso público. Artículo 6º. - El Proyecto podrá atravesar los ríos, canales, las líneas férreas, puentes, acueductos, cruzar calles, caminos y otras líneas eléctricas. Estos cruces y paralelismos se Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2806238 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Cruce con líneas eléctricas existentes: ENTRE CRUCE Nº TIPO DE CRUCE EMPRESA PROPIETARIA ESTRUCTURAS 1 Línea 23 kV CGE S.A. 29 -30 2 Línea 23 kV Empresa Eléctrica de la Frontera S.A. 29 -30 Línea de Transmisión 1x220 kV Duqueco - Los 3 TRANSELEC S.A. 29 -30 Peumos Línea de Transmisión 2x220 kV Mulchén -Santa 4 Transchile Charrúa Transmisión S.A. 33 - 34 Clara Línea de Transmisión 2x220 kV Mulchén - Los 5 Alfa Transmisora de Energía S.A. 40 - 41 A Notros Línea de Transmisión 2x220 kV Mulchén - Los 6 Alfa Transmisora de Energía S.A. 40 - 41 B Notros b.
Paralelismos con las siguientes líneas existentes: PARALELISMO ENTRE PARALELISMO ID LÍNEA EMPRESA PROPIETARIA ESTRUCTURAS Línea de Transmisión 1 2x220 kV Mulchén - Transchile Charrúa Transmisión S.A. 35 -41 A y 41 B Santa Clara Línea de Transmisión 2 2x220 kV Mulchén - Los Alfa Transmisora de Energía S.A. 40 - 41 A Notros Línea de Transmisión 3 2x220 kV Mulchén - Los Alfa Transmisora de Energía S.A. 40 - 41 B Notros Artículo 7º. - La presente concesión se otorga en conformidad a lo dispuesto en la Ley General de Servicios Eléctricos y queda sometida a todas las disposiciones legales y reglamentarias vigentes o que se dicten en el futuro sobre la materia. Artículo 8º. - La presente concesión se otorga por plazo indefinido. Artículo 9º. - La implementación del proyecto se realizará mediante diversas tareas ejecutadas simultáneamente, las que en conjunto se desarrollarán dentro del plazo total de 22 meses.
Entre las actividades consideradas, se presenta: a) 3 meses para instalación faenas; b) 3 meses para adquisición de suministros; c) 6 meses para excavaciones fundaciones; d) 5 meses para instalación de armaduras y moldajes; e) 3 meses para hormigonado de fundaciones; f) 7 meses para montaje de estructuras; g) 7 meses para tendido de conductores; h) 2 meses para instalación de accesorios; i) 3 meses para puesta en servicio y recepción de obras; j) 3 meses para desmovilización. El inicio de las obras será a partir de los 120 días contados desde la fecha de publicación del decreto de concesión en el Diario Oficial. El plazo de construcción del proyecto se desglosa de la siguiente manera: Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2806238 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.443 Jueves 7 de Mayo de 2026 Página 4 de 4 Artículo 10º. - El presente decreto deberá ser publicado en el Diario Oficial por el concesionario, dentro del plazo de quince días contados desde su total tramitación. Artículo 11º. - El concesionario estará obligado a prestar el servicio de transporte de energía eléctrica, en las condiciones de calidad y continuidad que establezcan la ley y los reglamentos. Artículo 12º. - El concesionario estará obligado a levantar íntegramente las instalaciones cuando ellas queden inutilizadas para el objetivo de la presente concesión. Esta obligación sólo es válida para aquellas instalaciones que hagan uso de bienes nacionales de uso público, terrenos fiscales o terrenos particulares, en virtud de servidumbres constituidas. El levantamiento deberá efectuarse dentro del plazo y en las condiciones que fije la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, de conformidad a los reglamentos y normas técnicas aplicables.
Artículo 13º. - Si por cualquier circunstancia, alguno de los tramos en que se ha dividido el Proyecto no pudiere ejecutarse, el retiro de las instalaciones que ocupen bienes nacionales de uso público, terrenos fiscales o particulares, deberá hacerse dentro del plazo y en las condiciones que fije la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, de conformidad a la normativa vigente. La división por tramos del Proyecto no afectará en modo alguno la prohibición de fraccionamiento contemplada en la ley Nº 19.300 que aprueba ley sobre bases generales del medio ambiente.
Artículo 14º. - La concesión que por este acto se otorga no exime del cumplimiento de las demás obligaciones legales, como lo es el acatamiento de la legislación ambiental en forma previa a la ejecución de las obras que se amparen en esta concesión. Anótese, notifíquese y publíquese en el Diario Oficial y en el sitio web del Ministerio de Energía. - Por orden del Presidente de la República, Ximena Rincón González, Ministra de Energía. Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2806238 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl