COLUMNAS DE OPINIÓN: Los principales obstáculos que enfrentará el proyecto de Ley de aborto
COLUMNAS DE OPINIÓN: Los principales obstáculos que enfrentará el proyecto de Ley de aborto Por: Bárbara Yáñez, directora ejecutiva del estudio de abogados Ruiz Salazar. El proyecto de Ley de aborto ingresado por el Gobierno en el Congreso abre el debate sobre cómo esta Ley se va a desenvolver junto con la que ya existe de tres causales.
Cabe señalar que el año pasado, las dificultades dificultades en la implementación de las tres causales causales impidieron que el Gobierno pudiera modificar el actual reglamento, y así presentar presentar el proyecto en esa oportunidad cómo se había prometido.
Uno de los efectos legales que tendrá este proyecto será la inclusión como causal adicional adicional de despenalización del aborto hasta la semana 14 de gestación, que incluye además además el garantizar un acceso oportuno a la prestación de salud y también de información información a quien tome aquella decisión.
Aquellas mujeres que se encuentren con menos de 14 semanas de gestación, podrán voluntariamente acceder a un procedimiento procedimiento abortivo de forma segura en un centro de salud, contando además con toda la información información disponible para reafirmar la decisión tomada. Por otro lado, este proyecto también podría podría traer consigo algunos obstáculos para su aplicación si se convierte en Ley.
Uno de ellos es la objeción de conciencia, ya que la iniciativa mantiene las normas de protección hacia ésta, por lo que, en sistemas de salud privados, la aplicación de este proceso podría podría ser rechazado.
Si bien el proyecto por un lado intenta garantizar garantizar un acceso rápido, informado y seguro seguro a un aborto a través de los sistemas de salud, los sistemas de salud privados principalmente principalmente podrían negarse a realizar ese tipo de procedimientos alegando objeción de conciencia, lo que finalmente dejaría sin acceso acceso a la prestación a muchas mujeres quienes quienes continuarán optando por procedimientos informales e inseguros.
En este punto, será fundamental el rol de los organismos estatales no solo en lo relativo relativo a generar las condiciones necesarias para la aplicación práctica de esta ley, es decir, que los servicios de salud realmente cuenten cuenten con la prestación de aborto, que existan los mecanismos de información y acompañamiento acompañamiento a las mujeres, etcétera, sino que también exista una cobertura suficiente que no límite de aquel derecho a ninguna mujer por no existir una institución en su localidad que realice la prestación a causa de objeción de conciencia. Otro de los cuestionamientos que se han esbozado hacia esta iniciativa es la falta de constitucionalidad.
Si bien la Constitución establece la protección de la vida del que está por nacer, también garantiza otros derechos derechos a las personas como la integridad física y psíquica, al acceso libre e igualitario a la salud, y la libertad personal.
Son otros derechos que se ven justamente afectados ante la falta de regulación o despenalización de un aborto, precisamente negando negando la posibilidad de acceder a un aborto aborto seguro a aquellas mujeres que requieran uno, obligando a quienes tienen la intención de hacerlo a buscar mecanismos informales. Previo a la ley que permite el aborto en tres causales, Chile era uno de los pocos países donde las normas referidas al aborto aborto eran muy restrictivas en comparación con otros países. Esto evidentemente nos deja muy lejos en la protección de otros tipos de derechos como son la autonomía reproductiva reproductiva y la autodeterminación de las mujeres.
Por tanto, este proyecto presentado por el gobierno se parece un poco más a las realidades realidades existentes en países como España o Alemania en el cual se permite el aborto durante las primeras semanas del embarazo (no más de 14) y que la madre haya tenido un acompañamiento profesional y de información información respecto de la decisión a tomar.
Por otro lado, la no existencia de una causal causal de despenalización de aborto adicional a las 3 existentes (que son en caso de violación, violación, inviabilidad fetal y peligro para la madre) madre) constituye, según lo ha expresado incluso incluso la Corte interamericana de los derechos humanos, una forma de violencia institucional institucional y de género hacia las mujeres. Lo que se busca, adicionalmente, es que se evite que las mujeres busquen mecanismos informales que pueden afectar su salud y poner en riesgo riesgo su vida..