Editorial: La responsabilidad de prevenir
Editorial: La responsabilidad de prevenir El 99% de los incendios forestales en Chile se produce por acción humana. De ese total, el 75% corresponde a negligencia o descuido, lo que implica que tres de cada cuatro siniestros son perfectamente evitables. Sin embargo, cada temporada se repite el mismo patrón: decenas de focos simultáneos, miles de hectáreas consumidas y pérdidas que pudieron evitarse. La responsabilidad no es solo individual, sino también una obligación legal. El marco legal endureció significativamente las penas tras los megaincendios anteriores.
Las modificaciones a la Ley de Bosques en 2013 establecen rangos desde cinco años de privación de libertad para quienes enciendan bosques o pastizales, hasta 20 años cuando el incendio afecta a sectores poblados o presenta agravantes, como ser provocado de noche o en lugares descampados. La responsabilidad penal no se limita a quienes actúan con dolo directo. También se aplica a quienes, sin intención de causar un incendio, consideraron que podían generarlo. Si una persona conoce las alertas meteorológicas y aun así hace un asado o una quema, puede ser sancionada porque sabía que podía desencadenar un siniestro. Los casos de negligencia están tipificados con sanciones desde 541 días hasta cinco años de presidio. Estas penas pueden cumplirse con libertad vigilada, pero la condena permanece en el historial y las consecuencias civiles pueden incluir indemnizaciones millonarias. Las prohibiciones son absolutas.
No se puede usar fuego al aire libre durante periodos de restricción, fumar en zonas con vegetación, hacer fogatas ni asados cerca de formaciones vegetales, ni usar herramientas que generen chispas en días de altas temperaturas. Tampoco se puede dejar basura ni vidrios que puedan iniciar combustión por efecto lupa. En áreas silvestres protegidas, solo encender fuego implica penas de 61 días a tres años y multas de 11 a 50 UTM. Quien provoque un incendio que afecte gravemente un área protegida enfrenta de cinco años y un día a 20 años de cárcel, además de expulsión del país si es extranjero. Las conductas responsables incluyen mantener alrededores de viviendas despejados, no realizar quemas sin autorización, no usar herramientas que generen chispas en zonas de riesgo. Si es imprescindible hacer fuego en zonas sin alerta roja, es necesario delimitar la zona con arena o piedras y disponer de elementos para apagarlo. Ante cualquier avistamiento de humo o fuego, la acción debe ser inmediata: llamar a Conaf al 130, a Bomberos al 132 o a Carabineros al 133. La demora en reportar focos incipientes podría permitir que se transformen en emergencias incontrolables. Chile enfrenta condiciones climáticas cada vez más adversas, pero la mayor parte de los siniestros siguen siendo evitables. Cada cigarro arrojado, cada asado en zona de riesgo y cada quema sin autorización es un incendio potencial. Esa responsabilidad debe prevalecer a la luz de la catástrofe que vive la región y la provincia..