Autor: VEHÍCULOS
Extractos: Clasificados
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FELIPE ANDRES CATALDO MOYA, abogado, domiciliado en San Diego SI, piso 8, Santiago, mandatario judicial en representación convencional del BANCO DEL ESTADO DE CHILE, empresa autónoma de créditos del Estado, según se acredita con escritura pública de mandato judicial de fecha 14 de julio de 2022, otorgada ante el Notario Público de Santiago don Álvaro González Salinas, que acompañamos en un otrosí de esta presentación, domiciliado en Avda, Libertador Bernardo O Higgins N9 11, piso 80, Comuna de Santiago, representado legalmente por su Gerente General Ejecutivo don Oscar Raúl Antonio González Narbona, Civil, RUT chileno, casado, ingeniero N'6.362.085 :8, de mi mismo domia US. respetuosamente decimos: Mi representado, el Banco del Estado de Chile, es dueño del pagaré que se acompaña en el primer otrosí de esta demanda, que fue suscrito en calidad de deudor principal por don(ña) EDUARDO SALVATORE MONTORY GUERRA, ignoramos profesión u oficio, con domicilío en MANUEL TOCORNAL 477, CEARO BARÓN, VALPARAÍSO.
El pagaré fue suscrito por la suma de $10.467791. -, por concepto de capital, más un interés del 0,8500% MENSUAL, que el deudor se obligó a pagar en 82 cuotas mensuales y sucesivas de $179724. cada una, salvo la última cuota de $ 179.746. todas con vencimiento los días 15 de tada mes, venciendo la primera de ellas el día 15 de julio de 2024. se estableció en el pagaré que en caso de mora. simple retardo en el pago de cualesquiera de las cuotas pactadas, el deudor está obligado a pagar, desde el incumplimiento, intereses penales equivalentes al máximo convencional según las tasas que rijan durante el retardo, sin perjuicio de los demás derechos del acreedor, quedando facultado el Banco del Estado de Chile para hacer exigiblela totalidad de la deuda como si fuese de plazo vencido en el caso de no pago de cualquiera de las cuotas en que se dividió la obligación.
Es del caso señalar que el deudor ha dejado de pagar desdela cuota con vencimiento al día 15 de julio de 2024, inclusive, y todas las posteriores, por tanto el Banco del Estado de Chile ha decidido hacer exigible la totalidad de la deuda, demandando la suma de $ 10.467.791 los intereses pactados deven, más y los que se devenguen hasta gados veyendo la demanda a folio 1: Alo principal, por interpuesta demanda despáchese; al primer otrosí, téngase por acompañado el pagaré bajo el apercibimiento del cedimiento Civil guárdese en custo: al segundo otrosi, téngase presente; al tercer otrosí, téngase presente y por acompañado el documento, con citación; al cuarto otrosí, téngase presente; al quinto otroC-26412024 (C. principal). Se guarda en custodia un pagaré 1744/24. /MANDAMIENTO: Valparaíso, doce de noviembre de dos mil veinticuatro. Mandamiento. Un Ministro de Ferequerirá a EDUARDO SALVATORE RUT ejecutiva, sí, téngase presente.
Rol N* GUERRA, IONTORY 15.074.752. para queen lao de requerimiento pague a BANCO DEL ESTADO DE CHILE, 0. quien sus derechos represente la suma de $10.467.791. (diez millones cuatrocientos sesenta y siete mil setecienlosnoventa y un pesos), más intereses y costas.
No verificado el pago, trábese embargo sobre bienes múebles en general tales como los que guarnecen el domicilio o morada e inmuebles del ejecutado, que sean de su propiedad y hasta cantidad suficiente, procediéndose en todo conforme a la ley.
Designase depositario provisional de los bienes que se embarguen al propio ejecutado bajo las responsabilidades legales. causa Rol N* Así esta ordenado en 2641-2024. / RESOLUCIÓN: Valparalveinte de febrero de dos mil so, el completo pago de la deuda, más las costas de esta causa. Como consta del pagaré que se acompaña, la obligación es indivisible, el (los) suscriptor(es) relevaron al portador delos documentos de la obligación de protesto y, la(s) firma(s) de este(os) se encuentra autorizada por Notario. La obligación es líquida, actualmente exigible tiva nose encuentra prescrita. POR lo expuesto, documentos acompañados, y a lo dispuesto en el artículo 98 y siguientes de la ley 18.092, artículos 254,434 N%4 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, y demás hormas pertinentes. A SS.
PIDO: tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de EDUARDO SALVÍ TORE MONTORY GUERRA, ya indi dualizado(s), admitirla a tramitación y ordenar se despache mandamiento de ejecución y embargo en la la acción ejecu: suma y TANTO, de acuerdo a contra su de por $10.467.91.-. más intereses pactados y costas, requerir de pago al deudor, y disponer se siga adelante esta ejecución hasta que a mi representada se le haga entero y cumpl do pago de lo adeudado, con expresa condena en costas. PRIMER Solicito a S.S. tener por OTROSÍ: acompañado, bajo apercibimiento del artículo 346 N* 3 del Código de Procedimiento Civil, el pagaré in vidualizado en lo principal, y se ordene su custodia. SEGUNDO OTROSolicito a.
S, tener presente que señalo para la traba del embargo todos los bienes del ejecutado, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, y todos los que puedan aparecer en el futuro, los que permanecerán en su poder en calidad provisionales, bajo de depositarios y penal su responsabilidad civil Sírvase SS. tener TERCER OTROSÍ: presente que nuestra personería para actuar en representación del Banco del Estado de Chile, consta en escritura pública de fecha 14 de julio de 2022, otorgada en la Notaría de Santiago de don Álvaro González Salinas, firmada a través de firma electrónica avanzada, documento que se acompaña en pdf a estos autos, con citación.
CUARTO OTROSÍ: Qué por este acto vengo en señalar a 5.S., como medio de notificación los siguientes correos electrónico: notificacione: ra] dogadospembresasgbeso. ban. coestado. cl QUINTO OTROSÍ: Solicito aS.s. tener presente en mi caliabogado habilitado para el dad de ejercicio de la profesión, asumo el patrocinio de la demandante y actuaré personalmente en su nombre y representación en el presente proceso.
Asimismo, en virtud de las facultades que me ha conferido mi mandante, otorgo patrocinio y po: der al abogado habilitado para el ejercicio de la profesión don MARCELA MONTSERRAT PIÑA VASQUEZ, ambos domiciliados para estos efectos, en ANGAMOS N' 1686, BARRANCAS, SAN ANTONIO, con quien podré actuar en forma conjunta o separada, indistintamente, quien firma junto a mien señal de aceptación/RESOLUCIÓN: Valparaíso, doce de noviembre de dos mil vel cuatro. Proveyendo la presentación de 8 de noviembre en curso, folio 2: Por cumplido con lo ordenado.
Prolío 41: Atendido el mérito de los antecedentes, encontrándose en el país el ejecutado, Eduardo Salvatore Montory Guerra, según da cuenta informe de folio 26; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, como se pide, practíquese notificación por avisos, los que deberán publicarse los días 1* 6 15 del mes en el Diario Oficial, y por tres veces en el Diario El Mercurio de Valparaiso. Practíquese requerimiento de pago, porreceptor al quinto día hábil después de la última notificación, alas 9:00 horas, en la Secretaría del Tribunal. Confecciónese extracto por la Sra, Secretaria del Tribunal. Secretaria.
EXTRACTO JUZGADO DE Letras de La Ligua, en causa civil Rol C-12872023, mediante resolución de fecha notificara 24 marzo2025se ordenó la demandada principal AGRÍCOLA Y COMERCIALIZADORA VALLES DEL SOL SPA, RUT 76.821.228-7, representada por ROBERTO ANTONIO FLORES VERGARA, RUT 11.938.2580, de conformidad lo establece el artículo 54 del C.P.C., debiendo la parte demandada, en su primera gestión judicial, designar domi Conocido dentro de la jurisdicción de conformidad alartídel Tribunal culo 49, bajo apercibimiento de procederse de conformidad lo dispone C.P.C.
Se el artículo 53, ambos del requiere de pago a la ejecutada de principal, para efectos pagar a CLALIDIO DEL CARMEN HERNÁNDEZ a quien sus derechos INOSTROZA, 0 de suma la represente, $126.000.000, por concepto de capital, más intereses, con costas, conforme esta ordenado en mandamiento de ejecución y embargo de fecha 07 septiembre 2023, y para tal efecto, conforme lo dispuesto en N* 1 del C-RC., debe presentarse, la ejecutada, al quinto día después de la última notificación a las 10:00 horas, ante Ministro dee del Tribunal, en calle Esmerala efectos de practicarse el requerimiento de pago, bajo aperci la citación, se hará de inmediato y sin más trámite el embargo de bienes suficientes.
Demanda, comparece Claudio del Carmen Hernández Inostroza, RUT 9.329.540 -4, quien interpone demanda en juicio. ejecutivo por obligación de dar en contra de Agrícola y Comercializa: Sol el artículo 443 da N* 650, La Ligua, que de no concurrir Valles spa, 76.821.228, del giro de su deno nación, representada por Roberto Vergara, RUT del dora Antonio RUT Flores 11938.258 -0.
POR TANTO, en méri. to de lo expuesto y de lo dispuesto enlos artículos 254,434 numeral 2* y siguientes del Código de Procediy las demás normas lemientoCivil, gales pertinentes, SÍRVASE S.S. ; tener por interpuesta demanda ejecutiva por obligación de dar en contra de Agricola y Comercializadora Valles del Sol spa, y su representante ya individualizados, y a don Pablo Fabián Olivares Osorio, disponiendo se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por $126.000.000 más la cantidad de intereses, y disponer se siga adelante hasta dar entero y cumplido pago de todo lo que se le adeuda, con expresa condena en costas. El Tribunal resuelve con fecha 07 de septiembre de 2023: Alo principal: Despáchese. Al primer otrosí: Ténganse por acompañados los documentos, concitación. Al segundo otrosí: TénTéngase presente. Altercer otrosí: gase presente patrocinio y por con. ferido poder.
Al cuarto otros: Téngase presente, y habiéndose seña. lado correoelectrónico, notifíquense las resoluciones dictadas en el presente proceso, que deban notif carse personalmente o por cédula, mediante correo electrónico, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley N* 20.886, y sin perjuicio de la facultad del Tribunal de ordenar la notificación personal o por cédula, cuando lo considere pertinente, conforme lo dispuesto en el artículo 47 del Código de Pro: cedimiento Cuantía: Civil. $126.000.000.
MANDAMIENTO DE EMBARGO, de fecha 07 septiembre 2023: Un Ministro de Fe requerirá de pago a AGRÍCOLA Y COMERCIALIZADORA VALLES DEL SOL SPA, representada por don Roberto Anto: nio Flores Vergara, en calidad de deudor principal; y, contra don PABLO FABIÁN OLIVARES OSORIO, en calidad de aval y codeudor solidario, para que en el acto de su requefimiento pague a CLAUDIO DEL CARMEN HERNÁNDEZ INOSTROZA, 1 a quien sus derechos represente, la suma de $126.000.000, más in reses y costas delacausa.
No veri ado el pago enel acto de su requerimiento, el Ministro de Fe encargado dela diligencia procederá a trabar embargo sobre todos aquellos bienes de dominio del deudor, como toda clase de bienes muebles que guarnecen en las oficinas y/o casa habitación de la demandada, bienes raices vehículos motorizados, cuentas corrientes bancarias, y todo otro les pertenezca, en cantidad suficiente para el pago de la deuda con sus intereses designa depositario los bienes que se embarguen, al propio ejecutado, bajo su responsabilidad legal. EXTRACTO.
POR RESOLUCIÓN de este Tribunal de Familia, dictada con fecha seis de mayo en curso, en causa RIT C-1899-2024, caratulada RAMOS / RAMOS, seguida por Alimentos Cese y Alimentos Rebaja, se ha ordenado notificar por avisos a la demandada DANIELA JEANNETTE RUN 21.214.674-9, de la resolución de folio 98 y su citación el día 16 de Junio de 2025, a las 09:00 horas, en las dependencias de este Tribunal de Familia, ubicado en Tomás Ramos N* 98, Valparaiso, bajo apercibimiento legal del artí y bien que y costas.
Se provisional de RAMOS MUÑOZ, juicio para la audiencia de a 59 inciso 3* dela ley culo 27 19968 y artículo 54 del CPC, Atendido lo esto en el articulo 60 bis de la ley 19968 para la audiencia, será factible paralas partes llevarla acabo mediante plataforma de Videoconferencia Z00M, igiendo la fecha y hora señalada, 1D de reunión: 947 0001 0208 (sin código de acceso). En Valparaíso, a martes trece de mayo de dos mil veint ade ANTE19 JUZGADO Mar, Rol V-74-2025, caratulada PÉREZ sobre interdicción por demencia, se cita a audiencia de parientes de don LUIS ADRIÁN PÉREZ GONZÁLEZ, RUN 3.418.769 -K, el día 29 de Mayo de 2025 a las 09:00 horas. Para comparecer por videoconferencia por plataforma Zoom, Link: https://200m.us/i/4174791507 1D de reunión: 417 479 1507, basta presentar escrito comunicando su 9pción al tribunal a días dos lo menos antes, indicando su correo electró: yteléfono. Secretario (S) EXTRACTO.
POR RESOLUCIÓN de este Tribunal de Familia, dictada con fecha treinta de abril en curso, en causa RIT C-1432-2024, caratula: da LAZO / ESPINOSA, seguida por Suspensión de Patria Potestad y solícitud de Nombramiento Guardador, dela niña ANAÍS ANTONELA LAZOESPINOZA, RUN 24.476.359-6, se ha ordenado notificar por avisos a la demandada UBERLINDA DEL PILAR ESPINOSA GONZALEZ, RUN 15.55.6568 y asus parientes hasta la tercera linea colateral, que se ha iniciado esta causa y se le cita a audiencia preparatoria para el día 07 de julio de 2025, a las 10:30 horas, en las dependencias de este Tribunal de Familia, ubicado en Tomás Ramos N* 98, Valparaíso, bajo apercibimiento legal del artículo 27 y 59 inciso 3* de la ley 19968 y artículo 54 del CPC.
Atendido lo dispuesto enel artículo 60 bis dela ley 19968 para la audiencia, será factible para las partes llevarla a cabo mediante plataforma de Videoconferencia 200M, rigiendo la fecha y hora señalada, 1D de reunión: 964 5699 8520 (sin código de acceso). En Valparaiso, a jueves quince de mayo de dos mil veinticinco. 1611 Judiciales EXTRACTO.
JUZGADO LETRAS Limache; En causa Rol V-22-2025, caratulada MAZUELA/, sobre nombramiento curador general legitimo y definitivo, cítese a audiencia de parientes de Juana del Carmen Mazuela Gonzalez, para 27 de junio 2025,1330 horas, a realizarse por videoconferencia, plataforma z00m 1D. de acceso número 914 1155 8984, código de acceso 856992. La secretaria EXTRACTO.
EN CAUSA RIT C-10222024 caratulada ZISMAN TORRES resolución de fecha 22 de Abril año 2025 ordenó notificar por avisos a doña NATALIA FERNANDA TORRES VICENCIO, RUN 16.575.486-7 que se su contra demanha interpuesto en da de Divorcio Unilateral por Cese Cese Alimentos y de Convivencia, Alimentos, que se ha acogido a tramitación y sele cita a audiencia preparatoría de juicio para el día 18 de Junio del 2025 alas 11:00 horas en las dependencias de este Tribunal de Familia ubicado en calle Tomás Ramos 98, Valparaíso bajo apercibiy 59 inciso 3% miento del artículo 27 dela ley 19.968 y artículo 54 del CPC las partes podrán comparecer a la audiencia preparatoria, mediante la.
Extractos: Clasificados JUZGADO CIVIL DE VALPARAÍSO, CAUSA ROL (539-2021, Pagare, cobro de (C 07), BANCO DEL ESTADO con BRAVO ESPINOZA ADOLFO JAVIER: con fecha 8 de noviembre se autorizó raíso, la notificación por avisos de laresolución de fojas 56: “Valpacuatro de noviembre de dos mil veinticuatro Proveyendo el escrito de fecha 2 de noviembre de 2024, folio 29; a lo principal y primer otrosÍ, previo a proveer, acompáñese copia de inscripción de do1] minio y certificado de hipoteca y gravámenes actualizad: mueble cuya subasta solici gundo otrosí, por acompañado el documento, con citación; al tercer otrosí, por desarchivados los autos, las partes llevarla a cabo mediante 1611 EXTRACTO.
POR RESOLUCIÓN de este Tribunal de Familia, dictada con fecha treinta de abril en curso, en causa RIT (2176-2024, caratula da GELDRES/DINAMARCA, seguida por Cuidado Personal del Niño LEON plataforma de Videoconferencia Z00M, rigiendo la fecha y hora señalada, 1D de reunión: 947 0001 0208 (sin código de acceso). En Valparaíso, a martes trece de mayo de dos mil veinticinco. SAMUEL PASCHUAN ADAROS. MINISTRO DE FE. JUZGADO DE FAMILIA VALPARAISO ¡ CA GELDRES, RUN 23.867.294-5, se ha ordenado notiEXTRACTO.
JUZGADO DE Letras de Rol V-97-2024 “Vásquez/”, sentencia defit toriada de fecha 26 de Febrero 2025: declara interdicción defini va por causa de demencia de doña Carmen Del Rosario Contreras Roquedando de sus bienes, nombrándose curadora definitiva, de su persona y de sus bienes, a su hija, doña Claudia Myriam C.I.N. * 10.804.831-K. Jefe Unidad. EXTRACTO JUZGADO DE Letras d La Calera rol V-140-2024 “Molin: sentencia definitiva ejecutoriada del 10 de Febrero 2025 declara interdicción definitiva por causa de demencia de Nelson del Carmen Molina Molina, C.I. N* 5.371.512 : privado dela. ción de sus bienes, nombrándose curadora definitiva de su persona y bienes, asu hija, Rosa Elvira Molina N* 10,898.844-4. Jefe unidad. EXTRACTO.
NOTIFICACIÓN: 3" ficar por avisos a los demandados 181S ANKARA STEFANIA GELDRES, RUN 18.305.790-1 y TEODORO DINA" MARCA FUENTES, RUN 15.075.974-9, en calidad de progenitores del niño, que se ha iniciado esta causa y se lescitaa audiencia preparatoria para el día 07 de julio de 2025, a las 11:30 horas en las dependencias de ubicado en de Familia este Tribunal calle Tomás Ramos 98, Valparaíso, bajo al y 59 inciso 3" de la Ley 19.968 y artíCulo 54 del CPC. Las partes podrán la audiencia prepara» comparecer a toria, mediante la plataforma de Videoconferencia 200M 10 de reunión 928 3604 9898 sin código de acceso. En Valparaiso a viernes nueve de mayo de dos mil veinticinco.
EXTRACTO DE efectiva 3" JUZGADO CIVIL DE VIÑA DEL MAR, causa rol V-32-2023, por sentencia definitiva dictada con fecha 03 de Marzo de 2023, se concedió con beneficio de inventario posesión efectiva dela herencia intestada sobre todos los bienes situados en Chile de la causante doña María Robertina Millán Valladares, R.U.
T N*3.421.325 -9, fallecida el 05 de Diciembre de 2021 en Trento, Italia, siendo su último domicilio en Chile el de calle Cono Sur N* 4950, Viña del Mar, Región de Valparaiso, a los siguientes herederos: sus hijos HécSilvana tor Alejandro Roa Millán; Carla Gennara Millán; Pier Giorgio 'Gennara Millán; María Angélica Rita Pía Genna'Gennara Millán; Carmen ra Millán; Juan Carlos Gennara MiLa Calera /a ejecuJas, C.l. N. * 3.475.668 -6, privado de la administración Contreras, Vásquez a Leiva, C.I. mate, el que deberá firmar y devolver por la misma vía. El juez y la ministro de fe del tribunal firmarán el acta de remate con su firma electrónica avanzada.
Saldo de precio se pagará dentro de los 5 días hábiles siguientes contados desde la subasta, mediante cupón de pago en BancoEstado, depósito judicial en cuenta corriente del Tribunal o vale vista a la orden del Tribunal. Bases y demás antecedentes en la causa 0 en Oficina Judicial Virtual.
EXTRACTO REMATE A realizarse mediante video conferencia, a través de plataforma zoom, link: https://200m.us/j/97657921454, 10 de reunión: 976 5792 1454,2% Juzgado Civil Viña del Mar, 25 junio juicio ejecutivo Rol 2025,10:30hrs, C:2526-2024, “Banco SantanderChile con Cam”, Departamento Veintidós A Número Trescientos Dos del Piso Tres del MÓDULO UNO, más la terraza exclusiva correspondiente al Departamento, todos del “Condominio Los Andes Club 1” Primera Etapa, con acceso por Avenida Tocornal Número Mil Trescientos Veinte, Comuna de San Esteban, Provincia de Los Andes, individualizado en el plano que se encuentra protocolizado bajo el N'648 al final del Registro de Propiedad del Año 2.013 del Conservador de Bienes Raíces de Los Andes.
Se comprenden todos los derechos uso y goce que le code dominio, rresponden en el terreno y en los demás bienes comunes, conforme a la Ley N*19.537 y al Reglamento de Copropiedad del Condominio, Título de dominio, a nombre del ejecutado, a fojas 1800 vta N*2385 del Registro Propiedad del año 2013, Conservador de Bienes Raíces de Los Andes.
Mínimo para la subasta: $20.380.441.-.Todo interesado participar en la subasen ta como postor, debe tener activa la clave Única del Estado y los mes tecnológicos para ingresar a la plataforma en que se llevará a efecto el remate, siendo de carga exclusiva del ejecutante, ejecutado y de los postores interesados disponer de los medios tecnológicos y de conexión necesarios para participar en la subasta.
Los postores interesados deberán consignar garantía suficiente para participar (10% del mínimo), conforme a las bases de remate, mediante depósito judicial o cupón de pago del Banco Estado, en la cuenta corriente del Tribunal (no transferencia electrónica ni vale vista), hasta las 12:00 horas del día 23 de junio de 2025.
Se sugiere utilizar el cupón de pago de Banco Estado, para lo cual se deja el link de acceso para generarlo: http://reca.poderjudicial.cl/RECAWEB/ Se hace presente que el remate se realizará através de la Plataforma Zoom, para lo cual se requiere de teléfono o computador, con cámara, micrófono y conexión a internet, siendo de cargo de las partes y postores el tener dichos elementos tecnológicos y debeconexión.
Los interesados, rán ingresar comprobante legible a través de rendición de la caución, del módulo especialmente establecido para este efecto en la Oficina Judicial Virtual, a más tardar a las 16:00 horas del día 23 de junio de 2025, individualizándose en dicho modulo e indicando el rol de la causa en la cual participará, correo electrónico y número telefónico para contactarlos en caso de ser necesario.
Se autoriza a los postores interesados que no puedan acceder y que hael señalado módulo yan depositado sus garantíasen la cuenta corriente del tribunal hasta las 12 horas del día 23 de junio de 2025, para que envíen los antecedentes requeridos, esto es, comprobante de depósito de la garantía, cédula de identidad por ambos lados y datos de contacto, a la siguiente casilla de correo electrón jc2 vinadelmar_rematesapjudeSolose aceptara len. vío de antecedentes al señalado correo electrónico, hasta las 16:00 horas del 23 de junio de 2025. Demás bases y antecedentes en la causa a través de Oficina Judicial Virtual. Secretario. Yáñez Arro, cédula de identidad 1N*10.945.071-5; legatarios: Rodrigo Andrés Yáñez Delgado, cédula de identidad N* 15.076.671-0 y María Consuelo Yáñez Delgado, cédula de identidad N'19.325.787-9. Sin perjuicio de otros herederos de igual o Secretaria. CAUSA rejor derecho. EXTRACTO.
Rol EN V-32-2025 del 2" Juzgado Civil de Viña del Mar, con fecha 07 de marzo de 2025, se dictó sentencia en la cual se declara que doña María Fer'nanda Morales Bascuñán, domicil da en Calle Los Abedules N* 1120 8, Sector de Bosques de Montemar, comuna de Concón, Región de Val" paraíso, no tienela libre administración de sus bienes, declarando como curadores definitivos a don Raúl Herbet Morales Sanguinetti y a doña María Angélica Catalina Bascuñán Hormazábal, a quienes se les exime de la obligación de rendir fianza, de reducir dicha sentencia a escritura pública y de proceder a la facción de inventario solemne.
Firima y Autoriza Secretario. 1612 EXTRACTO ANTE SEGUNDO Ju2gado de Letras de Quillota en autos, Rol C-723-2024, caratulado “Banco de Crédito e Inversiones con Malde Conde, José”, ejecutivo, se rematará el 18 junio 2025, a las 12:00 horas, en conjunto y como un solo todo: 1) Lote 3-C resultante de la subdivisión de la Parcela N*3 del Proyecto de Parcelación La Fortuna, ubicado en la comuna de La Crúz, inscrito a nombre del demandado a fojas 903 N*607 Registro Propiedad 2012 Conservador Bienes Raíces de Quillota; y 2) Derechos de aguas que corresponden a la parcela número tres y sitio uno del Proyecto de Parcelación La Fortuna de la comuna de La Cruz, que consisten en Parcela: dos coma setenta y ocho acciones en el Canal Calle Larga; Sitio: cero coma cuarenta y cuatro acciones en el mismo Canal, inscrito a nombre del demandado a fojas 233 N*244 del Registro de Propiedad de Aguas del año 2017 del Conservador de Bienes Raíces de La Calera. Rol Avalúo Fiscal N*118-410 La Cruz. El valor mínimo de la subasta será la suma total de $195.619.330, Caución, 10% del mínimo. El remate se realizará por VIDEO CONFERENCIA através de la plataforma Zoom, 10 de 91618360074 sin contraseña.
Todo interesado en participar en la subasta como postor deberá tener activa su Clave Única del Estado, La caución fijada deberá ser consignada, mediante depósito judicial en la cuenta corriente del tribunal, através de cupón de pago en las sucursales de Banco Estado de Chile, los postores interesados deberán enviar al correo electrónico 12 quillota rematesapjud. cl a más tardar alas 12:00 horas del segundo día hábil anterior a la fecha de la subasta, entendiéndose para efectos que los días sábados no constituyen días hábiles, comprobante legible de haber rendido la garantía Su individualización, indicando el rol de la causa en la cual participará, según se ordena en las bases, indicando además correo electrónico y teléfono de contacto. Precio pagadero dentro de los 5 dí. la fecha del as hábiles siguientes a remate mediante depósito en la del tribunal. Gascuenta corriente tos de escritura, impuesto, contribuciones adeudadas y cualquier otro gasto serán de cuenta del subastador. Demás antecedentes en las bases aprobadas en la causa y cuya revisión pueden realizar en el portal de la Oficina Judicial Virtual. Demás antecedentes en secretaria del tribunal.
Secretario REMATE: ANTE TERCER JUZGADO DE VIÑA DEL MAR, Se remaCIVIL tará el 17 de junio de 2025, a las 9:00 horas, mediante video conferencia vía Zoom, con siguientes datos de acceso ID Reunión: 975 7094 3683. Código de acceso: 681687.
Siguientes inmuebles: Departamento N* 1908 de la planta piso 19* y La Bodega N* 156 de la planta piso 4* subterráneo, ambos del “Edificio First” con acceso por 181, Los Médadel calle Los Mirlos N* nos Reñaca Bajo, Viña del Mar, singularizados en los planos agregados con los N* 161 el Departamen to y 153 La Bodega, ambos al Regis. tro de Documentos del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar inmueble donde se levanta el Edi cio que corresponde al lote 20 H, ubicado en calle Los Mirlos N* 181 Los Médanos Reñaca Bajo, Viña del Mar individualizado en el plano de fusión agregado bajo el N* 224 al Registro de Documentos del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar del año 2016, encerrados en el Polígono C1-C3-13-A5-C1. Se comprenden los derechos de do nio, uso y goce proporcionales en los bienes comunes y en el terreno. Inscritos en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Rai: ces de Viña del Mar, a fojas 1.528, 1N*1,770 del año 2023. Mínimo para subasta cio pagadero de contado, dentro de quinto día de efectuada subasta, Interesados (Excepto ejecutan. te) deberán rendir caución por equivalente al 10% del mínimo mela orden del del año 2022. Los destindes será $ 52.968.201. Prediante vale vista a bunal.
Dicho vale vista, deberá acompañarse materialmente al tri bunal ubicado en calle Arlegui 346 5* piso, el día hábil anterior a la subasta entre las 8.00 y las 12:00 horas, debiendo acompañar copia de la cédula de identidad y en caso de concurrir en favor de un tercero, indicarlo, adjuntando foto. copia de la cédula de identidad o del rol Único tributario. Se deberá indicar correo electrónico y número telefónico para contactarlo. Acta de remate será suscrita mediante firma electrónica simple o avanzada, mismo día del remate.
Devolución de garantías se efectuará el día hábil siguiente al remate en dependencias del Tribunal entre las 10:00 y las 13:00 horas.. Bases y demásantecedentes juicio ejecuti vo Rol NOC-4.959-2024, caratulado “Banco Itaú Chile con Sánchez" o en la página Web de la Oficina Judi Cial Virtual. Dudas al teléfono 322682594 La Secretaría. REMATE: 3? JUZGADO CIVIL VIÑA DELMAR, fijóremate para 24 JUNIO 2.025 a las 09:00 horas en juicio ejecutivo SCOTIABANK CHILE CON SUBIABRE MAYORGA, Rol C-56302024. Se rematará la casa y sitio, ubicado en Lote N'46, calle 12, Po: blación La Floresta, Recreo, Viña del Mar, actualmente, calle Inés N*128. Título dominio a nombre de ROSALIA ELIANA SUBIABRE MAYORGA co: rre inscrito a fojas 6308 N'6920 del Registro Propiedad año 1996 Conservador Bienes Raíces Viña del Mar. Mínimo para subasta la $129.047.609.
El referido remate en modalidad telemática, se realizará por videoconferencia, mediante la plataforma Zoom, Para participar en la subasta, todo postor deberá tener activa su Clave Única del Estado, para la eventual suscripción de la pertinente acta de remate. Asimismo, los postores, a excepción del ejecutante, deberán rendircaución suficiente por medio de vale la orden del Tribunal, por el vista a 10% del mínimo para iniciar las pos: turas.
Dicho vale vista deberá acompañarse materialmente al Tribunal, ubicado en calle Arlegui 346,5* pi so, Viña del Mar, el día hábil ante¡ or a la subasta entre 8.00 y 12.00 horas debiendo acompañar copia cédula de identidad, y en caso con. currir en favor de un tercero, indi Carlo, adjuntando fotocopia de cédula de identidad o del rol único tri butario. En ambos casos se deberá indicar correo electrónico.
En la deo conferencia, única y exclusiva: mente podrán participar los postores que hayan rendido caución, en los términos indicados, siendo car. ga de interesados disponer de elementos tecnológicos y de conexión necesarios para participar, quienes deberán conectarse con 5 minutos de antelación. Postores deberán permanecer en “sala de espera” hasta que anfitrión permita acceso, deberán contar con webcam opera: tiva y activa. Concluido el remate se verificarán los datos del adjudicatario y sele enviará a su correo electrónico un borrador del acta derecomprobante legible de haber rendido la caución. No se permiten transferencias electrónicas. Bases y demás antecedentes en el expediente. Secretaria. EXTRACTO NOTIFICACIÓN DICTACIÓN DE SENTENCIA. Juzgado Letra y Garantía de Petorca, sección familía, causa RIT: C-22-2023. Por sende febrero de tencia de fecha 11 2025, se ha ordenado notificar por 'Gennara Millán.
Por resolución de fecha 13 de Mayo de 2025, conforme a lo dispuesto en los Art. 858 y siguientes del Código de Proced miento Civil, se fija el día 28 de Ma yo de 2025 allas 14:00 horas, para la facción de inventario solemne ante la señora Secretaría del Tribunal, gestión que se llevará a efecto mediante videoconferencia a través de la plataforma Zoom, cuyo enlace es siguiente: hiups/co0mas //97638AÉ0G23% wd=cVB2TUIZQO1pCVVrCVIPYkplUV RTUTO9 1D de reunión: 976 3548 0223, Código de acceso: 965034, correo electrónico zoom, au cias je3vinadelmarapjud. dl SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE VIÑA DEL MAR, en causa ROL V-38-2025, en autos sobre interdicción y desig: nación curador, caratulado “AGUILERA”, con fecha 19 de marzo de 2025, se dictó sentencia definitiva, declarando interdicta adoñakKarina Andrea Aguilera Gallo, domicifíada en Chile Sur 392, Nueva Aurora, Viña del Mar, quedando privada de la administración de sus bienes. Se designa curadora definitiva de los bienes de la solicitada, a doña Marcela Janette Aguilera Gallo. Tribunal ordena publicar e inscribir en el registro de interdicciones del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar. Dictada por doña Ximena Torres Valenzuela, juez subrogante.
Secretario. «con fecha veintitrés de abril en curso, en causa RITC-187-2024, caratulada ÁVILA/ESTAY, seguida por Divorcio por Cese de Convivencia y Compensación Económica, se ha ordenado notificar por avisos al demandado JAIME HERNÁN ESTAY ROJAS, C.l. 7.608.955 -8, de la resolu ción de folio 65 y su citación ala audiencia de juicio para el día 06 de Junio de 2025, a las 09:00 horas, en las dependencias de este Tribunal de Familia, ubicado en Tomás Ra: mos N* 98; Valparaíso, bajo aperc. bimiento legal del arículo 27y 59 inciso 3* de la ley 19.965 y articulo 54 del CPC. Atendido lo dispuesto enelartículo 60 bis de la ley 19968 parala audiencia, será factible para "iento Civil dentro del plazo de 30 días hábiles, bajo apercibimiento de ser los presentes autos nuevamente archivados”. Secretaria.
EXTRACTO. 10 JUZGADO de Letras de Quilpué, causa Rol V-137-2024, sentencia de 17 de abril de 2025, decretó interdicción definitiva de doña Blanca Emilia Tapia Espinoza, RUN 4.077.271 -5, quedando privada de la de sus bieadministración nes. Se nombra curador definitivo a doña Maritza del Carmen Bórquez Cáceres, RUN 7.647.428. La secretaria. JUZGADO LeEXTRACTO REMATE: tras Limache, en causa Rol Y2023, caratulada “Bernales”, fi audiencia el remate para. 13/06/2025, realizar11:00 horas, a se por video conferencia, plataforma Zoom; ID acceso: 954 7478 4689; contraseña: 823049.
Se subastará inmueble de propiedad de Ana María Hidalgo Bernales y Yanet Andrea Hidalgo Bernales, ubicado en Olmué, Comunidad Las Palmas, sector Los Claveles, que según pla: 0 V-5-2490 SR, agregado con el NO 928 al Registro Documentos 1996 e inscripción rolante a foja 945 vuelN' 960, Registro Propiedad la, 2022, Conservador Bienes Raíces Liaproxi mache, tiene superficie de 2.593,00 metros cuadrados; 2 precio pagadero dentro de tres días siguientes efectuada subasta.
Todo postor deberá tener activa su Clave Única del Estado y rendir caución equivalente al 10% mínimo señalado, mediante depósito judicial en Banco Estado con respectivo cupón de pago en cuenta corriente tribunal, RUT 23700037258, NO 60.305.039-8, con antelación minima de 72 horas ala subasta, debiendo enviar al correo electrónico jlimache rematesQpjud. cl todos los “Base 11" datos quese señalan en la de remate, adjuntando además cédula de identidad N*17.389.812la dictación de sentencia, por la cual se acoge la demanda de alimentos, fijando como pensión alimenticia la suma de 1969UTM, los que el demandado deberá pagar alla cuenta ya indicada los primeros 5 días de cada mes a contar del mes siguiente que quede ejecutoriada la sentencia. Además, se establece el pago de los gastos extraordinarios, donde al demandado le correspon: derá cubrir el 50% de estos. Doy Fe. Petorca, a 23 de mayo de 2025.
TRIBUNAL Mar, en causa RIT (-389-2025, sobre cuidado personal, “SÁEZ/CASIERRA”, se ha ordenado notificar por por doña CLAUDIA ELIZABETH FERNANdon viña del DE FAMILIA de avisos la demanda interpuesta DEZ MONTOYA, y FELIPE EDUARDO SÁEZ CID, su proveído de fecha 07 de febrero del 2025, y resolución de día 10 de abril del año en curso, que cita al demandado, don ROLANDO ADALBERTO CASIERRA RUN LARREATEGUI, 22.668.7033, a audiencia preparatoría de juicio fijada para el día 13 de junio del 2025 a las 09:30 horas, de forma presencial ante el mismo tribunal ubicado en calle Traslaviña 118 de Viña del Mar, o en su defecto, aplicación ZOOM en caso de tener idóneos.
Lo anterior, bajo apercibimiento de llevarse a cabo la audiencia con las partes que asistan afectándole a la que no concurratodas las resoluciones que en ella se dicten sin ulterior notificación en virtud de lo dispuestoen el inciso, nal del artículo 59 de la Ley 19.968. EXTRACTO.
POR RESOLUCIÓN de este Tribunal de Familia, dictada con fecha seis de mayo en curso, en causa RIT C-2327-2024, caratulada VÉLIZ por Cui/ ÁLVAREZ, seguida dado Personal dela Niña Constanza Belén Véliz Álvarez, RUN 24.1079120, se ha ordenado notificar por a sos a CRISTIAN ALEXIS VELIZ RODRIGUEZ, RUN 15.947.521-2, que se ha iniciado esta causa y sele cita a audiencia de juicio para el día 14 de Julio del 2025, a las 11:30 horas, en las dependencias de este Tribunal de Familia ubicado en calle Tomás Ramos 98, Valparaíso, bajo aperc bimiento del artículo 27 y 59 inciso 3" de la ley 19.968 y artículo 54 del CPC, las partes podrán comparecer a la audiencia preparatoria, mediante la plataforma de Videoconferencia ZOOM 1D de reunión 957 8073 4100 sin código de acceso. En viernes nueve de maValparaiso, a yo de dos mil veinticinco.
EXTRACTO: ANTE EL Cuarto Juzgado Civil de Valpara so, en causa ¡ Rol V-14-2025, caratulado “MORALES/", sobre interdicción por demencia y nombramiento de curador, se dictó sentencia con fecha 19 de mayo de 2025, declarándose la interdicción definitiva por discapacidad mental de don MARIO OMAR MORALES ClFUENTES, cédula nacional de identidad N*5.374.030 -8, domiciliado en Avenida Los Arrayanes N0245, Placilla, Valparaíso, quedando privado de la administración de sus bienes. Asimismo, se designacomo curado: ra general definitiva a doña DUANY CORINA MORALES CABRERA, cédu de identidad nacional la N*14.296.427-9.
Secretaria. 19 JUZGADO CIVIL de Valparaíso, causa V-13-2025, caratulada “López con López”, materia: posesión efectiva testada, sentencia definitiva folio 20, fecha 12-05-2025, concede posesión efectiva herencia testad: causante MARÍA BERTA LÓPEZ, c dula de identidad N*3.978,269 herederos Jessica Eugenia Yáñez identidad Arro, cédula N*10.815.837-9, Wladimir Ernesto de de remates judiciales.