Decreto exento número 161, de 2026.- Otorga concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada para la localidad de Nueva Imperial
DIARIO OFICIAL II DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR Núm. 44.409 Miércoles 25 de Marzo de 2026 Página 1 de 3 Normas Particulares CVE 2787452 MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Subsecretaría de Telecomunicaciones OTORGA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE NUEVA IMPERIAL Santiago, 9 de febrero de 2026. - Con esta fecha se ha decretado lo que sigue: Núm. 161 exento.
Vistos: a) El decreto ley N 1.762, de 1977, que crea la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría; b) La Ley N 18.168, de 1982, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley; c) El decreto supremo N 126, de 1997, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprueba el Reglamento de Radiodifusión Sonora, y sus modificaciones; d) El decreto supremo N 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que faculta al Ministro de Transportes y Telecomunicaciones para firmar "Por orden de la Presidenta de la República"; e) La resolución exenta N 36, de 1987, de la Subsecretaría, que fija Norma sobre Requisitos Básicos de las Estaciones de Radiodifusión Sonora; f) La resolución exenta N 479, de 1999, de la Subsecretaría, que fija Norma Técnica para el Servicio de Radiodifusión Sonora, y sus modificaciones; g) La resolución exenta N 404, de 20.02.2018, de la Subsecretaría, que aprueba las Bases del Concurso Público de Radiodifusión Sonora, correspondiente al Primer Cuatrimestre de 2018; y h) La resolución N 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; Considerando: a) El llamado a concurso público, efectuado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones para optar al otorgamiento de concesiones de radiodifusión sonora, correspondiente al Primer Cuatrimestre de 2018, publicado en el Diario Oficial N 41.957, de 15.01.2018; b) Lo solicitado por la interesada, mediante ingreso Subtel N 44.450, de 29.03.2018; c) Lo informado por la Subsecretaría, mediante memorándum N 1.184/C, de 23.10.2018; d) Lo dispuesto en el inciso 6 del artículo 13A de la ley; e) La resolución exenta N 2.336, de 13.11.2018, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que llamó a sorteo para la asignación de concesiones de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada; f) El Acta que da cuenta de lo obrado en el sorteo realizado el 18.12.2018; g) Lo informado por la Subsecretaría, mediante memorándum N 1.275/C, de 03.01.2019; h) La resolución exenta N 452, de 07.03.2019, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que asignó la concesión de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada, para la localidad de Nueva Imperial, Región de La Araucanía, a Leone Comunicaciones Limitada; Directora (S): Pamela Urra Sepúlveda Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2787452 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.409 Miércoles 25 de Marzo de 2026 Página 2 de 3 i) Que no se produjo reclamación en contra de la resolución exenta que asignó la concesión; y, en uso de mis atribuciones, Decreto: 1. - Otórgase una concesión de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada para la localidad de Nueva Imperial, Región de La Araucanía, a Leone Comunicaciones Limitada, RUT N 76.325.472-0, con domicilio en Sebastián Elcano N 917, Depto. 176, comuna de Las Condes, Región Metropolitana de Santiago, en adelante la concesionaria. 2.- Apruébase el proyecto técnico, contenido en la solicitud de concesión presentada por la concesionaria.
La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría. 3.- Facúltase a la concesionaria para instalar, operar y explotar la estación de radiodifusión sonora en frecuencia modulada, señal distintiva XQD-778, cuyos elementos de la esencia de la concesión, características técnicas y ubicación de las instalaciones de la radioemisora serán los que a continuación se indican: ELEMENTOS DE LA ESENCIA DE LA CONCESIÓN - Tipo de servicio : Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada. - Zona de servicio : Localidad de Nueva Imperial, Región de La Araucanía.
Superficie delimitada por una intensidad de campo mayor o igual que 54 dB (V/m), referida al punto de emisión de la señal. - Período de la concesión : 25 años. - Plazo inicio de obras : 5 días. - Plazo término de obras : 15 días. - Plazo inicio de transmisiones : 60 días. - Potencia : 1.000 W. - Frecuencia : 88,7 MHz.
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE LAS INSTALACIONES - Tipo de emisión : 180KF8EHF. - Desviación máxima : 75 kHz. - Diagrama de Radiación : Direccional. 11,56 dBd de ganancia máxima y 5,36 dBd de - Ganancia antena : ganancia en el plano horizontal. - Polarización : Vertical. - Tipo de antenas : Log Periódica. - Tilt eléctrico : 10,3 bajo la horizontal. - N Antenas : 4. - Altura del centro de radiación : 36 m - Arreglo de antenas de acuerdo a la siguiente tabla: Altura Azimut Largo Factor Fase N Tipo de Antena Antena Antena Cable Velocidad Cable [] [m] [] [m] [0/1] 1 Log Periódica 39,90 144 0 4,0 0,88 2 Log Periódica 37,30 194 0 4,0 0,88 3 Log Periódica 34,70 144 121 3,0 0,88 4 Log Periódica 32,10 194 121 3,0 0,88 Directora (S): Pamela Urra Sepúlveda Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2787452 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.409 Miércoles 25 de Marzo de 2026 Página 3 de 3 - Restricción : La altura del terreno sobre el nivel del mar, donde se ubicará el sistema radiante, no debe ser mayor a 200 m. - Largo del cable alimentador : 42,7 m. - Pérdidas en cables, conectores : 1,86 dB. y otros - Diagrama de radiación horizontal de acuerdo a la siguiente tabla: Radial 0 20 40 60 80 100 120 140 160 Pérd. por lóbulo 26,94 30,75 32,4 29,9 17,02 9,92 7,11 6,13 0,68 (dB) Radial 180 200 220 240 260 280 300 320 340 Pérd. por lóbulo 1,02 6,61 7,13 10,46 18,13 30,75 32,77 30,17 26,74 (dB) UBICACIÓN DE LAS INSTALACIONES - Ubicación del Estudio, Planta : Sector Chivilcoyán, comuna de Cholchol, Región de Transmisora y Sistema La Araucanía. Radiante - Coordenadas Geográficas : 38 37' 43" Latitud Sur. 72 57' 30" Longitud Oeste.
Datum WGS84.4.- Los plazos de inicio y término de obras, de inicio de servicio, que corresponden a días hábiles, se contarán a partir de la publicación en el Diario Oficial del presente decreto. 5.- El presente decreto de otorgamiento deberá publicarse en el Diario Oficial dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde que la Subsecretaría le notifique a la concesionaria que el decreto fue totalmente tramitado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Dicha notificación se efectuará desde la casilla notificacionsubtel@subtel.gob.cl.
La no publicación de éste dentro del plazo indicado producirá la extinción de la concesión por el solo ministerio de la ley. 6.- La concesionaria no podrá iniciar los servicios, sin que las obras e instalaciones hayan sido previamente autorizadas por la Subsecretaría.
Para tales efectos, la concesionaria deberá solicitar por escrito la recepción de sus obras e instalaciones, la que se otorgará al comprobarse que éstas se encuentran correctamente ejecutadas y que corresponden al respectivo proyecto técnico aprobado. 7.- La concesionaria estará afecta al pago de derechos por la utilización del Espectro Radioeléctrico, a contar de la fecha en que se le notifique que el presente decreto se encuentra totalmente tramitado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. 8.- Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, reglamentos, normas técnicas y sus modificaciones, en lo que le sean aplicables. Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial. - Por orden del Presidente de la República, Juan Carlos Muñoz Abogabir, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones. Lo que transcribo para su conocimiento. - Saluda atentamente a Ud., Claudio Araya San Martín, Subsecretario de Telecomunicaciones. Directora (S): Pamela Urra Sepúlveda Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2787452 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl