Autor: LEONARDO CÁRDENAS
Tribunal condena a Clínica Las Condes por despedir a exenfermero que denunció mal estado de ambulancias
—El Segundo Juzgado Laboral de Santiago acogió la demanda de tutela laboral que presentó el exenfermero de Clínica Las Condes (CLC), Javier Herrera Lefimil, quien se desempeñaba desde 2011 como miembro del equipo de la unidad de emergencias y rescates.
La magistrada del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, María Teresa Quiroz concluyó que “la sana crítica lleva a concluir que laúnica razón que tuvo la demandada para despedir al actor fue sancionarlo por eljusto reclamo desus derechos administrativamente, concurriendo requisitos que seestablecen en el artículo 485 del Código del Trabajo, ya que el despido del demandante obedeció a unarepresalia en razón o como consecuencia dela acción administrativa ya detallada, lo que ha quedado plenamente acreditado en la especie”. “A mayor abundamiento la demandada sabía que el demandante era parte de la denuncia administrativa, e incluso de una demanda de tutela -aun cuando no fue nombrado expresamente ella corresponde hechos casiidénticos-, por lo que es posible concluir que el demandante fue despedido como represalia por ello”, agregó. Lasentencia concluyó que el despido efectuado por Servicios de Salud Integrados S.
A, filial de CLC, es “improcedente y atentatorio de la garantía de indemnidad establecida en losartículos 485 y 489 del Código del Trabajo, porloque se condena la demandada a pagar una indemMagistrada concluyó que el despido se efectuó en represalia por presentar una denuncia a la Dirección del Trabajo que detallaba una serie de falencias en las ambulancias. nización de $31.454. 003, incluyendo las costas judiciales. En su demanda explicó que realizaba sus funciones a bordo de una de las13 ambulancias dela flota de una tripulación integrada por un enfermero, un técnico en enfermería y un conductor.
El caso es que realizando sus funciones habituales, los trabajadores se percataron que las diferentes ambulancias no se encontraban en buenas condiciones sobretodo las más antiguas, lascuales presentaban fallas técnicas y de seguridad muy relevantes, de hecho, a las diferentes tripulaciones les hacían trabajar en ambulancias con problemas de frenos, neumáticos desgastados, ingreso de gases de combustión a la cabina sanitaria, como asimismo chasis corroídos por la humedad en 2 ambulancias adquiridas a Estados Unidos (móviles12 y 13) y que habían sido dadas de bajas en aquel país y que tenían más de 10 años de uso.
Todas estas fallasiban siendo comunicadas de manera oportuna en cumplimiento del protocolo, por los conductores de la Unidad de Rescate o los Enfermeros Jefes de Turno, mediante vía telefónica o por correo electrónico a Gon Zalo Riveros Tapia, encargado de Mantención de las Ambulancias.
Sin embargo, frentea cada caso la gerencia de Operaciones, solo ordenabarealizarreparaciones por fallas puntuales, existiendo un plan de mantención preventivo por kilometraje, como tampoco existía un taller mecánico designado, pues lo que se hacía era llevara las ambulancias a “revisión” a la empresa “Transportes Gil”, propiedad de Alejandro Gil Gómez, quien es el presidente del directorio de CLC, o bien se efectuaban las reparaciones por Ignacio Cofré Arellano, persona de confianza del Gil Gómez, quien hacía larevisión en las mismas dependencias de la Clínica.
LA CAJA DEHERRAMIENTAS Según su relato, consignado en la sentencia, el 21 de abril de 2021, ocurrió un grave accidente en el cual el móvil 13, mientras regresaba a su base en el sector de Colina, circulando por la Autopista Los Libertadores, sufrió el reventón del neumático delantero derecho, del cual se desprendió completamente la banda de rodadura, que quedó enredada en el tren delantero de la ambulancia, dañándose el resto del neumático y quedando la llanta sobre el pavimento, loque provocó queel móvil sedesplazara de manera abrupta de un lugar a otro y solo la pericia del conductor don Eduardo Avello González, evitó que el accidente fuese de mayores proporciones y/o fatal, debiendo ser trasladada la ambulancia por medio de una grúa.
Dieron aviso de inmediato al enfermero Jefe de Turno Carlos Boeckemeyer, al Enfermero Coordinador, a la Enfermera Jefa de Urgencias y al Médico Regulador de Rescate y que al llegar ambulancia de vuelta a la Clínica sede Estoril es el mismo Gil Gómez, quien baja hasta el patio de lasambulanciascon un maletín de herramientas que tenía en su vehículo, preguntando que era lo que había que reparar y que él mismo haría tal intervención mecánica.
Tras este incidente el 26 de abril de 2021, es despedido Álvaro Armijo Campos, enfermero Coordinador de Urgencia, porque la empresa lo responsabilizó del grave accidente ocurrido el día 21 de abril de 2021 y el trabajador demandó a “Clínica Las Condes”. El día anterior, un conjunto de 14 enfermeros de la Unidad de Rescate de Clínica Las Condes, entre los cuales se encontraba el demandante como Enfermero Jefe de Turno, ingresaron una denuncia ante la directora nacional del Trabajo, por las inseguras condiciones que dicen relación con el mal estado mecánico, de mantención y de seguridaden que se encuentran las ambulancias del Servicio de Rescate, y en particular al mal manejo de la empresa respecto al accidente ocurrido el día 21 de abril de 2021 y que fue traspasar dicha responsabilidad a los trabajadores.
Desde que comenzaron las fallas en las ambulancias, estas fueron denunciadas por diversos trabajadores, sin embargo, lejos de acogerel reclamo de los trabajadores, la empresa tomó represalias haciendoreferencia a losautodespidos y despidos de 7 compañeros de trabajo, según detalla el relato.
Señaló que al momento de ingresar su demanda, de los trabajadores que interpusieron la denuncia ante la Dirección Nacional del Trabajo, han sido despedidas 4 personas, el demandante en mi calidad de Enfermero Jefe de Turno, y Cristián Arancibia, Eduardo Avello y Claudio Freire, todos ellos choferes de ambulancia y que con fecha 6 deseptiembre de 2021 firmó su finiquito con expresa reserva de derechos para demandar por vulneración de derechos fundamentales.
REACCIONES “Como organización sindical estamos conformescon el resultado obtenido al haberse logradotodos los objetivos relativos alaindemnización del trabajador, al demostrar que su despido fue vulneratorio, es decir, quela causal que la empresa invoca no esreal y que responde más bien a represalias en contra delos trabajadores que lo único que han hecho, además de cumplir con sus obligaciones como trabajadores y profesionales de salud, es pedirlas medidas mínimas de seguridad en las ambulancias, cuestión que les afecta no solo a ellos sino también anuestros pacientes, algo que la empresa interpreta como hostil y cuyo resultado es el despido de quien se atreva a reclamar o denunciar”, añadió Michael Díaz, presidente del Sindicato de Enfermeros de Urgencia y Rescate, Empresa Servicios de Salud Integrados S.
A” (Clínica Las Condes). Por su parte, la abogada Soledad Franco de Gestión Sindical, asesores del sindicato sostuvo que “tenemos sentimientos encontrados al respecto, pues porun lado se dicta esta sentenciaquereconoce que un trabajador que denuncia de manera reiterada el mal estado de las ambulanciases despedido vulnerando su indemnidad, reconociendo el 2* Juzgado de Letras del Trabajo de Santiagoel mérito del caso y su proceso, pero por otro lado, son situaciones que se están dando de manera reiterada en esta empresa y como organización sindical nos preocupa enormemente”. Al cierre de este artículo, no hubo respuesta de Clínica Las Condes sobre el caso. Q