Extractos: SERVICIO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL
Extractos: SERVICIO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL Servicio de Lykuación PUBLICIDAD NOTIFICA RESOLUCIÓN DE INICIO DE PROCESO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO: "CONTINUIDAD DE EXPLORACIÓN DE LITIO Y PRUEBAS DE REINYECCIÓN DE SALMUERA EN SALAR DE MARICUNGA" (Extracto) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 94 del D.S.
Nº40/2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, se comunica que, mediante Resolución Exenta Nº20260300149, de fecha 16 de abril de 2026, del Servicio de Evaluación Ambiental, se ha resuelto dar inicio a un proceso de participación ciudadana, por un plazo de 20 días hábiles, de acuerdo con lo establecido en el artículo 30 bis de la Ley Nº19.300, en el procedimiento de evaluación ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del Proyecto "Continuidad de Exploración de Litio y Pruebas de Reinyección de Salmuera en Salar de Maricunga", cuyo titular es CODELCO Que, conforme a la descripción y naturaleza del Proyecto "Continuidad de Exploración de Litio y Pruebas de Reinyección de Salmuera en Salar de Maricunga", es pertinente señalar que este consiste en el levantamiento de información técnica y ambiental por medio de la caracterización y desarrollo de estudios técnicos hidrogeológicos en el Salar de Maricunga (ubicado en la Región de Atacama, comuna de Copiapó), para lo cual se considera la ejecución de un programa de exploraciones, mediante el desarrollo de 109 plataformas de sondajes.
En lo específico se contempla una campaña de perforaciones junto con la ejecución y monitoreo de pruebas de bombeo, pruebas de reinyección y el análisis de la presencia de litio y otros minerales en los caudales de bombeo.
Que, esta Dirección Regional estima que se genera carga ambiental pues pertenece al tipo de proyectos que generan beneficios sociales a la vez que ocasionan externalidades ambientales negativas en localidades próximas durante su construcción u operación, de acuerdo con lo establecido en el inciso 6 del artículo 30 bis de la Ley Nº 19.300.
En virtud de lo anterior y conforme al artículo 30 bis de la Ley Nº 19.300 ; y los artículos 94 y 95 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, cualquier persona natural o jurídica podrá presentar observaciones al Proyecto y tendrá un plazo legal de 20 días hábiles para efectuarlas por escrito ante el SEA, contados a partir de la fecha de la presente publicación.
El texto íntegro de la resolución antes individualizada puede ser conocido en: · Dirección Regional del SEA Atacama, calle Yerbas Buenas 295, Copiapó. · Sitio web www.sea.gob.cl Verónica Ossandón Pizarro Directora Regional Servicio de Evaluación Ambiental Región de Atacama.