Autor: Natalia Morales Gerenta Consejo de Competencias Mineras y adherente de Compromiso Minero
Sin asignar
Sin asignar nal Minera había fijado para 2030. La pregunta no es sólo cuánto creció, sino por qué Chile crece de manera sostenida mientras otros países enfrentan ciclos de avance y retroceso. La respuesta está en algo que ya no es discutible: la incorporación de mujeres dejó de ser sólo una aspiración de equidad para convertirseen una prioridad estratégica compartida entre la industria y el Estado. Eso cambia todo. Cuando algo se gestiona como estrategia (con metas, seguimiento y responsabilidad transversal), los resultados se sostienen en el tiempo. Casi el 40% de las nuevas contrataciones en 2025 fueron mujeres. Y en 2025, por primera vez, todas las regiones mineras del país aumentaron su participación femenina respecto al año anterior. La renovación del talento está ocurriendo con una fuerte impronta femenina, lo que confirma que la estrategia no sólo produjo resultados: está generando inercia propia.
Límites a la potestad municipal ·Lareciente noticia sobre la denominada ordenanza "Cero Incivilidades", dela Municipalidad de Independencia, Región Metropolitana, que contempla multas y eventuales restricciones de beneficios sociales para quienes incurran en conductas contrarias a la convivencia, abre un debate jurídico sobre el alcance de la potestad normativa municipal. Las ordenanzas locales son una manifestación de la potestad reglamentaria de los municipios. Su función es concretar la legislación general a la realidad territorial de cada comuna, permitiendo regular la convivencia, el uso del espacio público y la seguridad comunitaria. Sin embargo, esta facultad no es ilimitada. La experiencia comparada y la jurisprudencia nacional coinciden en quetoda ordenanza debe respetar estrictamente el principio de juridicidad, es decir, actuar dentro del marco de competencias que la ley entrega al municipio.
En efecto, estas sólo pueden regular materias de interés local y sus sanciones, generalmente multas aplicadas por los Juzgados de Policía Local, deben respetar las garantías del debido proceso y el principio de proporcionalidad propio del derecho administrativo sancionador. Iniciativas como la mencionada deben analizarse con especial cautela. Bajo el objetivo de mejorar la convivencia, no se pueden invadir ámbitos reservados a la ley ni establecer sanciones que excedan las atribuciones municipales. Andrés Celedón Abogado y académico, U. Autónoma El Mercurio de Valparaíso invita a sus lectores a escribir sus cartas a esta sección. Los textos deben tener una extensión máxima de 1.000 caracteres e ir acompañados del nombre completo, cédula de identidad y número telefónico del remitente. La dirección se reserva el derecho de seleccionar, extraer, resumir y titular las misivas. Las cartas deben ser dirigidas a cartasdeloslectores@mercuriovalpo.cl. Autor: Natalia Morales Gerenta Consejo de Competencias Mineras y adherente de Compromiso Minero.