EXTRACTOS: SERVICIO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL Dirección Regional de Valparaíso
EXTRACTOS: SERVICIO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL Dirección Regional de Valparaíso a SERVICIO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL Dirección Regional de Valparaíso = NOTIFICA RESOLUCIÓN DE INICIO DE PROCESO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LA DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL: "Sistema de Almacenamiento de Energía Kanut" (Extracto) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N* 19.300 y en el artículo 94 del DS.
N* 40/2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, se comunica que, mediante Resolución Exenta N* 202505001101, de fecha 09 de junio de 2025, la Directora Regional del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) de la Región de Valparalso, ha resuelto dar inicio a un proceso de participación ciudadana por un plazo de 20 días hábiles, en el procedimiento de evaluación ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Sistema de Almacenamiento de Energía Kanut" del Titular Sphera Development SpA, el que estaría emplazado en la comuna de La Ligua.
Que, conforme a la descripción del proyecto la tipología en virtud de la cual ingresa al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), corresponde a aquellas contempladas en la letra b) del artículo 10 de la Ley N* 19.300 y en el literal b) subliteral b. 2 del artículo 3 del Reglamento del SEIA D.S.
N* 40/2012, que disponen: "Se entenderá por subestaciones de líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje aquellas que se relacionan a una o más líneas de transporte de energía eléctrica y que tienen por objeto mantener el voltaje a nivel de transporte. " El Proyecto produciría carga ambiental de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 94 del D.S. N* 40/2012, ya que generaría beneficios sociales y ocasionaría externalidades ambientales negativas en localidades próximas a su emplazamiento, durante su construcción y operación. Cualquier persona natural o jurídica podrá realizar observaciones al Proyecto, según lo dispuesto en el artículo 95 del D.S.
N* 40/2012, y tendrá un plazo legal para efectuarias ante la Dirección Regional del SEA, de 20 días hábiles, contados a partir de la fecha de la la Dirección Regional del SEA, de 20 días hábiles, contados a partir de la fecha de la la Dirección Regional del SEA, de 20 días hábiles, contados a partir de la fecha de la la Dirección Regional del SEA, de 20 días hábiles, contados a partir de la fecha de la la Dirección Regional del SEA, de 20 días hábiles, contados a partir de la fecha de la presente publicación.
Las observaciones deberán formularse por escrito, contener sus fundamentos y referirse a la evaluación ambiental del Proyecto. und po ENERO rOES Paola La Rocca Mattar Directora Regional a A Región de Valparalso Región de Valparalso Región de Valparalso.