Decreto exento número DEXE202500119, de 2025.- Declara prórroga de Zona de Interés Turístico Saltos del Laja
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.207 Viernes 25 de Julio de 2025 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2671509 MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO Subsecretaría de Turismo DECLARA PRÓRROGA DE ZONA DE INTERÉS TURÍSTICO SALTOS DEL LAJA Núm. DEXE202500119 exento. - Santiago, 9 de julio de 2025.
Visto: Lo dispuesto en la ley N 19.880, que Establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; en la ley N 20.423, del Sistema Institucional para el Desarrollo del Turismo; en el decreto supremo N 30, de 2016, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; en el decreto exento folio N DEXE202100132, de 2021, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; en el acuerdo N 1.2 del Acta de la sesión ordinaria N 30 del Comité de Ministros del Turismo, de fecha 27 de marzo de 2025; y en la resolución N 36, de 2024, de la Contraloría General de la República.
Considerando: 1. - Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 13 de la ley N 20.423, un territorio puede ser declarado Zona de Interés Turístico cuando posee condiciones especiales para la atracción turística y que requieran medidas de conservación y de una planificación integrada para promover las inversiones del sector privado en dicho territorio. 2.- Que, según dispone el artículo 8 numeral 7) de la ley N 20.423, corresponde al Comité de Ministros del Turismo declarar las Zonas de Interés Turístico. 3.- Que, mediante decreto exento N 1.180, de 2016, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, se declaró como Zona de Interés Turístico el territorio denominado “Saltos del Laja”, declaración que fue prorrogada mediante el decreto exento folio N DEXE202100132, de 2 de agosto de 2021, del mismo Ministerio. 4.- Que, según dispone el inciso segundo del artículo 18 del decreto supremo N 30, de 2016, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que aprueba el Reglamento que fija el procedimiento para la declaración de Zonas de Interés Turístico, la prórroga de una Zona de Interés Turístico podrá ser presentada ante la Subsecretaría de Turismo por el Director Regional del Servicio Nacional de Turismo, como presidente de la Mesa Público-Privada, y con acuerdo de ésta, junto con un informe de cumplimiento de las acciones y objetivos formulados en el Plan de Acción durante la vigencia de la declaración y, de otros logros de la gestión, si los hubiere.
Asimismo, deberá entregar una propuesta de actualización del Plan de Acción para los siguientes cuatro años. 5.- Que, con fecha 30 de enero del año 2025, la Directora Regional del Biobío del Servicio Nacional del Turismo presentó una solicitud de prórroga de la Zona de Interés Turístico denominada “Saltos del Laja”, dentro del plazo señalado en el artículo 18 del referido decreto supremo N 30, de 2016.6.- Que, según consta en el Acta de la sesión ordinaria N 30 del Comité de Ministros del Turismo, de fecha 27 de marzo de 2025, mediante acuerdo N 1.2 se aprobó por unanimidad la solicitud de prórroga de la Zona de Interés Turístico denominada “Saltos del Laja”, en la Región del Biobío. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2671509 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Decreto: Artículo primero. - Declárase la prórroga de la Zona de Interés Turístico "Saltos del Laja", compuesto por una parte del territorio conformado por las comunas de Cabrero, Los Ángeles y Yumbel, de la Región del Biobío, cuyo polígono es el siguiente: Artículosegundo. - Los límites del territorio de la Zona de Interés Turístico "Saltos del Laja" están determinados por los siguientes vértices con sus coordenadas geográficas referenciales: ZOIT Saltos del Laja Latitud Longitud Vértice 1 -37.189742 -72.391317 Vértice 2 -37.217195 -72.467600 Vértice 3 -37.247942 -72.396023 Vértice 4 -37.198315 -72.254226 Artículo tercero. - Publíquese el polígono y las coordenadas geográficas oficiales de todos los vértices de la Zona de Interés Turístico "Saltos del Laja" en formatos disponibles “shapefile” o “KMZ” en la página institucional, www.subturismo.gob.cl, quedando a disposición del público para consulta a partir de la dictación del presente acto. Anótese y publíquese en el Diario Oficial. - Por orden del Presidente de la República, Nicolás Grau Veloso, Ministro de Economía, Fomento y Turismo. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2671509 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl