Los comerciantes de ferias libres pagarán impuesto de 1,5% en vez de 19% de IVA
Los comerciantes de ferias libres pagarán impuesto de 1,5% en vez de 19% de IVA Se recaudará a través de las ventas que realizan con pago electrónico o con el POS Los comerciantes de ferias libres pagarán impuesto de 1,5% en vez de 19% de IVA Se estima que más de 100.000 personas que trabajan en este rubro y que se pueden incorporar a este régimen tributario especial.
Mauricio Ruiz Mauricio Ruiz nas, según datos del Ministerio de Hacienda, cuentan con patente para trabajar en las ferias libres; comerciantes que venden sus frutas, verduras, entre otros alimentos, en sus puestos que colocan en la vía pública.
Ahora todos ellos, a partir del proyecto de ley despachado por el Congreso, tendrán un régimen tributario que implica un impuesto de 1,5% que es sustitutivo de 199% del IVA. «Ellos tienen un pago de patente en las municipalidades que sustituye al impuesto de primera categoría, pero no había ningún sustituto para el IVA, no tenían un régimen especial", explica la subsecretaria de Hacienda, Heidi Berner.
Las propias asociaciones de los comerciantes de ferias se acercaron al gobierno para trabajar en una salida especial porque algunos feriantes al usar máquinas para el pago electrónico o POS, las ventas empezaron a ser cargadas con el 19% del IVA. "Hay una necesidad de usar el pago electrónico, porque cada vez hay menos gente que anda con efectivo y esto más adelante se va a ir profundizando, cada vez más ferlantes vamos a usar más estas máquinas para pagar y necesitábamos este IVA diferente", dice Froilán Flores, presidente de la Asociación de Feria Libres.
La subsecretaria Berner plantea que se llegó a una cifra sustituta de 1,5% sobre la venta a través de pagos electrónicos en vez de 19% de IVA porque en la cadena de suministro de estos comerciantes de las feria libres no es tan claro que en todos los casos pueden tributar el IVA como crédito y débito. "Hay feriantes, por ejemplo, que son agricultores ofrecen sus productos en los puestos y les es más difícil descontar el IVA", explica. ¿La ley regula el costo a pagar a las empresas que proveen la máquina de pago o POS? "Sí, sobre el 1,5% del impuesto la venta efectuada a través de los medios de pago electrónico, también se reguló que los que la comisión del servicio del operador no puede exceder un 29% del total de la venta. Es decir, una venta con el impuesto y la comisión por el POS no puede superar un 3,5%. Serán las empresas que entregan el POS los encargados de entregar al Fisco el impuesto recaudado.
Los comerciantes de la feria quedarán, por lo tanto, liberados de llevar contabilidad formal". S estima que más de 100.000 persoS estima que más de 100.000 persoS estima que más de 100.000 persoS estima que más de 100.000 persoS estima que más de 100.000 persoS estima que más de 100.000 persoS estima que más de 100.000 persoS estima que más de 100.000 persoS estima que más de 100.000 perso¿ Tengo entendido que los feriantes van a tener que iniciar actividades en el Servicio de Impuestos Internos? "En estricto rigor, cualquier persona al comercializar de manera habitual tiene que iniciar actividades.
Nosotros lo que hicimos en el proyecto de Cumplimiento Tributario fue exigir, por ejemplo, a los proveedores de POS, de las máquinas, a las plataformas de comercio electrónico, que se solicite la iniciación de actividades a los comerciantes que usen esos servicios. Lo mismo se le exige a los municipios si una persona llega a pedir una patente municipal. La lógica es poder ir disminuyendo los niveles de informalidad.
En particular, en el caso del régimen de ferias libres, vamos a poder Una venta con el impuesto y la comisión por el POS no puede superar un 3,5%. tener un catastro porque deben inscribirse en Servicio de Impuestos Internos (SID.
Otro tema importante que quedó en la ley es que los feriantes puedan contar con el apoyo de la Defensoría del Contribuyente para que los puedan acompañar a este proceso de solicitud de inicio de actividades (ver recuadro)". ¿Hay una estimación sobre el monto que se puede recaudar con este nuevo régimen tributario para comerciantes de ferias libres? "Con el supuesto de 100.000 comerciantes que se sumen al régimen y con un monto de ventas anuales electrónicas de $14.600.000 por contribuyente, se asumen mayores ingresos por cerca de $17.335 millones anuales". MARIOLA GUERRERO De qué trata el plan "Emprendo Contigo" El nuevo reglamento tributario para feriantes dispone que la Defensoría del Contribuyente (Dedecon) oriente y acompañe para iniciación de actividades y formalización. "Dispondremos acceso prioritario y preferente a los locatarios de ferias libres Para que puedan ingresar a nuestro Programa de Acompañamiento Tributario "Emprendo Contigo". Nuestro objetivo es apoyar a quienes aún no están formalizados y acompañarlos en el proceso, como también a aquellos que sí lo están y necesitan de orientación en temáticas tributarias", dice Ricardo Pizarro, defensor del Contribuyente.
Pizarro explicó que el Programa de Acompañamiento Tributario "Emprendo Contigo" de la Defensoría del Contribuyente, dispone dos líneas de atención y trabajo: una de tres meses para los emprendedores no formalizados y otra de 24 meses para aquellos que, teniendo iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos (Sl! ), necesitan de acompañamiento para poder sacar adelante sus negocios y cumplir con sus deberes tributarios.
Recuerda, de acuerdo a lo informado por el Congreso, que los feriantes pueden presentar ante el Sl! la titularidad de su permiso O patente municipal y pedir su inscripción en el registro al 31 de diciembre de 2025. Consecuentemente, la entrada en vigencia del procedimiento de incorporación al régimen se ha fijado para el 1 de enero de 2026. En todo caso, Pizarro llamó a los locatarios de ferias libres a no dejar para último momento la formalización. momento la formalización..