Autor: Constanza Vergara Barreda
Van cuatro denuncias penales por amenazas en colegios
Van cuatro denuncias penales por amenazas en colegios os casos de violencia y amenazas en establecimientos educacionase instalaron como una constante desde el inicio del año escolar, con episodios reiterados casi a diario hasta hace pocas semanas. Situaciones que no solo alteraron la convivencia al interior de las comunidades educativas, sino que también derivaron en hechos de alta gravedad, encendiendo alertas a nivel país. Los casos incluyen advertencias de ataques, agresiones y situaciones de amedrentamiento a comunidades estudiantiles que se han registrado en establecimientos educacionales. En general, en Arica y Parinacota, hasta abril se contabilizan cuatro denuncias en el ámbito escolar con carácter penal.
Desde la Fiscalía Regional de Arica y Parinacota precisaron que estos hechos pueden configurar el delito de amenazas simples, cuya pena va desde 61 GUESS GUESSE a 540 días de presidio. "En caso de imputados sin antecedentes penales, y dependiendo de si se trata de un menor de edad o un adulto, es posible acceder a salidas alternativas, como la suspensión condicional del procedimiento", explicaron. Consultada la Superintendencia de Educación, indicaron que no existe una categoría estadística específica para denuncias por amenazas de tiroteos, bombas u otros hechos similares, por lo que no es posible establecer comparaciones con años anteriores. Respecto de las sanciones, señalaron que medidas como expulsión, cancelación de matrícula o suspensión son definidas por cada establecimiento en sus reglamentos internos. En esa línea, precisaron que los colegios cuentan con autonomía para determinar sus medidas disciplinarias y formativas, siempre que se ajusten al debido proceso, sean proporcionales y se enmarquen en la normativa vigente. El procedimiento aplicable en casos que puedan derivar en expulsión se rige por lo establecido en la Ley Aula Segura.
APLICACIÓN DE MEDIDAS La adopción de medidas disciplinarias debe ajustarse a criterios de legalidad, proporcionalidad, gradualidad y debido proceso, considerando la naturaleza y gravedad de los hechos, la edad y nivel de desarrollo del estudiante, su contexto personal y social, así como la existencia de medidas formativas previas. Las sanciones más gravosas son excepcionales y solo pueden aplicarse conforme a la normativa. Autor: Constanza Vergara Barreda. Casos registrados hasta abril de 2026 contemplan sanciones de hasta 540 días de presidio.
APLICACIÓN DE MEDIDAS La adopción de medidas disciplinarias debe ajustarse a criterios de legalidad, proporcionalidad, gradualidad y debido proceso, considerando la naturaleza y gravedad de los hechos, la edad y nivel de desarrollo del estudiante, su contexto personal y social, así como la existencia de medidas formativas previas. Las sanciones más gravosas son excepcionales y solo pueden aplicarse conforme a la normativa. LA SUPERINTENDENCIA INDICÓ QUE NO HAY CATEGORÍA ESPECÍFICA PARA AMENAZAS.