Resolución número TR 3, de 2025.- Nombra a don Miguel Ángel Orellana Pérez en el cargo de Fiscal Jefe de la Fiscalía Supraterritorial
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.368 Jueves 5 de Febrero de 2026 Página 1 de 3 Normas Generales CVE 2759818 MINISTERIO PÚBLICO Fiscalía Nacional NOMBRA FISCAL JEFE DE LA FISCALÍA SUPRATERRITORIAL DEL MINISTERIO PÚBLICO (Resolución) Núm. FN/MP TR 3. - Santiago, 2 de octubre de 2025.
Considerando: 1º Que, por ley Nº 19.519, que crea el Ministerio Público, se reformó la Constitución Política de la República incorporando en ella al Ministerio Público, uno de los pilares de la reforma al sistema procesal penal que reemplazó el antiguo sistema de persecución que regía en nuestro país desde 1906.2º Que, en dicho cuerpo normativo se creó, con rango constitucional, un organismo autónomo y jerarquizado, encargado de dirigir en forma exclusiva la investigación tanto de los hechos constitutivos de delito, como de aquellos que determinen la participación punible o acrediten la inocencia del imputado; y que, en los respectivos casos, ejerce la acción penal pública prevista por ley; además de tener el deber de adoptar medidas para la protección de víctimas y testigos. 3º Que, desde que comenzó a funcionar el Ministerio Público han transcurrido más de 25 años, durante los cuales han tenido lugar diversas transformaciones tanto en materia de política criminal como en la forma de llevar adelante la respectiva persecución penal. 4º Que, asimismo, se han experimentado cambios en la criminalidad en nuestro país en los últimos años, debido, por una parte, al aumento de la violencia involucrada en los delitos que se cometen, pero también, y principalmente, a la mayor complejidad del fenómeno delictual, dada por la aparición de asociaciones criminales, muchas veces transnacionales, que operan con un alto grado de organización. 5º Que, es por lo expresado anteriormente que, a mediados de abril del año 2023, el Ejecutivo acordó con los presidentes del Senado y de la Cámara de Diputadas y Diputados la presentación y tramitación de una serie de iniciativas legislativas para hacer frente al fenómeno delictual.
Dicho acuerdo se materializó en la denominada "Agenda legislativa priorizada de seguridad". 6º Que, uno de los pilares fundamentales de esa agenda priorizada fue la creación, al interior del Ministerio Público, de una "Fiscalía Supraterritorial". 7º Que, como consecuencia de ese trabajo, por ley Nº 21.644, publicada en el Diario Oficial con fecha 2 de febrero de 2024, se modificó la Constitución Política de República con el objeto de crear una Fiscalía Supraterritorial, especializada en crimen organizado y delitos de alta complejidad, al interior del Ministerio Público. 8º Que, en razón de dicha modificación se incluyó en la Constitución un nuevo artículo 86 bis, que estableció una Fiscalía Supraterritorial, especializada en crimen organizado y delitos de alta complejidad.
Que la misma norma indicó que la citada Fiscalía debía desempeñar sus funciones respecto a ilícitos en los cuales existan antecedentes de la intervención de asociaciones delictivas o criminales, y cuando los hechos requieran una dirección supraterritorial o transnacional de la investigación. 9º Que, asimismo, se indicó que la Fiscalía Supraterritorial estaría a cargo de un Fiscal Jefe, al que le correspondería ejercer las funciones propias del Ministerio Público, dando cumplimiento a las instrucciones particulares que imparta el Fiscal Nacional en las investigaciones de delitos de crimen organizado o de alta complejidad que estén a su cargo. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2759818 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.368 Jueves 5 de Febrero de 2026 Página 2 de 3 10º Que, el Fiscal Jefe de la Fiscalía Supraterritorial debía ser designado por el Fiscal Nacional, siendo de su exclusiva confianza y manteniéndose en su cargo mientras cuente con ella, sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso primero del artículo 84 y en el inciso tercero del artículo 89 de la misma Carta Fundamental. 11º Que, el Fiscal Jefe de la Fiscalía Supraterritorial debía tener a lo menos diez años de título de Abogado, haber cumplido treinta y cinco años de edad, poseer las calidades necesarias para ser ciudadano con derecho a sufragio, y cumplir con las condiciones de conocimiento y experiencia en litigación en asuntos penales que serían determinados de acuerdo a la Ley Orgánica Constitucional. 12º Que, por disponerlo la misma reforma constitucional citada, las modificaciones introducidas, entrarían en vigor conjuntamente con la entrada en vigencia de las modificaciones que debían efectuarse a la Ley Orgánica Constitucional del Ministerio Público. 13º Que, por Mensaje del Presidente de la República Nº 073-372 de 17 de mayo de 2024, fue presentado a la Honorable Cámara de Diputadas y Diputados, un proyecto de ley, que incorpora la Fiscalía Supraterritorial en la Ley 19.640, Orgánica Constitucional del Ministerio Público, y modifica otros cuerpos legales. 14º Que, concluida la tramitación del referido proyecto de ley, con fecha 1 de octubre del presente ha sido publicada la ley Nº 21.771, que incorpora la Fiscalía Supraterritorial en la Ley 19.640, Orgánica Constitucional del Ministerio Público, y modifica otros cuerpos legales que regulan actuaciones de los fiscales y de las fiscalías regionales, correspondiente al Boletín Nº 16.850 -07.15º Que, conforme a lo establecido en el número 12. del artículo primero de la ley Nº 21.771, se incorpora un nuevo Párrafo 4º bis al texto de la ley 19.640, denominado "De la Fiscalía Supraterritorial. 16º Que en el citado nuevo Párrafo 4º bis se incorpora un nuevo artículo 37 sexies, que dispone que el Fiscal Jefe de la Fiscalía Supraterritorial será designado por el Fiscal Nacional, será de su exclusiva confianza y se mantendrá en su cargo mientras cuente con ella, sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso primero del artículo 84 y en el inciso tercero del artículo 89 de la Constitución Política de la República. 17º Que, en razón de todos los antecedentes indicados, este Fiscal Nacional ha evaluado a diferentes personas que puedan reunir las características requeridas para ejercer el cargo, en especial su experiencia en crimen organizado y en la investigación de delitos de alta complejidad y he resuelto proceder al nombramiento respectivo, y Vistos, lo dispuesto en el artículo 86 bis de la Constitución Política de la República, en los artículos 37 bis y 37 sexies de la Ley 19.640, Orgánica Constitucional del Ministerio Público, en el número 12. del artículo primero de la ley Nº 21.771. Resuelvo: 1º Nómbrase a don Miguel Ángel Orellana Pérez, Abogado, RUT Nº 9.875.973 -5, en el cargo de Fiscal Jefe de la Fiscalía Supraterritorial, con la remuneración equivalente a la del Presidente de la I.
Corte de Apelaciones de Santiago, incluidas todas las asignaciones que correspondan a dicho cargo. 2º El Fiscal Jefe Supraterritorial designado se regirá en el desempeño de su cargo por las disposiciones constitucionales y legales que fueren aplicables, en especial por las de la ley Nº 19.640 y por los reglamentos e instrucciones generales y particulares dictadas por el Fiscal Nacional en uso de las atribuciones que esta última ley le confiere. 3º El Fiscal Jefe Supraterritorial asumirá sus funciones a contar del día 5 de enero de 2026, a objeto de coordinar todos los actos preparatorios de instalación y organización de la estructura de la Fiscalía Supraterritorial, aunque a esa fecha eventualmente no estuviese totalmente tramitada la presente resolución de nombramiento. 4º El Fiscal Jefe Supraterritorial designado, antes de asumir el cargo, para los efectos previstos en el artículo 9º bis de la Ley Orgánica Constitucional del Ministerio Público, Nº 19.640, deberá acreditar que no es consumidor de sustancias o drogas estupefacientes o sicotrópicas ilegales o, si lo es, que su consumo está justificado por tratamiento médico. 5º El Fiscal Jefe Supraterritorial designado, conforme a lo previsto en el artículo 17 de la ley Nº 20.880, sobre Probidad en la Función Pública y Prevención de los Conflictos de Intereses, deberá efectuar una declaración jurada de intereses y patrimonio, en los términos estipulados en los artículos 5º, 6º, 7º y 8º de dicha ley. 6º Por tratarse de un cargo de exclusiva confianza, el nombramiento se podrá dejar sin efecto en cualquier momento, mediante la petición de renuncia que formule este Fiscal Nacional o por declararse vacante el cargo. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2759818 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.368 Jueves 5 de Febrero de 2026 Página 3 de 3 7º Impútese el gasto correspondiente al subtítulo 21. Ítem 01. asignación 001. Anótese, tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial. - Ángel Valencia Vásquez, Fiscal Nacional. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2759818 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl