COMERCIAL AUSTRAL SpA 76.337.441-6
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 44.217 Martes 5 de Agosto de 2025 Página 1 de 1 Empresas y Cooperativas CVE 2681453 EXTRACTO Yo Victor Marcelo Toledo Machuca, abogado, notario público de la Segunda Notaria de Coronel, con oficio en calle Cochrane n130, comuna de Coronel, Certifico: don CRISTIAN EDGARDO HERNANDEZ TOLEDO C.I.
N 12.532.499-1 en representación de sociedad IBRAMAR CHILE SpA, rut n99.506.240-2, ambos con domicilio en calle Amunategui 178, Santiago; único accionista de COMERCIAL AUSTRAL SpA, rut N76.337.441-6, inscrita a fojas 241v, n169 del Registro de Comercio de Coronel año 2013.
Con un capital de $500.000, acuerda modificar parte de sus estatutos. - Modifica el objeto social establecido en el titulo segundo Artículo Cuarto, quedando como sigue: ARTICULO CUARTO: El objeto de la sociedad será: a) Ayudar al fomento de la industria y el comercio mediante la adquisición de inmuebles propios para el establecimiento de plantas industriales y locales comerciales de todo orden; b) proyectar, construir y realizar las demás actividades relativas por cuenta propia o de terceros, para la adquisición, construcción o adaptación de edificios adecuados para la industria y el comercio en todas sus ramas; c) prestación de servicios a terceros de cualquier tipo, tales como arriendo de maquinaria y otro tipo de usos en general; d) de personal administrativo, y comercialización de artículos y servicios de aseo, mantención, ornato y flotas de transporte y prestación de servicios conexos al transporte de personas o cosas; e) efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración, especialmente en derechos de sociedades, ya sean de capital, de personas o de cualquier otra especie, administrarlas, percibir sus frutos y reinvertirlos sin restricciones de ninguna especie; f) Realización de todo tipo de inversiones en toda clase de acciones o valores mobiliarios y de renta, bonos, debentures y todo tipo de crédito y efectos públicos y valores mobiliarios y en general, toda clase de documentación negociable; g) La pesca y extracción de toda clase de especies marinas, la congelación, conservación, industrialización, elaboración, envasamiento, comercialización, distribución, exportación e importación de dichos productos, y de sus derivados o subproductos, como asimismo, toda actividad relacionada directa o indirectamente con la anterior; h) La realización de toda actividad de procesamiento, producción, comercialización, distribución, importación y exportación de insumos y alimentos para peces y demás especies marinas, ovinos, bovinos, porcinos y aves; i) Ejercer actividades navieras de adquisición, transferencia, fabricación, modificación o reparación de buques equipos, materiales y en general, toda clase de elementos destinados al equipamiento de las naves; j) La proyección, adaptación, modificación o alteración de naves y cascos o de implementos mecánicos o náuticos usados a bordo; k) La realización de todos los actos y contratos necesarios y conducentes para los objetos antes señalados, pudiendo para el cumplimiento de los indicados fines actuar por cuenta propio o ajena, incluso como agente o representante; l) En general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que los socios acuerden y que tienden a cubrir el fin social y celebrar contratos de asociación o cuentas en participación. ” Además modifica Articulo Segundo Transitorio, de cuyas estipulaciones son de aquellas que no requieren ser referenciadas. Demás estipulaciones en escritura extractada. Doy fe. Coronel, 28 de julio de 2025. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2681453 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl