Decreto exento número 139, de 2026.- Modifica concesión de servicio intermedio de telecomunicaciones a Conect SpA
DIARIO OFICIAL II DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR Núm. 44.409 Miércoles 25 de Marzo de 2026 Página 1 de 2 Normas Particulares CVE 2786617 MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Subsecretaría de Telecomunicaciones MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO INTERMEDIO DE TELECOMUNICACIONES A CONECT SpA Santiago, 4 de febrero de 2026. - Con esta fecha se ha decretado lo que sigue: Núm. 139 exento.
Vistos: a) El decreto ley N 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría. b) La ley N 18.168, Ley General de Telecomunicaciones, en adelante la ley. c) La resolución exenta N 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón. d) La resolución exenta N 1.962, de 2018, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que fija Norma Técnica que establece canalización para radioenlaces del Servicio Fijo. e) El decreto supremo N 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. f) El decreto supremo N 193, de 2002, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión y sus modificaciones posteriores.
Considerando: a) Lo solicitado por la concesionaria mediante ingreso Subtel N 111.411, de 03.10.2025. b) Lo dispuesto en el artículo 33 de la ley N 19.880, que permite la acumulación o desacumulación de procedimientos. c) Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de modificación de concesión.
Decreto: Modifícase la concesión de Servicio Intermedio de Telecomunicaciones, cuyo titular es la empresa Conect SpA, RUT N 96.965.220-K, con domicilio en General Mackenna N 1369, comuna de Santiago, Región Metropolitana de Santiago, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes: 1. Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar cuatro (4) radioenlaces punto a punto a lo largo del territorio nacional, según se indica a continuación: Free. Gan. Comuna Coordenadas Geográficas Est. A Dirección A A A A Datum WGS 84 (dBi) Pot (MHz) Tipo Pol Etapa Lat. A Long. A Free Gan. Emisión (W) Comuna Est. B Dirección B Lat. B Long.
B B B B Gra Min Seg Gra Min Seg (MHz) (dBi) Camino Público S/N, MA8920 Pelluhue 36 0 14,70 72 46 21,10 22.627 40,1 Loteo Tregualemu 56M0 0,316 V-H 1 D7WT Quile-Pullay NU10608 Cobquecura 36 1 55,70 72 44 1,60 21.427 40,1 (N-152 Pullay) Directora (S): Pamela Urra Sepúlveda Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2786617 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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B B B B Gra Min Seg Gra Min Seg (MHz) (dBi) Parcela Las Gaviotas Río LR9082 40 24 57,90 72 47 21,80 7.233 37,3 Parc. 1 Lote 2 Bueno 28M0 1,122 V-H 2 RIO_ D7WT Lago 3G_ 013 Cerro Mesa de Piedra 40 20 14,10 72 28 27,48 7.394 37,3 Ranco LR1046 Ruta T 354 S/N Niebla Valdivia 39 52 1,70 73 23 11,90 21.833 40,5 56M0 0,316 V-H 3 RIO_3G_ D7WT Cerro Cordillera Corral 39 53 44,88 73 25 42,96 23.033 40,5 011 LR8100 Sector Loncoyen Alto Valdivia 39 48 50,60 73 23 33,80 14.837 42,7 56M0 0,316 V-H 4 RIO_3G_ D7WT Cerro Cordillera Corral 39 53 44,88 73 25 42,96 15.257 42,7 011 Las infraestructuras soporte de los sistemas radiantes, se indican a continuación: Datos de Infraestructura existente Datos sistema radiante a colocalizar o adosar Documento autoriza CódigoSoporte Nombre Nombre Etapa Infraestructura/año DE N685 de 2023 33299 MA8920 MA8920 1 DE N877 de 2023 35002 NU10608 NU10608 Crucero Río DS N78 de 2021 16812 LR9082 Bueno 2 DE N116 de 2023 18681 NEXTEL3G186 RIO_3G_013 DE N139 de 2018 23767 LR1046 LR1046 3 DE N116 de 2023 18679 NEXTEL3G184 RIO_3G_ 011 DS N32 de 2021 35003 LR8100 LR8100 4 DE N116 de 2023 18679 NEXTEL3G184 RIO_ 3G_ 011 DS: Decreto Supremo, DE: Decreto Exento. Los radioenlaces se conectarán a la red existente, a través de medios propios o de terceros debidamente autorizados. 2.
Los plazos, son los que se indican a continuación: Inicio Término Inicio Etapas Observación Obras Servicio Obras Todos estos plazos están referidos a la fecha de publicación en 1 a 4 2 [meses] 23 [meses] 24 [meses] el Diario Oficial del presente decreto. 3.
Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentada por la concesionaria, en lo relacionado con los sistemas y equipos de telecomunicaciones autorizados en el presente decreto, conforme a las disposiciones técnico-legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones. 4. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables. 5. La notificación del presente acto autorizatorio se realizará desde la casilla partes@subtel.gob.cl. Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial. - Por orden del Presidente de la República, Juan Carlos Muñoz Abogabir, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones. Lo que transcribo para su conocimiento. - Saluda atentamente a Ud., Claudio Araya San Martín, Subsecretario de Telecomunicaciones. Directora (S): Pamela Urra Sepúlveda Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2786617 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl