Resolución exenta número 1.344, de 2025.- Establece área reglamentada de supresión y contención para Lobesia botrana
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.178 Jueves 19 de Junio de 2025 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2658728 MINISTERIO DE AGRICULTURA Subsecretaría de Agricultura / Servicio Agrícola y Ganadero / Región del Libertador General Bernardo OHiggins ESTABLECE ÁREA REGLAMENTADA DE SUPRESIÓN Y CONTENCIÓN PARA LOBESIA BOTRANA (Resolución) Núm. 1.344 exenta. - Rancagua, 6 de junio de 2025.
Vistos: Lo dispuesto en la ley N 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; el decreto ley N 3.557, de 1980, sobre Protección Agrícola; la resolución N 3.080, de 2003, del Director Nacional del SAG que establece criterios de regionalización en relación a las plagas cuarentenarias para el Territorio de Chile, y sus modificaciones; resolución N 5.916 de 21 de octubre de 2016 que Declara el Control Obligatorio de la plaga Polilla del Racimo de la Vid (Lobesia botrana), modificada por resolución exenta N 3.213 del 25 de mayo de 2017 y resolución exenta N 6.810 del 29 de agosto de 2019; resolución N 5.236 del 1 de agosto de 2024 que aprueba la Estrategia del Programa Nacional Lobesia botrana temporada 2024-2025, resolución regional 1.390 del 23 de diciembre de 2019, que establece el Control Obligatorio de la plaga Polilla del racimo de la vid (Lobesia botrana) en la Región del Libertador Bernardo OHiggins, y las facultades que invisto como Director Regional del Servicio Agrícola y Ganadero de la Región del Libertador General Bernardo OHiggins, conforme resolución exenta RA N 240/1814/2023, de fecha 19 de octubre de 2023, de la Dirección Nacional del Servicio.
Considerando: 1. - Que el Servicio Agrícola y Ganadero es la autoridad oficial encargada de velar por la protección del patrimonio fitosanitario del país; 2. - Que mediante resolución exenta N 1.390 de 2019, se estableció el Control Obligatorio de Lobesia botrana para la Región del Libertador Bernardo OHiggins; 3. - Que mediante resolución exenta N 5.916 de y sus modificaciones, se declara el control Obligatorio de la Polilla del racimo de la vid, Lobesia botrana, el cual se aplicará a todas las variedades de la especie vid Vitis vinífera u otras especies que sean afectas a la plaga; 4. - Que por resolución exenta N 5.916 de 2016, citada en los vistos, se estableció como área reglamentada la zona definida por un radio de 3 kilómetros determinado desde cada brote de la plaga Lobesia botrana, que se verifique en vid (Vitis vinífera) u otras especies afectadas por la plaga; 5. - Que la resolución exenta N 5.916 de 2016, en su resuelvo 5 señala que “El Área Reglamentada será definida caso a caso mediante resolución del Director Regional correspondiente”; 6. - Que, es necesario disponer de las medidas de control fitosanitario necesarias para contener el avance de la plaga Lobesia botrana en la Región de OHiggins; 7. - Que mediante resolución exenta N 5.236 del 1 de agosto de 2024, de la Dirección Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero, se aprueba la Estrategia del Programa Nacional Lobesia botrana temporada 2024-2025; 8. - Que la mencionada estrategia constituye un documento técnico que contiene un detalle de los elementos esenciales de control obligatorio de Lobesia botrana, las acciones a desarrollar por el SAG y de qué modo deberán cumplirse las obligaciones establecidas Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2658728 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.178 Jueves 19 de Junio de 2025 Página 2 de 2 en la resolución exenta N 5.916 por parte de los poseedores de especies afectadas por la plaga, y otros artículos reglamentados o que desarrollen actividades que puedan propender a la diseminación o transporte de la plaga; 9. - Que a la fecha se ha verificado el establecimiento de un brote de Lobesia botrana en la Región de OHiggins, que permite definir la(s) zona(s) afectada(s) por la plaga; 10. - Las facultades que invisto como Director Regional del Servicio Agrícola y Ganadero de la Región del Libertador General Bernardo OHiggins, conforme resolución exenta RA N 240/1814/2023, de fecha 19 de octubre de 2023, de la Dirección Nacional del Servicio.
Resuelvo: 1. - Establézcase como área reglamentada de supresión y contención para Lobesia botrana en la Región de OHiggins el área definida por 9 polígonos: Polígono Nº 1: Incorpora totalmente a las comunas de Coinco, Olivar, Nancagua, Quinta de Tilcoco y Palmilla, además parcialmente a las comunas de: Chépica, Chimbarongo, Codegua, Coltauco, Doñihue, Graneros, La Estrella, Las Cabras, Lolol, Machalí, Malloa, Marchigüe, Mostazal, Paredones, Peralillo, Peumo, Pichidegua, Placilla, Pumanque, Rancagua, Rengo, Requínoa, San Fernando, San Vicente y Santa Cruz. El polígono N1 está delimitado por 748 vértices, determinados por las siguientes coordenadas UTM, Datum WGS84, Huso 19; Polígono Nº 2: Incorpora parcialmente a la comuna de Paredones. El polígono N 2 está delimitado por 16 vértices, determinados por las siguientes coordenadas UTM, Datum WGS84, Huso 19; Polígono Nº 3: Incorpora parcialmente a la comuna de Paredones. El polígono N 3 está delimitado por 16 vértices, determinados por las siguientes coordenadas UTM, Datum WGS84, Huso 19; Polígono Nº 4: Incorpora parcialmente a la comuna de Pichilemu.
El polígono N 4 está delimitado por 16 vértices de acuerdo a los siguientes sistemas de coordenadas: 9 Vértices determinados por coordenadas UTM, Datum WGS84, Huso 19 Sur y 7 Vértices determinados por coordenadas UTM, Datum WGS84, Huso 18 sur; Polígono N 5: Incorpora parcialmente a la comuna de Litueche. El polígono N 5 está delimitado por 16 vértices, determinados por las siguientes coordenadas UTM, Datum WGS84, Huso 19; Polígono Nº 6: Incorpora parcialmente a la comuna de La Estrella. El polígono N 6 está delimitado por 22 vértices, determinados por las siguientes coordenadas UTM, Datum WGS84, Huso 19; Polígono Nº 7: Incorpora parcialmente a las comunas de Litueche y Navidad. El polígono N 7 está delimitado por 27 vértices, determinados por las siguientes coordenadas UTM, Datum WGS84, Huso 19; Polígono Nº 8: Incorpora parcialmente a la comuna de Paredones. El polígono N 8 está delimitado por 16 vértices, determinados por las siguientes coordenadas UTM, Datum WGS84, Huso 18; Polígono Nº 9: Incorpora parcialmente a la comuna de Marchigüe.
El polígono N 9 está delimitado por 16 vértices, determinados por las siguientes coordenadas UTM, Datum WGS84, Huso 19; 2. - Las coordenadas UTM de cada uno de los polígonos señalados en la presente resolución, así como los mapas de área Reglamentada estarán disponibles en la página web de SAG, en las oficinas sectoriales y Dirección Regional de OHiggins; 3. - Aplíquense las regulaciones cuarentenarias y medidas fitosanitarias establecidas en resoluciones exentas Nos. 5.916 de 2016,1.390 de 2019 y 3.822 de 2022, en forma inmediata en las áreas definidas en la presente resolución; 4. - Las transgresiones o incumplimientos de las medidas que se disponen, serán sancionadas de acuerdo a lo dispuesto en el decreto ley N 3.557, de 1980, sobre Protección Agrícola, y por la ley N 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; 5. - Deróguese la resolución exenta N 261/2025 del 29 de enero de 2025, del Director Regional (S) del SAG Región del L.B. OHiggins. Anótese, comuníquese y publíquese. - Eric Marcelo Guital Alarcón, Director Regional Región del L.B. OHiggins, Servicio Agrícola y Ganadero. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2658728 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl