Autor: Karen Elena Cereceda Ramos fuego y elementos cortantes a karen.cereceda@mercuriocalama.cl recintos educacionales. Uno de
Los detalles de la nueva Ley que regulará la convivencia escolar
Los detalles de la nueva Ley que regulará la convivencia escolar a Ley Nº 21.809 de convivencia escolar en Chile ya es oficial.
PublicaL da el pasado 1 de abril, la normativa introduce un nuevo marco para abordar la convivencia en los establecimientos educacionales, en un escenario marcado por la preocupación creciente por hechos de violencia al interior de las comunidades escolares.
La publicación de la ley ocurre tras una serie de episodios de inseguridad registrados en los últimos días en distintos puntos del país, donde estudiantes han ingresado armas de · La ley establece que: Las sanciones deben priorizar un enfoque formativo. los casos más graves se registró en Calama, donde un ataque al interior de un establecimiento terminó con una inspectora fallecida, generando impacto a nivel local y nacional.
En este contexto, la nueva normativa instala la convivencia escolar como un eje central del sistema educativo, reforzando la necesidad de contar con herramientas institucionales para prevenir situaciones de riesgo y fortalecer entornos seguros para estudiantes, docentes y asistentes de la educación. La entrada en vigencia de la ley abre ahora una etapa de imProtección a estudiantes La expulsión o cancelación de matrícula será excepcional. Se deben adoptar medidas de protección inmediatas para las víctimas.
Se prohíben sanciones discriminatorias, especialmente en casos de discapacidad o necesidades educativas especiales. plementación para los establecimientos, que deberán adaptar sus procesos internos en líObligaciones · Los colegios deberán implementar una serie de medidas obligatorias: Contar con un Plan de Gestión de Convivencia Educativa. Activar protocolos ante casos de violencia o acoso. Promover acciones de prevención, formación y resolución pacífica de conflictos. Garantizar espacios seguros para toda la comunidad educativa. Nuevos reglamentos · Los establecimientos educacionales deberán actualizar sus reglamentos, Is que deben ser más estrictos por lo que deberán incorporar: Canales de denuncia confidenciales. Procedimientos de investigación con plazos definidos. Medidas disciplinarias proporcionales.
Acciones de reparación y apoyo psicosocial a las víctimas. nea con las nuevas exigencias, en un momento en que la seguridad escolar se ha instalado como una de las principales preocupaciones de la comuni03 dad educativa. Salud mental · El Plan de Gestión deberá incluir acciones concretas en: Salud mental y bienestar. Prevención del consumo de drogas y alcohol. Desarrollo socioemocional. Resolución de conflictos. Uso responsable de entornos digitales.
FUENTE: DIARIO OFICIAL Equipos de convivencia · Cada establecimiento deberá contar con un equipo especializado en convivencia educativa, liderado por un coordinador con formación en el área pedagógica o psicosocial. · Este equipo será responsable de implementar estrategias, asesorar a directivos y promover la participación de estudiantes y apoderados.
Nueva política nacional · El Ministerio de Educación deberá implementar una Política Nacional de Convivencia Educativa con un plan de acción de ocho años, que incluirá metas, indicadores y coordinación con otros organismos del Estado, especialmente en áreas como salud mental, seguridad y protección de la niñez. · Definición ampliada de acoso escolar: El acoso escolar se define como cualquier agresión u hostigamiento reiterado, individual o colectivo, que provoque maltrato, humiIlación o temor en un estudiante. La ley reconoce tanto agresiones físicas como psicológicas, e incluye prácticas como el aislamiento o la exclusión deliberada, incluso mediante plataformas digitales. Autor: Karen Elena Cereceda Ramos fuego y elementos cortantes a karen.cereceda@mercuriocalama.cl recintos educacionales. Uno de. EDUCACIÓN. La normativa fue publicada el 1 de abril y busca fortalecer la prevención de la violencia en los establecimientos educacionales del país.
Equipos de convivencia · Cada establecimiento deberá contar con un equipo especializado en convivencia educativa, liderado por un coordinador con formación en el área pedagógica o psicosocial. · Este equipo será responsable de implementar estrategias, asesorar a directivos y promover la participación de estudiantes y apoderados.
Nueva política nacional · El Ministerio de Educación deberá implementar una Política Nacional de Convivencia Educativa con un plan de acción de ocho años, que incluirá metas, indicadores y coordinación con otros organismos del Estado, especialmente en áreas como salud mental, seguridad y protección de la niñez. · Definición ampliada de acoso escolar: El acoso escolar se define como cualquier agresión u hostigamiento reiterado, individual o colectivo, que provoque maltrato, humiIlación o temor en un estudiante. La ley reconoce tanto agresiones físicas como psicológicas, e incluye prácticas como el aislamiento o la exclusión deliberada, incluso mediante plataformas digitales. LA PROMULGACIÓN DE LA LEY ABRE PASO A UNA SERIE DE MEDIDAS QUE SE DEBERÁN ADOPTAR A FUTURO.