COOPERATIVA AGRÍCOLA Y LECHERA MERCANTIL LIMITADA
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 44.185 Sábado 28 de Junio de 2025 Página 1 de 2 Empresas y Cooperativas CVE 2665315 EXTRACTO RODRIGRO FERRER FIGUEROA Notario Titular Notaría y Conservador de Bienes Raíces, Comercio y Minas de Río Negro y Purranque, Avenida Vicuña Mackenna 243, Río Negro, certifica: Que por escritura pública de fecha 13 de junio de 2025, Repertorio N392-2025, ante mí, don Marcos Winkler Mayer, médico veterinario, viene en reducir acta de la junta general constitutiva de la “COOPERATIVA AGRÍCOLA Y LECHERA MERCANTIL LIMITADA”, de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Razón Social.
“COOPERATIVA AGRÍCOLA Y LECHERA MERCANTIL LIMITADA”, pudiendo además usar para todos los efectos legales y contractuales, para fines publicitarios y de propaganda, incluso para operar con Bancos e Instituciones Financieras, la sigla o nombre de fantasía “COOPERATIVA MERCANTIL” o “MERCANTIL”. - Domicilio. La Cooperativa tendrá su domicilio en la comuna y ciudad de Frutillar, Región de Los Lagos, sin perjuicio de poder establecer agencias, depósitos o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. - Duración. La duración de la Cooperativa será indefinida, sin perjuicio de las causales generales de disolución contempladas en la Ley General de Cooperativas. - Objeto. La Cooperativa tendrá por objeto o giro social la compra, venta, producción, distribución y en general la comercialización de productos lácteos, en forma preferente con sus socios y adicionalmente con terceros.
Sin que esta enumeración tenga el carácter de taxativa, podrá realizar cualesquiera de las actividades que a continuación se indican: a) Explotar predios agrícolas, los que podrá adquirir en dominio, obtener en concesión y/o bajo contrato de arrendamiento, entre otras; b) Proporcionar a sus socios y a terceros, por venta o en alquiler o a cualesquiera otros títulos, al contado o a plazo, reproductores finos o mejorados, vacas lecheras, animales de trabajo y ganado en general, máquinas y sus repuestos, herramientas, accesorios, materias primas y demás objetos para el ejercicio de sus actividades; c) Estimular la unidad y cohesión de sus integrantes para lograr así elevar su nivel organizativo, económico, social y cultural fundado en la práctica de la cooperación mutua; d) Perfeccionar la gestión cooperativa aplicando normas y procedimientos tendientes a lograr su funcionamiento como una empresa económico - social eficiente en su capacidad de generar beneficios a sus socios; e) Fomentar el empleo con modernas y adecuadas tecnologías, que conduzcan al incremento de la producción y de la productividad y a la inserción dinámica en los mercados nacionales e internacionales; f) Incorporar a la Cooperativa a la ejecución de programas de desarrollo productivo, locales o regionales que beneficien a sus asociados y asociadas; g) Asumir la defensa y protección de los recursos naturales que estén en su ámbito de responsabilidad, asegurando su preservación y desarrollo; h) Celebrar toda clase de actos y contratos sobres bienes raíces y/o muebles, con el objeto de facilitar su uso y aprovechamiento por parte de sus miembros; i) Explotar y administrar en conjunto predios de diferentes propietarios; j) Adquirir para sí o para distribuir entre sus integrantes los equipos o implementos necesarios para el desarrollo de sus labores productivas, comerciales o técnicas; k) La Cooperativa, sin perjuicio de los actos y contratos que celebre con terceros en cumplimiento de sus finalidades, efectuará operaciones con sus miembros y con particulares, si así lo estimare necesario, para el normal desenvolvimiento de sus actividades y la consecución de sus objetivos de desarrollo; l) Ejecutar programas de capacitación y formación que proporcionen a quienes son parte de ella y su familia conocimientos que propendan a su desarrollo personal, incremento de sus capacidades como productor y al manejo adecuado de los recursos naturales para asegurar su protección y conservación; m) creación de programas de integración; n) Contratar créditos con entidades sean privadas, cooperativas o públicas, fiscales, semifiscales o de administración autónoma, o de cooperación internacional, con el objeto de propender al desarrollo de sus actividades cooperativas; o) Comercializar productos e insumos agrícolas, alimentos perecibles y no perecibles y/o similares; p) Efectuar por cuenta propia o ajena la elaboración, importación, exportación, distribución y comercialización de los productos y servicios a que orienten sus actividades, y de los insumos, materiales fungibles y no fungibles, materias primas, equipos y Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2665315 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.185 Sábado 28 de Junio de 2025 Página 2 de 2 demás bienes necesarios accesorios y complementarios a ella; q) Establecer relaciones con otros organismos de productores para elaborar y formular propuestas programáticas tendientes a planificar el uso de los recursos destinados a la producción para hacer posible un desarrollo rural armónico y equilibrado a nivel comunal; r) Establecer cualesquiera otros servicios que satisfagan las necesidades de sus miembros y que propendan al desarrollo económico, social y cultural de ellos, y s) En general, todas aquellas iniciativas, actos o contratos que propendan a mejorar los servicios y beneficios entregados a quienes son parte de la cooperativa y sus familias, que tiendan a la consecución del objeto social. - Número de socios constituyentes. 37. - Capital Suscrito y Pagado.
El capital de la Cooperativa, correspondiente a la suma de $12.000.000. - dividido en 60.000.000 de cuotas de participación, todas ellas nominativas, fue pagado al contado y en dinero efectivo en el mismo acto. - Administración. La Cooperativa será administrada por un Consejo de Administración, el cual será elegido por la Junta General Anual de Socios. El Consejo deberá ser integrado por cinco miembros titulares, quienes podrán ser reelegidos. La duración en el cargo de consejero será de dos años. - Demás estipulaciones constan en instrumento extractado. - En Río Negro, a 24 de junio de 2025. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2665315 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl