Resolución exenta número 510, de 2026.- Aprueba Plan Operativo Nacional de Resolución de Listas de Espera Oncológica No GES y Garantías de Oportunidad Oncológicas GES Retrasadas
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.447 Martes 12 de Mayo de 2026 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2805781 MINISTERIO DE SALUD Subsecretaría de Salud Pública APRUEBA PLAN OPERATIVO NACIONAL DE RESOLUCIÓN DE LISTAS DE ESPERA ONCOLÓGICA NO GES Y GARANTÍAS DE OPORTUNIDAD ONCOLÓGICAS GES RETRASADAS (Resolución) Núm. 510 exenta. - Santiago, 30 de abril de 2026.
Visto: Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley N 1, de 2000, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley N 19.880, de 2003, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el decreto con fuerza de ley N 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N 2.763, de 1979, y de las leyes N 18.933 y N 18.469 ; en el decreto supremo N 136, de 2004, del Ministerio de Salud, Reglamento Orgánico del Ministerio de Salud; en el decreto supremo N 18, de 2026, del Ministerio de Salud, que decreta Alerta Sanitaria por el período que se señala y otorga facultades extraordinarias que indica por emergencia de salud pública asociada a las Listas de Espera Oncológicas No GES y Garantías de Oportunidad Oncológicas GES Retrasadas; en la ley N 21.796, Ley de Presupuesto del Sector Público correspondiente al año 2026; en la ley N 19.966, que establece un Régimen General de Garantías en Salud; en el decreto supremo N 29, de 2025, del Ministerio de Salud, que aprueba las Garantías Explícitas en Salud del Régimen General de Garantías en Salud; en el decreto N 58, de 2025, del Ministerio de Salud, que aprueba Norma Técnica que determina el Listado Específico de Prestaciones para las Garantías Explícitas en Salud, aprobadas mediante DS N 29, de 2025, del Ministerio de Salud; en la resolución N 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención de trámite de toma de razón, y Considerando: 1.
Que, al Ministerio de Salud le compete ejercer la función que corresponde al Estado de garantizar el libre e igualitario acceso a las acciones de promoción, protección, recuperación de la salud y de rehabilitación de la persona enferma; así como coordinar, controlar y, cuando corresponda, ejecutar tales acciones. 2.
Que, asimismo, a esta Secretaría de Estado le corresponde formular, fijar y controlar las políticas de salud, en consecuencia, entre sus funciones está la de articular y desarrollar la Red Asistencial del Sistema para la atención integral de las personas y la regulación de la prestación de acciones de salud. 3. Que, el cáncer es la segunda causa de muerte en Chile y la primera causa de años de vida perdidos ajustados por discapacidad en la población de 45 a 74 años.
De acuerdo a los datos del Departamento de Estadísticas y Globocan 2022, Chile registra aproximadamente 60.000 nuevos casos al año y cerca de 30.000 muertes por cáncer cada año, con una tasa de mortalidad estandarizada de 100,3 por 100.000 habitantes, superando el promedio latinoamericano. 4.
Que, de acuerdo a los sistemas de información con que cuenta el Ministerio de Salud, al 31 de enero de 2026, se identificaron 33.702 casos con atención oncológica pendiente o potencialmente oncológica en los 29 Servicios de Salud del país. De estos, 19.613 corresponden Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2805781 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.447 Martes 12 de Mayo de 2026 Página 2 de 2 a garantías de oportunidad GES vencidas registradas en SIGGES, 7.716 registros en lista de espera quirúrgica No-GES y 6.373 registros en lista de espera de consultas de nuevas especialidades, extraídos del SIGTE. 5.
Que, la persistencia de listas de espera prolongadas y el retraso en el otorgamiento de prestaciones garantizadas puede generar consecuencias sanitarias relevantes para la población, transformándose en un riesgo significativo para la salud de la población. 6.
Que, en base a lo anterior, con fecha 20 de marzo de 2026, el Ministerio de Salud dictó el decreto supremo N 18, que decreta Alerta Sanitaria hasta el 30 de septiembre de 2026, otorgando facultades extraordinarias por emergencia de salud pública asociada a las Listas de Espera Oncológicas No GES y Garantías de Oportunidad Oncológicas GES Retrasadas. Dicho decreto fue tomado de razón por la Contraloría General de la República y publicado en el Diario Oficial con fecha 15 de abril de 2026.7.
Que, el artículo séptimo del referido decreto dispone que dentro de los 10 días hábiles siguientes a la publicación del mismo, se deberá aprobar el Plan Operativo Nacional de Resolución de Listas de Espera Oncológica No GES y Garantías de Oportunidad Oncológicas GES Retrasadas. 8.
Que, dicho Plan tiene por objetivo identificar, vincular y resolver de manera priorizada y segura las prestaciones que mantienen a los pacientes oncológico GES y en lista de espera No GES detenidos en las diferentes etapas de su proceso de atención.
Este Plan se estructura en torno a tres compromisos operacionales concretos: identificar a cada persona con garantía vencida o procedimiento oncológico pendiente en la red pública; vincularla activamente con el establecimiento o nivel de resolución que corresponda según su patología y territorio; y, asegurarle una fecha precisa en que podrá recibir la prestación de salud que ha estado esperando. 9. Que, en mérito de lo expuesto, procedo a dictar lo siguiente Resolución: 1.
Aprúebese el documento denominado "Plan Operativo Nacional de Resolución de Listas de Espera Oncológicas No GES y Garantías de Oportunidad Oncológicas GES Retrasadas", documento que consta de 16 páginas y que se considerará parte integrante de la presente resolución. 2. Instrúyase la visación del documento que por este acto se aprueba, en cada una de sus páginas, por parte del Jefe de la Agencia Nacional de Prevención y Control del Cáncer.
Una vez realizado, el documento suscrito deberá quedar custodiado por oficina de partes de este Ministerio y la Agencia Nacional de Prevención y Control del Cáncer deberá velar porque las copias que del documento se emitan, sean concordantes con el original. 3. Publíquese el documento y el presente acto administrativo que lo aprueba, por la Agencia Nacional de Prevención y Control del Cáncer, en el sitio web del Ministerio de Salud, esto es, www.minsal.cl. Anótese, comuníquese y publíquese. - May Chomalí Garib, Ministra de Salud.
Transcribo para su conocimiento resolución exenta N 510, del 30 abril de 2026. - Por orden de la Subsecretaría de Salud Pública. - Saluda atentamente a Ud., Yanara Bravo Montenegro, Jefa de la División Jurídica, Ministerio de Salud. Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2805781 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl