Resolución exenta número CP 880, de 2026.- Declara zona de riesgo sanitario
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.368 Jueves 5 de Febrero de 2026 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2759801 MINISTERIO DE SALUD Secretaría Regional Ministerial Región de la Araucanía DECLARA ZONA DE RIESGO SANITARIO (Resolución) Núm. CP 880 exenta. - Temuco, 14 de enero de 2026.
Visto: 1. - Artículo 67 del Código Sanitario que establece que es deber de esta Secretaría Regional Ministerial de Salud velar por que se eliminen o controlen todos los factores, elementos o agentes del medio ambiente que afecten la salud, la seguridad y bienestar de los habitantes; 2. - Artículo 9 letra b) del Código Sanitario, conforme al cual corresponden a la Autoridad Sanitaria las órdenes y medidas de carácter general, local o particular, que fueren necesarias para su debido cumplimiento; 3. - Artículo 14 del Código Sanitario que señala que corresponderá al Servicio Nacional de Salud la supresión de cualquier factor que, originado en un territorio municipal, ponga en peligro la salud, seguridad o bienestar de la población de otro territorio municipal; 4. - Artículo 12 N 2 del DFL 1, de 2006, según el cual las Seremis de Salud tendrán las siguientes funciones: Ejecutar las acciones que correspondan para la protección de la salud de la población de los riesgos producidos por el medio ambiente y para la conservación, mejoría y recuperación de los elementos básicos del ambiente que inciden en ella, velando por el debido cumplimiento de las disposiciones del Código Sanitario y de los reglamentos, resoluciones e instrucciones sobre la materia, para lo cual se encontrará dotado de todas las facultades y atribuciones que el Código Sanitario y demás normas legales y reglamentarias sanitario-ambientales le confieren, de conformidad con lo previsto en el artículo 13; 5. - Resultados de monitoreo microbiológico estero Perquenco, de fecha 06.01.2026; 6. - Informe Alfa de Incidente o Emergencia N 28, de fecha 13.01.2026, de la Municipalidad de Perquenco; 7. - Instrucciones del Secretario Regional Ministerial de Salud.
Considerando: 1. - Que, en documento de Vistos 5 se informa, en lo pertinente, lo siguiente: "Con fecha 16 de diciembre de 2025 se realiza la toma de 4 muestras de agua en el estero Perquenco. Dos muestras asociadas directamente a la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) de Perquenco, correspondientes al punto de descarga y a 100 metros aguas abajo. Coliformes fecales Punto de Muestreo Informe Límite Normativo (NMP/100 ml) Máximo 1.000 Punto de descarga N 826 del 24-12-2025 5.400.000 coliformes PTAS fecales/100mL. DS90 Menor o igual a 1.000 Aguas abajo PTAS a N 827 del 24-12-2025 350.000 coliformes fecales/100 100 metros mL. NCh 1.333/1978 Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2759801 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.368 Jueves 5 de Febrero de 2026 Página 2 de 2 Las muestras asociadas a la PTAS presentan concentraciones de coliformes fecales que superan los límites normativos, conforme a lo establecido en el DS N90 y la NCh 1.333, evidenciando un impacto sanitario negativo en el cuerpo receptor.
De acuerdo con los resultados obtenidos, se concluye que existe una condición sanitaria desfavorable en el estero Perquenco, particularmente en los puntos directamente asociados a la PTAS de Perquenco, lo que evidencia la necesidad de mejorar el sistema de tratamiento de aguas servidas". 2.- Que, en Informe de Vistos 6 indica, en lo pertinente, lo siguiente: No obstante lo anterior, dada la fiscalización N59986 del 13/11/2025 de la Seremi de Salud de La Araucanía en la PTAS en donde, además de realizar observaciones, dicha Seremi notifica informes microbiológicos Ns. 640,641, 639 y físico-químicos Ns. 642,643 y 644, de fecha 10/11/2025, del Laboratorio de Salud Pública Ambiental y Laboral Seremi de Salud de La Araucanía, que presentan resultados de cumplimiento normativo en la descarga de la PTAS, pero detectan un exceso de coliformes fecales aguas arribay aguas abajo del punto de descarga, se constata un problema sanitario asociado a contaminación del estero Perquenco, originado aguas arriba de la descarga de la PTAS, y que podría generar externalidades negativas a quienes hacen uso de dicho cuerpo de agua". Se solicita actualizar la resolución exenta J1-4994-2021, que declaró zona de riesgo sanitario a la comuna de Perquenco por similares motivos, calificando la situación como emergencia de nivel mayor. 3.- Que, es un deber legal de esta Secretaría Regional Ministerial de Salud velar por que se eliminen o controlen todos los factores, elementos o agentes del medio ambiente que afecten la salud, la seguridad y bienestar de los habitantes y que se constituyan en un riesgo sanitario. 4.- Que, se deben adoptar medidas inmediatas de mitigación que permitan abordar la grave situación sanitaria que afecta a la comuna de Perquenco, debido a la contaminación del estero Perquenco con coliformes fecales por mal funcionamiento de la PTAS de Perquenco, lo que evidencia la necesidad de mejorar el sistema de tratamiento de aguas servidas, por lo que resulta necesario declarar zona de riesgo sanitario, a fin de que el municipio de Perquenco gestione los recursos necesarios para asegurar que no se vea afectada la salud de la población.
Teniendo presente: 1. - DFL N 1, de 2006, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del DLN 2.763/79 y de las leyes N 18.933 y N 18.469.2. - DS 136/2005 que establece el Reglamento Orgánico del Ministerio de Salud. 3.- Decreto N 32, de fecha 18.03.2022, del Ministerio de Salud, que designa a don Ricardo Andrés Cuyul Sotoen el cargo de Secretario Regional Ministerial de Salud de la Región de La Araucanía. 4.- DFLN 725/67, Código Sanitario. 5.- Resolución 36/2024 de la Contraloría General de la República, dicto la siguiente, Resolución: Primero: Declárese zona de riesgo sanitario a la comuna de Perquenco, debido a la contaminación del estero Perquenco con coliformes fecales por mal funcionamiento de la PTAS de Perquenco en virtud de Vistos y Considerandos de la presente resolución.
Segundo: Déjese establecido que la Municipalidad de Perquenco deberá implementar todas las medidas sanitarias de mitigación conducentes a asegurar que la salud de los habitantes de su comuna no se vea afectada debido al rebasamiento de aguas servidas. Tercero: Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial y en la página web de esta Secretaría Regional Ministerial de Salud.
Cuarto: La presente resolución entrará en vigencia sin esperar su publicación en el Diario Oficial, en razón de la urgencia requerida para adoptar las medidas necesarias a fin de hacer frente a la situación ya descrita. Quinto: Déjese sin efecto la resolución exenta J1-4994-2021, de esta Seremi de Salud, que declaró zona de riesgo sanitario a la comuna de Perquenco. Anótese y comuníquese. - Ricardo Andrés Cuyul Soto, Secretario Regional Ministerial de Salud Región de La Araucanía. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2759801 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl