Resolución exenta número 244, de 2026.- Fusiona áreas de regulaciones cuarentenarias para el control y erradicación de la Mosca del Mediterráneo (Ceratitis capitata W.) en los lugares que indica, Región de Atacama. 7,2 km
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.454 Miércoles 20 de Mayo de 2026 Página 1 de 3 Normas Generales CVE 2810915 MINISTERIO DE AGRICULTURA Subsecretaría de Agricultura / Servicio Agrícola y Ganadero / Región de Atacama FUSIONA ÁREAS DE REGULACIONES CUARENTENARIAS PARA EL CONTROL Y ERRADICACIÓN DE LA MOSCA DEL MEDITERRÁNEO (CERATITIS CAPITATA W. ) EN LOS LUGARES QUE INDICA, REGIÓN DE ATACAMA. 7,2 KM (Resolución) Núm. 244 exenta. - Copiapó, 7 de mayo de 2026.
Vistos: Lo dispuesto en los artículos 6 y 7 de la Constitución Política de la República; el decreto con fuerza de ley N 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la ley N 19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la ley N 18.755, que establece normas sobre el Servicio Agrícola y Ganadero; el decreto ley N 3.557 de 1980, del Ministerio de Agricultura, sobre Protección Agrícola y sus posteriores modificaciones; la resolución N 36 de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; la resolución exenta N 3.513, de 1995, de la Dirección Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero, que declara a Chile como país libre de Ceratitis capitata (Wied. ), y sus modificaciones posteriores; la resolución exenta N 3.214/2026, de la Dirección Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero, que declara emergencia y complementa la resolución exenta N 661/2022; resolución RA N 240/665/2026 del 14 de abril de 2026 y las facultades que invisto como Directora Regional Subrogante establecidas en resolución exenta RA 240/666/2026 del Nivel Central. Considerando: 1.
Que, el Servicio Agrícola y Ganadero, en adelante indistintamente el Servicio o SAG, es un servicio funcionalmente descentralizado, de duración indefinida, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con plena capacidad para adquirir, ejercer derechos y contraer obligaciones, bajo la supervigilancia de la República a través del Ministerio de Agricultura. 2.
Que, mediante la resolución exenta N 3.513, de fecha 7 de diciembre del año 1995, se declaró a Chile como país libre de la plaga de los vegetales, conocida como "Mosca del Mediterráneo" (Ceratitis capitata Wied.). 3.
Que, con fecha 17 de marzo de 2026, se ha detectado la presencia de un ejemplar macho fértil maduro, de mosca del mediterráneo (adulto), en el área urbana de la comuna de Copiapó, lo que activó vigilancia intensiva mediante la resolución exenta N 133 de2026, de la Dirección regional de Atacama. 4. Que, con fecha 2 de abril de 2026, se detectó la presencia de ejemplares adultos, machos y hembras correspondiente a la plaga señalada precedentemente, en el área de alcance de la vigilancia Copiapó. 5.
Que, en consecuencia, se emitió la resolución exenta N 167, de 2026 de la Dirección Regional de Atacama, que definió el área reglamentada de 7,2 km, para el control y erradicación de la plaga señalada, campaña de erradicación, denominada Copiapó. Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2810915 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.454 Miércoles 20 de Mayo de 2026 Página 2 de 3 6. Que, con fecha 15 de abril de 2026, se ha detectado la presencia de dos ejemplares hembra fértil madura no inseminada, de Mosca del Mediterráneo, en el área urbana de la comuna de Copiapó. 7.
Que, habida consideración a lo señalado precedentemente, se emitió la resolución exenta N 204, de 2026 de la Dirección Regional de Atacama, que definió el área reglamentada de 7,2 km, para el control y erradicación de la plaga señalada. Campaña de erradicación, denominada Copiapó 2.8.
Que con fecha 27 de abril 2026, se detecta un ejemplar de Ceratitis capitata, macho fértil joven, en el área urbana de la comuna de Copiapó, ubicado a una distancia que une las campañas de erradicación denominadas Copiapó y Copiapó 2.9. Que, el radio del área reglamentada comprende parcialmente, en la Región de Atacama, la comuna de Copiapó y Tierra Amarilla. 10.
Que, en virtud de lo dispuesto en el número 3 de la resolución exenta N 3.513 de 1995, el Servicio está facultado para adoptar las medidas fitosanitarias que sean necesarias para el control y erradicación de ésta plaga. 11.
Que, mediante resolución exenta N 3.214 del 16 de abril de 2026, de la Dirección Nacional del SAG, se complementa resolución exenta N 661 del 2 de febrero de 2022 del Servicio Agrícola y Ganadero, ampliando el Sistema Nacional de Emergencia. Resuelvo: 1.
Fusiona áreas reglamentadas y establézcase, a partir del 7 de mayo de2026, como área reglamentada de 7,2 km, el polígono de 54 vértices, determinado por las coordenadas UTM, señaladas a continuación: POLÍGONO 7,2 KM DATUM WGS 84 (HUSO 19) COORDENADAS UTM N Vértice X Y N Vértice X Y N Vértice X Y 1 364786 6964518 19 366468 6980161 37 379203 6969489 2 363842 6965138 20 367512 6980594 38 379079 6968366 3 363006 6965898 21 368611 6980857 39 378781 6967276 4 362300 6966780 22 369737 6980946 40 378316 6966246 5 361740 6967761 23 370863 6980857 41 377696 6965302 6 361341 6968818 24 371962 6980594 42 376936 6964466 7 361022 6969575 25 372836 6980274 43 376214 6963794 8 360724 6970665 26 373866 6979809 44 375355 6963060 9 360600 6971788 27 374810 6979189 45 374392 6962470 10 360653 6972916 28 375646 6978429 46 373348 6962037 11 360882 6974023 29 376352 6977547 47 372249 6961774 12 361281 6975080 30 376912 6976566 48 371123 6961685 13 361841 6976061 31 377311 6975509 49 369997 6961774 14 362547 6976943 32 377540 6974402 50 368898 6962037 15 363383 6977703 33 377962 6973762 51 367854 6962470 16 363965 6978112 34 378522 6972781 52 366891 6963060 17 364646 6978837 35 378921 6971724 53 366032 6963794 18 365505 6979571 36 379150 6970617 54 365605 6964133 a) El polígono que determina el área reglamentada comprende parcialmente la comuna de Copiapó y Tierra Amarilla. b) Todos los productos vegetales hospederos de "Mosca del Mediterráneo" producidos en el área reglamentada, los cuales hayan sido embalados y/o inspeccionados hasta el día 6 de mayo de2026, no estarán afectos a las medidas de cuarentena establecidas en esta resolución. 2.
Establézcase la aplicación en el área ampliada por esta resolución de las medidas fitosanitarias dispuestas mediante las resoluciones exentas números 167 del 8 de abril de 2026 y Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2810915 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.454 Miércoles 20 de Mayo de 2026 Página 3 de 3 204 de 21 de abril de 2026, ambas de la Dirección Regional Atacama del Servicio Agrícola y Ganadero. 3. Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial, conforme lo dispone el artículo 48 de la ley N 19.880, de 2003.4. Téngase presente que las infracciones a la presente resolución serán sancionadas según lo que dispone el decreto ley N 3.557 de 1980, sobre Protección Agrícola. Anótese, comuníquese y publíquese. - Mei Siu Maggi Achu, Directora Regional (S), Servicio Agrícola y Ganadero Región de Atacama. Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2810915 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl