Autor: J. P. PALACIOS
El caso de la escritora de 99 años que perdió en el TC por el cobro de contribuciones
El caso de la escritora de 99 años que perdió en el TC por el cobro de contribuciones Toda una incursión por los pasillos judiciales ha iniciado la escritora Marina Latorre Uribe, que a los 99 años puso a prueba la constitucionalidad de una norma relacionada con las contribuciones de bienes raíces. Buscó definir si un beneficio legal que favorece a las personas de más de 60 años podría aplicársele a ella. La interpretación vigente plantea que los adultos mayores pueden quedar exentos total o parcialmente del pago del impuesto territorial, siempre que el valor de la propiedad no exceda un cierto monto.
Con su abogado Yuri Santander, la escritora presentó ante el Tribunal Constitucional (TC) un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad en contra del requisito legal de que el inmueble sujeto al beneficio no exceda de la cantidad de $128 millones, al 1 de julio de 2018. Según el Servicio de Impuestos Internos (SII), al 1 de julio del 2024 ese avalúo fiscal no debe exceder de $215.857.004 para acogerse a la rebaja. En la acción constitucional se buscaba la exención total del gravamen. Allí se detalla que la contribuyente posee una vivienda heredada en su calidad de cónyuge sobreviviente que está tasada fiscalmente en un monto superior, unos $297.200.621. Así, quedó al límite del avalúo que fija la ley. Pero alegó que cumplía con los demás requisitos de vulnerabilidad establecidos para acceder a beneficios.
Actualmente su único ingreso es la Pensión Garantizada Universal (PGU, que hoy se sitúa en $224.004 ), y relató que a su edad padece de una falta de movilidad severa, sin redes familiares en Santiago y la mayoría de sus parientes ha fallecido. “Se procura de lo necesario gracias a la colaboración conjunta de un grupo de vecinos que la conocen al ser una de las vecinas más antiguas” de su vecindario, indica el escrito. A pesar de lo expuesto, el TC rechazó el reclamo y ratificó la constitucionalidad de las normas que regulan el pago de contribuciones para adultos mayores. Marina Latorre cumple mañana, 14 de agosto, 100 años de vida. Los argumentos legales Entre los requisitos para acceder hoy a beneficios para adultos mayores en contribuciones figura tener al menos 60 años si es mujer, y 65 años para hombres.
Para recibir el descuento del 100% del impuesto, los ingresos anuales del adulto mayor ZEÁBEPILEF deben ser iguales o inferiores a 13,5 UTA ($10,9 millones a diciembre de 2024); para el descuento del 50% de las contribuciones se debe tener ingresos anuales superiores a 13,5 UTA e inferiores o iguales a 30 UTA ($24,2 millones). Y la tercera condición: el avalúo fiscal vigente del inmueble al que se aplica la rebaja no debe exceder de $215 millones, al 1de julio del 2024. Tras fallidas gestiones administrativas realizadas ante el SII para evitar los cobros de contribuciones, Marina Latorre interpuso un recurso de protección en contra del fiscalizador y luego escaló la causa al TC.
Planteó que la norma sobre el límite del avalúo invocada por el SII para el cobro del impuesto vulnera la garantía de igual repartición de los tributos en proporción a las rentas y la prohibición de fijar gravámenes “manifiestamente desproporcionados o injustos”. Añadió que al establecer un monto tope de la tasación de la propiedad sobre la cual se aplica el beneficio tributario, se le deja soportando “un ZEÁBEPILEF tributo manifiestamente excesivo según sus ingresos mensuales”. El Tribunal Constitucional no estuvo de acuerdo con esos argumentos.
“No se configura una infracción a los principios de igualdad ante la ley ni al de igual repartición de los tributos, contemplados en los numerales 2 y 20 del artículo 19 de la Constitución, en la medida que el legislador ha recurrido a un criterio de diferenciación que no obedece a distinciones arbitrarias, sino que a razones legítimas, objetivas y razonables, cual es el avalúo fiscal del inmueble, con el fin de orientar el beneficio tributario en quienes presentan una mayor vulnerabilidad económica”, dice la sentencia.
En el voto de disidencia, los ministros del TC Miguel Ángel Fernández y Marcela Peredo estuvieron por acoger el requerimiento de la requirente, bajo el argumento de que la norma legal impugnada es injusta y que el gravamen representa una carga tributaria excesiva para la requirente. Interpretación rígida Entre los expertos hubo cuestionamientos a la sentencia del TC. “Opta por una interpretación rígida y formalista de las normas legales, sin ponderar adecuadamente los efectos concretos que esa aplicación genera sobre los derechos fundamentales de la requirente. Simplemente hace primar la forma sobre el fondo”, criticó Luis Felipe Ocampo, socio de Recabarren & Asociados.
Sebastián Hudson, gerente de Póliza Gestión, advierte que el fallo no ponderó la “capacidad contributiva real (de la contribuyente), lo que tensiona la coherencia del sistema tributario y su legitimidad social”. Agrega que la justicia tributaria, “para ser tal, debe sostener criterios estables y distribuirse de forma justa, permitiendo que la ley se aplique con proporcionalidad, especialmente tratándose de personas vulnerables”. Por otra parte, Eduardo Cordero, socio de Guerrero Olivos, plantea que “hubiese sido interesante que el mismo tribunal hubiese hecho un llamado al Gobierno y al legislador... en orden a revisar los efectos de las políticas públicas que se expresan a través de cuerpos legales”. A su juicio, “no parece razonable que a una persona casi centenaria le estemos exigiendo el pago de tributos para engrosar las arcas fiscales, siendo quizás el tema a la inversa: debiese ella ser acreedora frente al Estado de prestaciones mínimas”. n De Punta Arenas y amiga de Neruda “Yo soy comunista”, comentaba la periodista, escritora y profesora Marina Latorre (Punta Arenas, 1925), en una entrevista publicada en Artes y Letras de “El Mercurio” el 5 de mayo de este año.
En esa misma publicación reveló que en su vivienda, ubicada en la calle Londres objeto de un pleito contra el SII por el pago de contribuciones, impulsó con su marido, Eduardo Bolt, una intensa actividad cultural a partir de los años 60.
Marina Latorre señalaba que Pablo Neruda a quien describe como amigo “muy cercano” denominó el lugar como “La torre de la poesía”. En el lugar también se exhibieron obras de artistas como Matta, Guayasamín, Mori y Venturelli. Asimismo, recuerda que fundó la revista Portal, que en su primer período (1965-1969) contó con textos de Pablo Neruda, Francisco Coloane, Jorge Teillier y Pablo de Rokha..