Silva señaló que “al Ministerio de Bienes Nacionakeslecompetevelar por elinterésfiscal y la correcta administración del patrimonio, y en este caso en particular, el Fiscoesel dueño delosterenos donde se están desarrollando, por parte de personas de dificilindividualización, las conductas denunciadas
Silva señaló que “al Ministerio de Bienes Nacionakeslecompetevelar por elinterésfiscal y la correcta administración del patrimonio, y en este caso en particular, el Fiscoesel dueño delosterenos donde se están desarrollando, por parte de personas de dificilindividualización, las conductas denunciadas porlacomunidad”. Agregando que, “anuestro entender esto constituye el delito de usurpación, por lo que estamos entregando toda la información recabadaala Fiscalía para que puedan iniciar la investigación, suformalización y finalmente, mediante el ejercicio de la acción penal pública procurar el castigo de quienes resulten responsablesencalidad de autor, cómplice o encubridor del delito, conel máximo de las penas que la ley contempla para elilícito ras la circulación en T redes sociales de la venta de uninmueble enel sector Cerro La Cruz de Antofagasta para la implementación de un refugio y dela preparación deterrenosenelmismo lugar parala construcción de viviendas mediante la instalación de banderas, estacas y otras demarcaciones, la seremi de Bienes Nacionales Pía Silva ingresó el lunes la denuncia ante la Fiscalía Regional.
Los hechos, que podrían ser constitutivos del delito de usurpación, previsto y sancionado en el artículo 2 de la Ley N*21.633, responden a conductas queafectan el interés fiscal desde el punto de vista del Ministerio de Bienes Nacionales, y que eventualmente ameritan ejercerla acción penal pública contra quienesresulten responsables. cometido”. c3 USURPACIÓN.