Extractos: clasificados
Extractos: clasificados Clasificados 100 AUTOMÓVILES Y SERVICIOS AFINES 160 vehículos Compram COMPRO VEHÍCULOS BILLETES Camionetas, chocados, buenos, apuros o cen deudas empresas www.autoscompran.cl www.chocadoscompro.cl D +569 7777 6061 / -56 9 8838 2094 1400 CAPACITACIÓN E INSTRUCCIÓN 1411 Preuniversitariosy Clases Particulares CLASES DE MATEMÁTICAS, Fisica. educación básica-media, universitaria. 32-2675242,994158148.1600 LEGALES Y PÚBLICOS 1608 Documentos Nulos PARQUE DEL MAR declara extraviados Contratos: Sepultura T12756, T22431.122432.122433 : Cremación 5037,5824.9289. Flores 1911,1919, del 1926 al 1950 Recibo de Valor 119602.119605.
Modificaciones: Ipasa 70410,70554, 71913.72015, 72543; Administradora 37865.37891, 38060,38579, 39466.1611 Judiciales EXTRACTO: JUZGADO DE Letras de La Ligua, en causa civil Roll C-594-2025 comparece Oscar Aguayo Moya, en representación de Transito Oyanedel Chacanik Hector Aballay Arancibia, Herminda Arancibia Bustamante; Carmen Arancibia Sazo: Jorge Aspe Baquedano; Crisologo Aspe Baquedano, Cristina Delgado Donoso: Enilsa Diaz Olivares, Segundo Diaz Olivares: Manuel Díaz Olivares: Eliana Diaz Olivares: Alda Donoso Araya: Eugenia Gallardo Toro: Angel Garay Godoy: Teresa Hernandez Peña: Raimundo Jimenez Torres, Dolores Jimenez Zamora-Lenin Jimenez Zamora; Manuel Jimenez Zamora: Santiago Mondaca ItarieLax Lidia Monzon Torres, Alfonso Monzon Torrese Julio Monzon Torres: Juan Olivares Vivanco; Juan Olmos Olmos Juan Ossandon Vicencio; Orlando Salvador Oli varese Juana Salvador Saavedra: Belsario San Martin Pinilla: Coralina Serrano Vicencio; Albertina Tapia Arredondo; Jaime Tomes Valencia; Sergio Vera Mefa: Rafael Villalobos VilalobosArnoldo Villaroel Jimenez: Marcos Vilarroel Garcia: Claudio Aballay Fredes: Victor Fredes Guerrero, Sergio Olmos Jimener: Romilio Oyanedel Canço: Agustina Oyanedel Romeo: German Villalobos Alicera: Hector Villarroel Jorquera: Alvaro Larrain Hernández: Jorge Nudlez Zuñiga: Sergio Santana Sandoval; Francisco Zamora Cortés: Amanda Vega Pizarro, Ana Varas Donoso; Agrofrutillar S.
A. : Sergio Santander Petrinowich Y Ernesto Velez Velez, quien solicita citar a todos los comuneros originarios de la Comunidad Artificio respecto del predio inscrito afojas 1268 Vuelta Nº1737 correspondiente al Registro Propiedad allo 1995 Conservador de bienes Raices de La Ligua como a todos quienes lo suceden a titulo singular o universal de éstos, a una audiencia de designación de administradorproindiviso. El Tribunal resuche con fecha 14 de mayo de 2025: A lo principal Téngase por interpuesta demanda en juicio sumario. Venganlas partes.a. comparendo del dia 01 julio 2025.10:00 ho2684953 ras, la que se realizará en formato presencial, dependencias del Tribunal, ubicado en Calle Esmeralda Nº650, La Ligua.
Al primer otrosi: Como se pide. se dispone la notificación de los comuneros de LA COMUNIDAD ARTIFICIO, la que será practicada mediante avisos en exbracto, a lo menos tres veces en el "El Mercurio de Valparaiso", y"Diario Offcial" comespondientes a los dias primerop quince de cualquier mes, o al dia siguente, debiendo la parte demandada. en sa primera gestión judicial, designar domicilio conocido dentro de la jurisdicción del Tribunal de conformidad art. 49. bajo aperobimiento de procederse de conformidad el art. 53, ambos del C.P.C. EXTRACTO.
EN CAUSA RIT C-2125-2023 ABALLARES MUÑOZ sobre Cuidado Personal de EMILY CATALEYA MOLINA MUNOZ, RUT 27304.551 -Bordend notificar a OSCAR ANTONIO MOLINA BOSCAN de Nacionalidad Venezolana Pasaporte Nº120578900 la interposición de la demanda que se le dio curso se acogió a tramitacióny sele cita a audiencia de Jul cio para el 18 de Julio del 2025 a las 09.00 horas el Tribunal de Familia ubica do en calle Tomis Ramos 98 Valparaiso bajo el apercibimiento del articulo 21 y 27 de la ley 19968 de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 54 del Código de Procedimiento Civil el demandado deber comparece con abogado habilitado para el ejercicio de la profesión para lo cual podra acudir a la Corporación de Asistencia judicial o al Consultorio de la Universidad de valparaiso u otro organamo que preste asistencia juridicagratuita a fin de que se le asigne un profesional en caso de no contar con recursos económicos o bien por videoconferencia con la credencial ID de reunión 939 7853 6644 Valparaiso Junio cinco del 2025.
EXTRACTO: 1" JUZGADO de Letras de Quillota, autos Juicio Ejecutivo, caratilados Banco del Estado de Chile con Sociedad Agricola Austral Limitada, Rol C-922022, por resolución de fecha 29 de octubre de dos mil veinticuatro, se ha ordenado notificar demanda de autos por medio de avisos extractados, según lo dispuesto en el articulo 54 del Código de Procedimiento Civil, lo que a continulción se expone: Confecha 21 de enero de 2022, Claudio Felipe Altamirano Rodriguez, en representación convencional del Banco del Estado de Chile, interpone demanda ejecutiva en contra de don( fui Sociedad Agricola Austral Limitada, CL 76933.730 -K. en calidad de deudor principal, ignoro giro, representada legalmente por doña Caterinna Paola Goralglia Neira, C. 18.392.656-K, ignoro profesion u oficio, domiciliados en Parcela La Lura SN, Quillota yen calidad de asolista y codeudor solidario, en contra de don Juan Eduardo Gorzigka Sain, CL 7238.2316, ignoro profesión w oficio. con domicilio en Parcela La Lura SN, Quilota.
Fundola demanda, en los antecedentes de hecho y derecho que a continuación expongo: Con fecha 25de Junio de 2020, la demandada suescribió el pagaré Nº8281856. por la cantidad de $50.000.000. -. por concepto de capital que la deudora recibió en mutuo en dinero en efectivo de partie de mi mandante, mais los intereses del 02900% mensual a contar de la fecha de suscripción, obligandose a pagarlo en 42 cuotas mensuales.
Pues bien, la deudora ha dejado de pagar desde la cuota con vencimiento el 27 de Septiembre de 2021 inclusive, y todas Las posteriores por lo que, conforme a lo estipulado en el documento, el Banco la decidido lacer exigible el total de la deuda, demandando la suma de $42.442136, más los intereses corrientes y moratorios que se han devengado y se devenguen hasta el cumplimiento total e integro de la deuda, con costas.
POR TANTO, en mérito de todo lo expuesto y de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 18.092 -articulos 434 y siguienbes del Código de Procedimiento CM; Ley 18.010 y demás pertinentes: RUEGO A SS. se sirva tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de don( ha) SOCIEDAD AGRICOLA AUSTRAL LIMITADA, en calidad de deudor principal, representada legalmente por don(ha) CATElidad de avalista y codeudorta) solidapal: Por interpuesta demanda en juicio ejecutivo, despachese mandamiento de ejecución y embargo. Al Primer Otrosi: Tengase presente bienes para la traba de embargo y por depositario provisional al propio ejecutado, bajo su responsabilidad legal. Al Segundo Otrosi: Por acompalado pagaré bajo apercibimiento del articulo 346Nº 3 del Código de Procedimiento Civil custodiese.
Al Tercer Otrosit Comose pide, sin perjuicio de hacer presente a la parte que, conforme a la actual redacción del articulo 44 del Código de Procedimiento Civil, no requiere nueva orden del tribunal para practicar la notificación una vez efectuadas las busquedas correspondientes. Al Cuarto Otrosi: Téngase presente y por acompañada escritura pública, con citación, Al Quinto Otrosi: Téngase presente, notificandose unicamente aquellas resoluciones que han de notificarse por cédula, según las reglas legales. Al Sexto Otrosi: Tengase presente.
En Quilota, a 24 de septiembre de dos mil veinticuatro, Mandamiento de ejecución y embargo: El Receptor Judicial, en calidad de Ministro de Fe, requerira de pago a SEBASTIAN EDUARDO HERNANDEZ AGUILAR, para que pague al BANCO DEL ESTADODE CHILE, La Sama de 71.536471 Unidades de Fomento. equivalentes a modo referencial al 19/08/2024 a $2694.145 (dos millones seiscientos noventa y cuatro mil ciento cuarenta y cinco pesos), mas intereses pactados y costas. Si no efectuare el paga. trabese embargo de bienes propios del ejecutado equivalente al monto antes señalado, más las costas de la ejecución. Se ha designado depositario provisional de los bienes que se embarguen al ejecutado, bajo su responsabilidad legal. Asi, esti ordenado por resolución dictada con esta fecha. Presentación de fecha 13 de mayo de 205: Solicita de notificación por avisos.
Con fecha 15 de mayo de 2025: Como se pide, para electos de ser notificada y requerida de pago, el demandado SEBASTIAN EDUARDO HERNANDEZ AGUILAR, cédula de identidad Nº 17.209909 -2. deber comparecerá al tercer dia hábil siguiente a la última publicación de la notificación por aviso, si este recayera en dia sábado, se prorrogar al siguiente dia Ihdibil, a las 09:00 horas. en el oficio de la Receptora Judicial Constanza Silva Soto, ubicado en calle Freire Nº 366. oficina 21, Quilota, Notifiquese por medio de avisos, publicándose en el Diano Oficial por una vez y por tres veces en el diario El Mercurio de Valparaiso.
Sin perjuicio de lo decretado precedentemente, las publicaciones ordenadas deberan constar en la causa con su respectiva certificación, con anterioridad a latecha en que se realice el requerimiento; asimismo, el receptor judicial deberá remitir copia de la actuación al tribunal. SeMercurio de Valparaiso.
Sin perjuicio de lo decretado precedentemente, las publicaciones ordenadas deberán constar en La causa con su respectiva certificación. con anterioridad a la fecha en que serealice el requerimiento, asimismo, el recepfor judicial deberá remitir copia de la actuación al tribunal.
Secretaria EXTRACTO: 1º JUZGADO de Letras de Quilota, autos Juicio Ejecutivo caratulados Banco del Estado de Chile con Sebas tin Eduardo Hernández Aguilar, Rol C1788-2024, por resolución de fecha 15de mayo de dos mil veinticinco, se ha ordenado la demanda de autos por medio de avisos extractados, según lo dispuestoen el articulo 54 del Código de Procedimiento Civil, lo que a continuación se expone Con fecha 12 de septiembre de 2024.
Claudio Felipe Altamirano Rodriguez. mandatario judicial en representación convencional del Banco del Estado de Chile, a US. respetuosamente decimos vengo en interponer demanda ejecutiva en contra de don SEBASTIAN EDUARDO HERNANDEZ AGUILAR, OL 17.209909 -2. ignoro profesión u oficio, con domicilio en GABRIELA MISTRAL Nº 1190 BLOCK IPI SO 3 DEPTO 31.
QUILLOTA y/o PASAJE 6 Nº 114 POBLACION VISTA HERMOSA, QUILLOTA y/6 PASAJE SIETE Nº 114 POBL VIS TA HERMOSA, QUILLOTA, Fundo la de manda, en los antecedentes de hecho y derecho que a continuación expongo: Con fecha 25 de junio de 2019, el demandado suscribió el pagaré Nº 207398. por la cantidad de 72773631 Unidades de Fo mento, por concepto de capital que el deudor recibió en mutuo en dinero en efectivo de parte de mi mandante, mas los intereses del 4,3% real anual en el periodo comprendido entre la fecha de cursación y el 01 de agosto de 2023, fecha esta última en que vencerán y se capitalizarin los intereses devengados. A. contar de la misma fecha se pagaran intereses del 4,3% real anual.
Pues bien, el deudorha dejado de pagar desde la quota con vencimiento el 10 de mayo de 2024, inclusive, y todas las posteriores porlo que, conforme a lo estipulado en el documento, el Banco ha decidido hacer exigible el total de la deuda, demandando la suma de 71.536471 Unidades de Fomento, equivalentes a modo referencial al 20/08/2024 a $2694.145. más los intereses corrientes y moratorios que se han devengado y se devenguen hasta el cumplimiento total e integro de la deuda. con costas.
POR TANTO, en mérito de todo lo expuesto y de acuerdo con lo diespuesto en la Ley 18.092 : articulos 434 y siguientes del Código de Procedimiento Civil; Ley 18.010 y demás pertinentes: RUEGO A 55. se sirva tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de don SEBASTIAN EDUARDO HERNANDEZ AGUILAR, ya individualizado, ordenando que se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra, por la sama de 71.536471 Unidades de Fomento. equivalentes a modo referencial al 19/08/2024 a $2.694.145 ,mis los intereses pactados, reajustes y costas que se han devengado y'se devenguen hasta el cumplimiento total e integro de laobligación, de la forma en que ya se señaló, ordenando quese requiera de pago, disponiendo en definicha, que la ejecución siga adelante hasta que se haga entero y cumplido pago de lo adeudado a mi mandante, con expresa condenación en costas. Primer otrosi: Señala bienes para la traba del embargo y depositario; Segundo otros E: Acompa/la documentos bajo apercibimiento legal y solicita custodia: Tercer otros Solicita-autorización: Cuarto otrosi: Acredita personeria: Quinto otrosi Señala correo electrónico. Sendo otrosi Patrocinio y poder. Con fecha 13 de septiembre de 2024: Apercibimiento poder y/o titulo. Presentación de fecha 16 de septiembre de 2024: Acompaña documentos demanda nueva. Presentación de fecha 23 de septiembre de 2024-Cum ple lo ordenado. Con fecha 24 de sep tiembre de 2004: A la presentación de folio 3: Tengase por acompañada minuta de incorporación de documentos. A la presentación de folio 4: Por cumplido lo ordenado. Téngase por acompañado digitalmente el documento que indica.
Se provee la demanda de inicio: A lo prindiriotal, en contra de don(ha) JUAN EDUARDO GORZIGLIA SAIN, ya individualizados, ordenando que se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra, por la suma de $42.447.136. más los intereses pactados, reajustes y costas quesehan devengado y se devenguen hasta el cumplimiento total e integro de la obligación, de la forma en que yase señala, ordenando quese requiera de pago, disponiendo en definitiva, que la ejecución siga adelante hasta que se haga entero y cumplido pago de lo adeudado a mi mandante, con expresa condenación en costas, Primer otros: Sehata bienes para la traba del embargo y depositario: Segundo otrosic Acompaña documentos bajo apercibimiento legal y solicita custodia; Tercer otrose Solicita autorización, Cuarto otrosi: Acredita personeria: Quinto otrosi SeMala correo electrónico. Sexto otrosi: Patrocinio y poder.
Con fecha 24 de enero de 2022: A lo principal y otrosies: Previo a proveer, acompalense materialmente la documentación sellalada en el segundo ctrosi, de conformidad a lo dispuesto en el articulo 6 de la Ley 20.886. Cumplase lo anterior, en el plazo de tercer dia, bajo apercibimiento de tenerse por no iniciada la ejecución. Presentación de lecha 25 de enero de 2022: Se acompaña materialmente documentación en secretaria del tribunal. Con fecha 26 de enero de 2022: Por recibida Minuta de incorporación de documentos e ingresados dig talmente. Téngase por acompañado pagare, bajo apercibimiento del articulo 346-N" 3del Código de Procedimiento Ovil. Guardese en custodia.
Por cumplido lo ordenado yresolviendo la demandade inicio, se provee: A lo Principal, por interpuesta demanda enjuicio ejecutivo, despichese mandamiento de ejecución y embargo; Al Primer Otrosi, tengase presente bienes para la traba de embargoy por depositario provisional al propio ejecutado, bajo su responsabilidad legal: Al Segundo Otrosi, téngase por acompañado pagaré, conforme a lo proveido precedentemente: Al Tercer Otrosi, como se pide, sin perjuicio de hacer presente a la parte que, conforme a la actual redacción del articulo 44 del Código de Procedimiento Civil, no requiere nueva orden del tribunal para practicar la notificación una ver efectuadas las búsquedas correspondientes; Al Cuarto Otrosi, tengase presenDeypor acompañado, con citación, man dato con firma electrónica avanzada: Al Quintoy Sexto Otroties, tengase presente. En Quilota, a 26 de enero de dos mil veintidós. Mandamiento Ejecución y Embarga.
El Receptor Judicial, en calidad de Ministro de Fe, requerirá de pago a SOCIEDAD AGRICOLA AUSTRAL LIMITADA, en calidad de deudor principal, representada legalmente por don(/) CATERINNA PAOLA GORZIGLIA NEIRA, yen calidad de avalista y codeudortal solidariola), en contra de don(Tal JUAN EDUARDO GOR ZIGLLA SAIN, por la suma de $42.447136. , (cuarenta y dos milones cuatrocientos cuarenta y siete mil ciento treinta y seis pesos), mis intereses y costas. Sino se efectuare el pago, trabese embargo de bienes propios de la ejecutada, equivalente al mondo antes señalado, más las costas de la ejecución. Se ha designado depositario provisional de los bienes que se embarazen alla ejecutacta. bajo su responsabilidad legal, Presentación de fecha 28 de octubre de 2024: Solicita notificación por avisos.
Con fecha 29 de octubre de 2024 el 1" Juzgado de Letras de Quilota: Como sepide, paraelecDos de sernotificada y requerida de pago La demandada Sociedad Agricola Austral Limitada, cédula de identidad 76-933.730 -K, su representante legal Caterinna Packa Gorziglia Neira, cédula de identidad 18.392 -656 K y su avalsza y codeudor solidario Juan Eduardo Gorziglia Sain, cédula de identidad 7.218.231 -6. debera comparecer al tercer dia hábil siguiente a la ltima publicación de la notificación por aviso. si este recayera en dia sábado, se prorrogar al siguiente dia habil, a las 09:00 horas, en el oficio de la Receptora Judicial Constanza Silva Soto. ubicado en calle Freire Nº 366, oficina 21, Quillota.
Notifiquese por medio de avisos, publicandose en el Diario Oficial por una vez y por tres veces en el diario El todas con vencimiento los dias 05 de cada mes, venciendo la primera de ellas el dia 05 de octubre de 2023.
Pues bien, la deudora ha dejado de pagar desde la cuota con vencimiento el 05 de Febrero de 2024 inclusive, y todas las posteriores por lo que, conforme a lo estipulado en el documento, el Banco ha decidido hacer exigible el total de la deuda, demandando la suma de $2218.598. , mas los intereses corrientes y moratorios que sehan devengado y se devenguen hasta el cumplimiento total eintegro de la deuda, con costas.
PORTANTO, en mérito de todo lo Expuesto y de acuerdo con lo dispuesto enla Ley 18:092 articulos 434 y siguientes del Código de Procedimiento Cink: Ley 18.000 y demás pertinentes: RUEGO A 55. se sirva tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de don(fla) HERNAN ALEJANDRO ROJAS SALAS.
OFdenando que se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra, por la suma de $7.218.598. , mas los intereses pactados, reajustes y cosas quese han devengado y se devenguen hasta el cumplimiento total e integro de la obligación, de la forma en que ya se señaló, ordenando que serequiera de pago, disporiendo en definitiva, que la ejecución sippa adelante hasta que se haga entero y cumplido pago de loadeudado a mi mandante. con expresa condenación en cos125. PRIMER OTROSE Señala bienes para la traba del embargo y depositario; SEGUINDO OTROSE Acompaña documentos bajo apercibimiento legal y solicita oustodias TERCER OTROSE Solicita autorización CUARTO OTROSE Acredita personeria: QUINTO OT ROSE Señala correo electronico. SEXTO OTROSE Patrocinio y podec Con fecha 25 de junio de 2024: Apercibimiento poder vo titulo. Presentación 25 de junio de 2024: Acompaña documentos demanda nueva. Presentación de fecha 28 de junio de 2024: Cumple lo ordenado, Con fecha Ot de julio de 2024: Téngase por acompañada, con citación, cuadro de pago.
Por recibida minuta de incorporación de documentos, guardese el pagaré en custodia y, resolviendola demanda deinicio, se provee: A lo Principal, por interpuesta demanda en juicio ejecutivo, despachese mandamiento de ejecución y embargo; Al Primer Otrosi, tengase presente bienes para la traba de em bargo y por depositario provisional al propio ejecutado, bajo su responsabilidad legal Al Segundo Otrosi, tengase por acompañado pagare, con citación y el contrato, bajo apercibimiento del articulo 346-Nº 3 del Código de Procedimiento Civil, Respecto de lo demás documentos, tenganse por acompañados, con citación; Al Tercer Otrosi, como se pide, notifiquese de la forma solicitada: Al Cuarto Otrosi, por exibida personería, téngase presente: Al Quinto Otrosi, comose pide, solo en cuanto a notificar aquellas reso luciones establecidas en forma legal: Al Sexto Otrosi, béngase presente. Mandamiento de Ejecución de Embargo.
En Quilota, a Ol de julio del 2024, El Receptor Judicial, en calidad de Ministro de Fe, requerira de pago a doña] HERNAN ALEJANDRO ROJAS SALAS, por la suma de $7.218.598. -. [siete millones doscientos dieciocho mil quinientos noventa y ocho pesos) más intereses pactados y costas. Si no efectuare el pago, trabese embargo de bienes propios del ejecutado equivalente al monto antes serialado, más las costas de la ejecución. Seha designado depositario provisional de los bienes que se embarguen al ejecutado, bajo su responsabilidad legal. Asi, está ordenado por resolución de esta fecha. Presentación de fecha 22 de abril de 2025: Solicita notificación por avisos.
Con fecha 22 de abril de 2025: como se pide, notifiquese de conformidad al articulo 54 del Codigo de Procedimiento Chil a HERNAN ALEJANDRO ROJAS SALAS, RUT Nº 20.181.271-2. ypara efectos de serrequerido de pago deberá comparecer el bercer dia hábil siguiente a la última de las publicaciones efectuadas a las 09.00 horas, en el oficio del Receptora Judicial, Srta, Constanza Silva Soto, ubicado en Calle Freire N 366, oficina 21, Quillota. Notifiquese por medio de avisos, publicandose en el Diario Oficial poruna vezy por tres veces en el diario El Mercurio de Valparaiso.
Secretaria Fonoavisos 227534313 EXTRACTO: 1º JUZGADO de Letras de Quillota, autos Juicio Ejecutivo, caratulados Banco del Estado de Chile con Hernan Alejandro Rojas Salas, Roll C-12572024, porresolución de fecha 22 de abril de dos mil veinticinco, se ha ordenado la demanda de autos por medio de avisos extractados, según lo dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, lo que a continuación se expone: Con fecha 24 de junio de 2024, En lo principal: Demanda ejecutiva y mandamiento de ejecución y embargor Claudio Felipe Altamirano Rodriguez, en representación convencional del Banco del Estado de Chile, a US. respetuosamente decimos: vengo en interponer demanda ejecutiva en contra de don(ia) HERNAN ALEJANDRO ROJASSALAS, O. 20.181.271-2, ignoro profesión u oficio, con domicilio en PARCELA N 13, LA CRUZ y/o VEINTINUEVE 5, VINA DEL MAR, Fundo la demanda, en los antecedentes de hecho y derecho que a continuación expongo: Con fecha 25 de Julio de 2023. la demandada suscribio el pagaré nº 00010562258, por la cantidad de $7.478-971. , porconcepto de capital que la deudora recibió en mutuo en dinero en efectivo de parte de mi mandante, más los intereses del 1.05% mensual a contar de la fecha de suscripción, colig ándose a pagarlo en 60 cuotas mensualesy sucesivas de $171.822 -cada una, salvo la última cuota de $171.848 -.