Resolución número 1, de 2025.- Nombra a don Hernán Marcos Libedinsky Moscovich en el cargo de Fiscal Regional de la Fiscalía Regional de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.426 Jueves 16 de Abril de 2026 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2792738 MINISTERIO PÚBLICO Fiscalía Nacional NOMBRA FISCAL REGIONAL DE LA FISCALÍA REGIONAL DE AYSÉN DEL GENERAL CARLOS IBÁÑEZ DEL CAMPO (Resolución) Núm. FN/MP TR 1. - Santiago, 14 de agosto de 2025. Considerando: 1º Que, el 2 de julio de 2025, el Fiscal Nacional informó al Presidente de la Iltma.
Corte de Apelaciones de Coyhaique, mediante oficio FN Nº 750/2025, que el Fiscal Regional de la Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, don Carlos Alberto Palma Guerra, ejercerá su cargo hasta el 13 de octubre de 2025, dado que expira el plazo legal respectivo.
Lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 86 de la Constitución Política de la República, el artículo 30 de la Ley Nº 19.640, Orgánica Constitucional del Ministerio Público y a la resolución FN/MP TR Nº 3/2017, de 27 de septiembre de 2017.2º Que, el 8 de julio de 2025, el pleno de la Iltma.
Corte de Apelaciones de Coyhaique acordó llamar a concurso público para el cargo de Fiscal Regional de la Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, según lo regulado en el artículo 87 de la Constitución Política de la República, en los artículos 29,30 y 31 de la Ley 19.640, Orgánica Constitucional del Ministerio Público y en el Auto Acordado contenido en acta Nº 151-2007, de la Excma. Corte Suprema, de 20 de agosto de 2007.3º Que, el 6 de agosto de 2025 se reunió de forma extraordinaria el pleno de la Iltma.
Corte de Apelaciones de Coyhaique, para oír en audiencia pública las presentaciones de los candidatos a Fiscal Regional de la Fiscalía Regional de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo y proceder a la votación y elección de la terna. 4º Que, por oficio Nº 194-25PL, de 7 de agosto de 2025, el Presidente de la Iltma. Corte de Apelaciones de Coyhaique, don Pedro Alejandro Castro Espinoza, remitió la terna confeccionada por esa Iltma.
Corte, relativa al concurso de Fiscal Regional de la Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, la cual quedó conformada por los siguientes oponentes: don Álvaro Santiago Pérez D'Alençon, RUN Nº 12.107.932-1, abogado asesor de la Fiscalía Regional de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo; don José Teodoro Moris Ferrando, RUN Nº 9.581.525 -1, Fiscal adjunto de la Fiscalía Regional de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, y don Hernán Marcos Libedinsky Moscovich, RUN Nº 9.668.577 -7, abogado asesor de la Fiscalía Nacional. 5º Que, según lo previsto en el artículo 86 de la Constitución Política de la República y en el artículo 29 de la Ley Nº 19.640, Orgánica Constitucional del Ministerio Público, los Fiscales Regionales serán nombrados por el Fiscal Nacional, a propuesta en terna de las Cortes de Apelaciones de la respectiva región. 6º Que, con el mérito de los antecedentes de los candidatos incluidos en la terna conformada por el pleno de la Iltma.
Corte de Apelaciones de Rancagua, y Vistos, lo dispuesto en los artículos 86 y 87 de la Constitución Política de la República, los artículos 29,30, 71 y 74 de la Ley 19.640, Orgánica Constitucional del Ministerio Público, y en la resolución FN/MP Nº 773/2023, de fecha 20 de abril de 2023; Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2792738 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Corte de Apelaciones de Coyhaique, incluidas todas las asignaciones que correspondan a dicho cargo. 2º El Fiscal Regional designado se regirá en el desempeño de su cargo por las disposiciones constitucionales y legales que fueren aplicables, en especial por las de la ley 19.640 y por los reglamentos e instrucciones generales dictadas por el Fiscal Nacional en uso de las atribuciones que esta última ley le confiere. 3º El Fiscal Regional designado deberá asumir sus funciones el 14 de octubre de 2025, sin esperar la total tramitación de la presente resolución de nombramiento. 4º El Fiscal Regional designado, antes de asumir el cargo, para los efectos previstos en el artículo 9º bis de la Ley 19.640, Orgánica Constitucional del Ministerio Público, deberá efectuar una declaración jurada en la que acredite no tener dependencia de sustancias o drogas estupefacientes o sicotrópicas ilegales o, si la tuviere, que su consumo está justificado por un tratamiento médico. 5º El Fiscal Regional designado, conforme a lo previsto en el artículo 17 de la Ley 20.880, sobre Probidad en la Función Pública y Prevención de los Conflictos de Intereses, deberá efectuar una declaración jurada de intereses y patrimonio, en los términos estipulados en los artículos 5º, 6º, 7º y 8º de dicha ley. 6º El Fiscal Regional designado, de tener inscripción vigente en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones Alimenticias del Registro Civil, deberá autorizar la retención de sus remuneraciones en la forma y por los montos definidos en la ley 14.908, autorización que constituye una condición habilitante para su nombramiento. 7º Devuélvanse los antecedentes del expediente del concurso público a la Iltma. Corte de Apelaciones de Coyhaique, remitidos por oficio Nº 194-25PL, de 7 de agosto de 2025, una vez tramitada esta resolución de nombramiento. 8º Impútese el gasto correspondiente al subtítulo 21, ítem 01, Asignación 001. Anótese, tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial. - Ángel Valencia Vásquez, Fiscal Nacional. Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2792738 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl