Autor: POR SEBASTIÁN VALDENEGRO
SII amplía plazo para aplicar medida clave de control a la informalidad y el comercio ilegal
SII amplía plazo para aplicar medida clave de control a la informalidad y el comercio ilegal POR SEBASTIÁN VALDENEGRO El director del Servicio de Impuestos Internos (SII), Jorge Trujillo, comenzó a SOTHEASS aterrizar en los últimos días en la aplicación de una de las principales normas que involucra hoy al organismo: la Ley de Cumplimiento de las Obligaciones Tributarias.
Vigente desde octubre de 2024, la norma contempla una serie de mayores controles sobre el comercio informal y refuerza la lucha contra el crimen organizado, con el objetivo de reducir la evasión y la elusión y recaudar 1,5 puntos del PIB cuando esté en régimen.
Como parte del set de opciones, la Ley establece una que involucra directamente al comercio y al rubro de la logística: nuevas exigencias en la emisión de guías de despacho y facturas que amparan el traslado de bienes, que entrarán a escena el 1 de mayo próximo. La idea ha encontrado reparos en el mundo del comercio y de la logística debido a que implicaría una mayor carga regulatoria sobre el sector. Consciente de aquello y para dar más tiempo a la industria para prepararse, el viernes Trujillo emitió una resolución que dejó a varios con una sensación de respiro.
A través de la resolución Nº 52 de 2026, el titular del SII dejó sin efecto un documento del 5 de noviembre del 2025 y amplió en seis meses la puesta en marcha de esta medida, para fijarla a partir del primero de noviembre de este año.
En la resolución, Trujillo explicó que las nuevas exigencias documentales y operativas establecidas en la resolución del año pasado se deben cumplir mediante adecuaciones tecnológicas, operativas y de control por parte de los contribuyentes emisores de documentos -ANY 0 13-0647 ZJ-58-55 SOTRASER tributarios electrónicos, de los desarrolladores o proveedores de sistemas de facturación, y del propio servicio, los que requieren de un "mayor plazo" para su implementación.
Esto implica, dice el documento, que hasta el 31 de octubre de 2026 los contribuyentes deberán continuar emitiendo y utilizando las facturas y guías de despacho que amparen el traslado de bienes corporales muebles, conforme a la normativa previa a la Ley de Cumplimiento Tributario, sin perjuicio de que puedan implementar voluntariamente las exigencias que entrarán a regir el primero de noviembre próximo.
El contenido La norma y la resolución ampliada por Trujillo establece que las guías de despacho y facturas utilizadas para el traslado de bienes corporales muebles entre contribuyentes de IVA deberán consignar datos precisos del traslado, como la dirección exacta de origen y destino; la individualización del conductor y datos del vehículo; una descripción detallada de la carga en cuanto a unidades, peso y precio unitario; los contribuyentes deberán indicar si se trata de traslado de bienes que provengan de ventas y servicios o de bienes que no importen ventas; y la fecha y hora de inicio del despacho. Adicionalmente, cada guía de despacho quedará asociada a un único traslado y a un único vehículo.
O sea, por cada traslado debe emitirse una guía de despacho única, por lo que no se permitirá utilizar la misma para amparar múltiples traslados en días o vehículos diferentes. unifor Uni 12-04 INIT El director de la práctica de Derecho Tributario y Aduanero de Arteaga Gorziglia, Maximiliano Concha, explicó que la resolución indica que las razones para esta modificación serían adecuaciones tecnológicas y un plan de capacitación, "pero lo más importante es darse todo el tiempo que sea necesario para cerrar los puntos abiertos y entregar mayor tiempo para su implementación, en particular a las Pymes. Se necesitan mayores instancias o mesas de trabajo involucrando a los privados, ya que se trata de cambios estructurales en la forma operacional que impactan toda la cadena logística.
Si no se resuelven es preferible seguir aplazándola". Comercio valora postergación El presidente de la Cámara Nacional de Comercio (CNC), José Pakomio, valoró que el SII haya postergado la entrada en vigencia, ya que "habíamos advertido que la normativa original pretendía transformar situaciones de la dinámica logística real -como cambios imprevistos de chofer o vehículoen obligaciones tributarias de cumplimiento casi imposible en el corto plazo. "Esta brecha entre la norma y la práctica exponía a las empresas a multas gravosas y sanciones de clausura por errores operativos involuntarios", añadió el dirigente.
De ahí que vio en la prórroga otorgada "una medida de certeza jurídica indispensable para que los contribuyentes realicen los complejos ajustes tecnológicos necesarios, asegurando que la trazabilidad fiscal no asfixie la eficiencia y competitividad del comercio nacional". Autor: POR SEBASTIÁN VALDENEGRO. Se postergó en seis meses la obligación de empresas y transportistas de contar con facturas y guías de despacho para su debida fiscalización.