Autor: Fernando Vio del Río
75 años
A los 75 años deben cesar en sus funciones los obispos, con excepción de aquellos a quienes el Papa autorice continuar en sus funciones. También a esa edad deben jubilarse los Ministros de la Corte Suprema, pero ambas normas fueron establecidas cuando la expectativa de vida era menor de 60 años. En los inicios de la pandemia de coronavirus se prohibió salir a la calle a los mayores de 75 años, condenandolos a un encierro obligatorio que atentaba contra su salud física y mental. Afortunadamente, después de protestas de especialistas y afectados, dicha medida fue revocada. Ahora, se intenta obligar a jubilar a los mayores de 75 años que trabajen en el sector público, con excepción de congresistas, ministros de Estado y Presidente de la República. Su objetivo sería “modernizar” y mejorar el funcionamiento del aparato público.
Pareciera que existe algo mágico respecto del número 75, porque no existe ninguna evidencia de que esta edad sea un punto de corte en que los menores de 75 años sean aptos para desempeñarse en el aparato público, pero que al cumplir esa edad dejan de serlo. actualmente, con más de 80 años de expectativa de vida, poner el número mágico de 75 como límite laboral, no solo es desactualizado y carente de evidencia, sino que atenta contra el derecho al trabajo y los derechos humanos de las personas mayores.