Decreto número 2, de 2025.- Nombra consejero del literal C) del artículo 10 de la ley Nº 21.302
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.426 Jueves 16 de Abril de 2026 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2792057 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y FAMILIA Subsecretaría de la Niñez NOMBRA CONSEJERO DEL LITERAL C) DEL ARTÍCULO 10 DE LA LEY Nº 21.302 Santiago, 4 de marzo de 2025. - Hoy se decretó lo que sigue: Núm. 2.
Visto: Lo dispuesto en el artículo 32 Nº 10 de la Constitución Política de la República; en la ley Nº 21.302, que crea el Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia y modifica normas legales que indica; en la ley Nº 18.575, orgánica constitucional de bases generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley Nº 1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la ley Nº 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; en la ley Nº 20.530 ,que crea el Ministerio de Desarrollo Social y Familia y modifica cuerpos legales que indica; en el decreto supremo Nº 3, de 2021, del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, Subsecretaría de la Niñez, que aprueba reglamento que establece normas para el funcionamiento del Consejo de Expertos del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y la Adolescencia; en la resolución exenta Nº PIN-RE-00659-2024, de 2024, de la Subdirección de Alta Dirección Pública; en la resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; y en el oficio Gab. Pres. Nº 163, de 10 de febrero de 2025, del Presidente de la República.
Considerando: 1º Que, la ley Nº 21.302, en adelante e indistintamente la "Ley", crea el Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia y modifica normas legales que indica, y en su artículo 9 crea un Consejo de Expertos, en adelante e indistintamente "el Consejo", cuyas funciones detalla el mismo artículo, y que estará compuesto, de conformidad al artículo 10 de la Ley, por cinco miembros expertos en las áreas ligadas a la niñez, que cuenten con experiencia y reconocida trayectoria en el área de su competencia.
Tres de ellos serán designados por el Presidente de la República, según se indica en las letras c) y d) del artículo 10 antes referido. 2º Que, de acuerdo con lo señalado anteriormente, el artículo 10 de la Ley señala que el Consejo estará compuesto por cinco miembros expertos en las áreas ligadas a la niñez, que cuenten con experiencia y reconocida trayectoria en el área de su competencia, según se detalla a continuación: a) Un abogado experto en materia de protección de derechos de niños, niñas y adolescentes, con más de cinco años de actividad laboral dedicada a esa materia y que se haya destacado por su experiencia práctica, académica y/o de investigación. b) Un profesional del área de la educación, con más de cinco años de actividad laboral vinculada a los temas que constituyen el objeto del Servicio, y demostrable experiencia en el tratamiento de la niñez y adolescencia vulnerada. c) Dos profesionales del área de las ciencias de la salud, uno de ellos médico psiquiatra infanto-juvenil, con demostrable experiencia en el tratamiento de la niñez y adolescencia vulnerada, y el otro psicólogo o nutriólogo, con más de cinco años de actividad laboral vinculada a temas que constituyen el objeto del Servicio, y que se haya destacado, principalmente, en materias de protección de la infancia, programas sociales, academia y/o investigación. Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2792057 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.426 Jueves 16 de Abril de 2026 Página 2 de 2 d) Un profesional del área económica o de administración con más de cinco años de actividad laboral y que cuente con conocimiento demostrable en los temas que constituyen el objeto del Servicio. 3º Que, mediante decreto supremo Nº 18, de 2021, del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, Subsecretaría de la Niñez, se designó a contar del 18 de octubre de 2021 y por un periodo de cinco años, a la Sra. María Carolina Velasco Hodgson, cédula nacional de identidad Nº 13.027.976-7, como Consejera del literal c), psicólogo o nutriólogo, del Consejo de Expertos. Posteriormente, mediante el decreto supremo Nº 5, de 14 de agosto de 2024, del mismo Ministerio, se aceptó la renuncia voluntaria presentada por la Sra.
María Carolina Velasco Hodgson, a su cargo de Consejera, a contar del 21 de junio de 2024.4º Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 14 de la ley, en caso de vacancia de uno de los cargos de consejero, antes de finalizar el periodo por el cual fue nombrado, deberá procederse al nombramiento de uno nuevo conforme a las normas de los procesos de selección.
Sin embargo, el consejero nombrado en reemplazo durará en el cargo sólo por el tiempo que falte para completar el período del consejero reemplazado, que es la situación que se da en la especie, por lo que el/la profesional nombrado/a, durará en el cargo hasta el 18 de octubre de 2026, pudiendo ser reelegido/a. 5º Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 11 de la Ley, el Consejo de Alta Dirección Pública conformará las ternas para proveer los cargos de consejeros previstos en el artículo 10 de la ley, correspondiéndole al Presidente de la República designar a tres consejeros en base a las nóminas entregadas por el Consejo de Alta Dirección Pública. 6º Que, mediante oficio Gab. Pres.
Nº 163, de 10 de febrero de 2025, el Presidente de la República designó como consejera a doña Ximena Calcagni González (perfil psicólogo o nutriólogo), después de haberse llevado a cabo los respectivos procesos de selección por parte del Consejo de Alta Dirección Pública, iniciados a través de la resolución exenta Nº PIN-RE-00659-2024, de 2024, de la Subdirección de Alta Dirección Pública. 7º Que, conforme a lo requerido por el Servicio Civil, se constató que la persona que por este acto se designa, no es deudora de pensión de alimentos. 8º Que, en razón de lo expuesto, procede que se dicte el presente acto administrativo que designe a la profesional indicada en el considerando 6; por tanto, Decreto: 1º Desígnase, a contar del 4 de marzo de 2025 y hasta el 18 de octubre de 2026, en el cargo de Consejera del Consejo de Expertos del artículo 9 de la ley Nº 21.302, a doña Ximena Calcagni González, cédula nacional de identidad Nº 9.978.340 -0, en uno de los cupos que dispone el literal C) del artículo 10, de la ley Nº 21.302, esto es, un profesional psicólogo o nutriólogo, con más de cinco años de actividad laboral y que cuente con conocimiento demostrable en los temas que constituyen el objeto del servicio. 2º Por razones de buen servicio, la designación de la persona señalada en el numeral anterior, producirá sus efectos a contar de la fecha indicada, sin esperar la total tramitación del presente acto administrativo. 3º El gasto que demande el presente decreto de nombramiento se imputará a la Partida 21-11-01, Subtítulo 21 "Gastos en Personal" del Presupuesto del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia. Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese. - GABRIEL BORIC FONT, Presidente de la República. - Javiera Toro Cáceres, Ministra de Desarrollo Social y Familia. Lo que comunico a Ud. para su conocimiento, Marcelo Sánchez Ahumada, Subsecretario de la Niñez. Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2792057 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl