Decreto exento número 23, de 2025.- Aprueba norma técnica N° 241, de anonimización para la publicación de bases de datos como datos abiertos del Ministerio de Salud
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.137 Miércoles 30 de Abril de 2025 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2639030 MINISTERIO DE SALUD Subsecretaría de Salud Pública APRUEBA NORMA TÉCNICA Nº 241 DE ANONIMIZACIÓN PARA LA PUBLICACIÓN DE BASES DE DATOS COMO DATOS ABIERTOS DEL MINISTERIO DE SALUD Núm. 23 exento. - Santiago, 9 de abril de 2025.
Vistos: En el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley Nº 2.763, de 1979 y de las leyes 18.469 y 18.933 ; en el decreto supremo Nº 136, de 2004, del Ministerio de Salud, Reglamento Orgánico del Ministerio de Salud; en la ley Nº 19.628, sobre Protección de la Vida Privada; en la ley N 20.285, sobre Acceso a la Información Pública; en la resolución exenta N 1.465, de 3 de noviembre de 2023, que Aprueba Políticas de Seguridad de la Información y Ciberseguridad para la Subsecretaría de Salud Pública y la Subsecretaría de Redes Asistenciales; en el oficio N E7986, de 10 de mayo de 2022, del Consejo para la Transparencia, que emite pronunciamiento sobre iniciativa de la Subsecretaría de Salud Pública relativa a la publicación de datos estadísticos; en el memorándum B52/Nº 262, de 31 de julio de 2024, de la División de Planificación Sanitaria; en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; y Considerando: 1.
Que, al Ministerio de Salud le compete ejercer la función que corresponde al Estado de garantizar el libre e igualitario acceso a las acciones de promoción, protección y recuperación de la salud y de rehabilitación de la persona enferma, así como coordinar, controlar y cuando corresponda ejecutar tales acciones. 2.
Que, de acuerdo con lo establecido en la resolución exenta N 46, de 5 de febrero de 2020, del Ministerio de Salud, que Establece Organización Interna de la Subsecretaría de Salud Pública, al Departamento de Estadísticas e Información en Salud le corresponde, entre otras, las funciones de liderar el proceso de gobernanza de datos, gestionar las acciones principales para cumplir con su rol en la gobernanza de datos, producir la información estadística oficial oportuna y de calidad del sector salud, etc. 3.
Que, la ley Nº 19.628, sobre Protección de la Vida Privada, autoriza a los organismos públicos a efectuar tratamiento de datos personales sólo respecto de las materias de su competencia y con sujeción a las reglas de la misma ley.
Por su parte, la ley N 20.285 sobre Acceso a la Información Pública, establece que, en virtud del principio de transparencia de la función pública, son públicos los actos y resoluciones de los órganos de la Administración del Estado, sus fundamentos, los documentos que les sirvan de sustento y complemento directo y esencial y los procedimientos que se utilicen para su dictación, salvo las excepciones legales. 4.
Que, la Política de Seguridad de la Información y Ciberseguridad para la Subsecretaría de Salud Pública y la Subsecretaría de Redes Asistenciales, aprobada por resolución exenta N 1.465, de 3 de noviembre de 2023, establece como su objetivo principal la de salvaguardar la Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2639030 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Que, mediante memorándum B52/N 262, de 31 de julio de 2024, la Jefa de la División de Planificación Sanitaria, de la Subsecretaría de Salud Pública, solicitó a la División Jurídica la elaboración del acto administrativo que apruebe la norma técnica de anonimización para la publicación de bases de datos como datos abiertos. 6.
Que, por las razones antes expuestas, dicto el siguiente: Decreto: Primero. - Apruébese el texto de la "Norma Técnica N 241 de anonimización para la publicación de bases de datos como datos abiertos", documento de 33 páginas que se adjunta al presente decreto, el que forma parte integrante del mismo para todos los efectos. Segundo. - Aplíquense los procedimientos contenidos en esta norma técnica a todos los nuevos conjuntos de datos abiertos publicados a contar de la fecha de su publicación en el Diario Oficial. Tercero. - Establécese que una copia de este decreto se mantendrá disponible permanentemente en la Oficina de Partes de este Ministerio. Cuarto. - Remítase un ejemplar de este decreto y de la Norma Técnica que aprueba a los Servicios de Salud y Secretarías Regionales Ministeriales de Salud del país. Anótese, comuníquese y publíquese. - Por orden del Presidente de la República, Ximena Aguilera Sanhueza, Ministra de Salud.
Transcribo para su conocimiento decreto exento Nº 23,9 de abril 2025. - Por orden de la Subsecretaría de Salud Pública. - Saluda atentamente a Ud., Yasmina Viera Bernal, Jefa de la División Jurídica, Ministerio de Salud. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2639030 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl