Resolución exenta número 4.416, de 2025.- Modifica resolución Nº 4.784 exenta, de 2016, que establece requisitos para la trazabilidad en camélidos sudamericanos domésticos
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.195 Jueves 10 de Julio de 2025 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2666467 MINISTERIO DE AGRICULTURA Subsecretaría de Agricultura / Servicio Agrícola y Ganadero / Dirección Nacional MODIFICA RESOLUCIÓN N 4.784, DE 2016, QUE ESTABLECE REQUISITOS PARA LA TRAZABILIDAD EN CAMÉLIDOS SUDAMERICANOS DOMÉSTICOS (Resolución) Núm. 4.416 exenta. - Santiago, 12 de junio de 2025.
Vistos: La Ley Nº 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; el DFL RRA Nº 16, de 1963, del Ministerio de Hacienda, sobre Sanidad y Protección Animal; la Ley Nº 19.162, que establece el Sistema Obligatorio de Clasificación de Ganado, Tipificación y Nomenclatura de sus Carnes y Regula Funcionamiento de Mataderos, Frigoríficos y Establecimientos de la Industria de la Carne; la Ley Nº 20.596, que mejora la Fiscalización para la Prevención del Delito de Abigeato; las recomendaciones del Código Zoosanitario Internacional de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA fundada como OIE) de la cual Chile es Estado Miembro mediante adhesión del 5 de abril de 1962; los decretos Nº 46, de 1978, Reglamento para la Prevención y Control de la Fiebre Aftosa, Nº 56, de 1983, Reglamento de Ferias de Animales, Nº 240, de 1993, Reglamento General de Transporte de Ganado y Carne Bovina, todos del Ministerio de Agricultura;las resoluciones exentas Nº 7.219, de 2005, que Crea el Programa de Información Pecuaria; Nº 6.774, de 2015, que Actualiza el Programa Oficial de Trazabilidad Animal; Nº 6.410 de 2024, que actualiza exigencias técnicas para los dispositivos de identificación oficial y define los requisitos para habilitarse como proveedores de DIIO y exigencias a distribuidores, y deroga resolución Nº 6.944 exenta, de 2015; Nº 2.519 de 2019, que crea el Sistema Nacional de Control Predial para Establecimientos Pecuarios; Nº 4.784 de 2016, que establece requisitos para la trazabilidad en camélidos sudamericanos domésticos; el decreto Nº 17 de 2023, del Ministerio de Agricultura, que designa Director Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero y resolución Nº 36, de la Contraloría General de la República, de 2024, que fija normas sobre exención de toma de razón. Considerando: 1.
Que el Servicio tiene por objeto contribuir al desarrollo agropecuario del país, mediante la protección, mantención e incremento de la salud animal y vegetal; la protección y conservación de los recursos naturales renovables que inciden en el ámbito de la producción agropecuaria del país y el control de insumos y productos agropecuarios. 2.
Que, la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA) recomienda que sus miembros establezcan un marco reglamentario claro para la identificación y la trazabilidad de los animales, los que son componentes claves del desarrollo económico y rural, vinculados con la mejora de la sanidad animal, la vigilancia y notificación de enfermedades y la seguridad sanitaria de los alimentos derivados de la producción animal. 3. Que, el Comité Internacional de la OMSA ha resuelto que es necesario facilitar el desarrollo y la aplicación de sistemas de identificación y trazabilidad de los animales. 4.
Que, corresponde al Servicio establecer las normas de un Sistema de Trazabilidad en Camélidos Sudamericanos Domésticos, para fines de trazabilidad de animales originarios de las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá y Antofagasta, por necesidades de exportación o de Programas Oficiales del SAG o Convenios Regionales, determinándose establecer un Sistema de Trazabilidad de camélidos sudamericanos domésticos que, a lo menos, contemple los siguientes Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2666467 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Se modificala resolución exenta Nº 4.784 de 2016, que Establece requisitos para la trazabilidad en camélidos sudamericanos domésticos, en el siguiente sentido: Se reemplaza el primer párrafo del resuelvo 3.1 de la identificación de CSD, por el siguiente: "Los CSD con fines de exportación deberán ser identificados con el DIIO CSD u otro método de identificación individual reconocido por el Servicio dependiendo de los requisitos de país de destino, o bien, cuando los Programas Oficiales del Servicio o Convenios Regionales así lo requieran. " Anótese, comuníquese y publíquese. - José Arturo Guajardo Reyes, Director Nacional Servicio Agrícola y Ganadero. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2666467 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl