Extractos: LEGALES
Extractos: LEGALES PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN. En causa sobre pago de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de la obra “CONCESIÓN RUTA 5. TRAMO TALCA CHILLÁN. SECTOR 1: KM. 219.490 ,00 AKM. 412.800 ,00.
SUBSECTOR C: KM. 277.000 ,00 AKM. 377.200 ,00”, Rol V 51-2025, referido al lote N 522, por resolución de fecha 19 de mayo del 2025, se ha ordenado poner en conocimiento del expropiado, que según el rol de avalúo N 62-94, de la comuna de Ñiquén, que figura a nombre MONICA DEL CARMEN LARA RAMIREZ, la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. 21 del Decreto Ley N 2.186 de 1978. Secretario. 26/28 SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN. En causa sobre pago de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de la obra “CONCESIÓN RUTA 5. TRAMO TALCA CHILLÁN. SECTOR 1: KM. 219.490 ,00 AKM. 412.800 ,00.
SUBSECTOR C: KM. 277.000 ,00 AKM. 377.200 ,00”, Rol V 54-2025, referido al lote N 523, por resolución de fecha 10 de junio del 2025, se ha ordenado poner en conocimiento del expropiado, que según el rol de avalúo N 62-94, de la comuna de Ñiquén, que figura a nombre MONICA DEL CARMEN LARA RAMIREZ, la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. 21 del Decreto Ley N 2.186 de 1978. Secretario. 26/28 PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN. En causa sobre pago de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de la obra “CONCESIÓN RUTA 5. TRAMO TALCA CHILLÁN. SECTOR 1: KM. 219.490 ,00 AKM. 412.800 ,00.
SUBSECTOR C: KM. 277.000 ,00 AKM. 377.200 ,00”, Rol V 52-2025, referido al lote N 459, por resolución de fecha 19 de mayo del 2025, se ha ordenado poner en conocimiento del expropiado, que según el rol de avalúo N 19-28, de la comuna de Ñiquén, que figura a nombre JAIME ANTONIO TAPIA RETAMAL, la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. 21 del Decreto Ley N 2.186 de 1978. Secretario. 26/28 SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.
En causa sobre pago de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de la obra “MEJORAMIENTO RUTA N-66-O SAN IGNACIO DE PALOMARES-RAFAEL”, Rol V-308-2024, referido al lote N 19, por resolución de fecha 28 de marzo de 2025, se ha ordenado poner en conocimiento del expropiado, que según el rol de avalúo N 164-1, de la comuna de RANQUIL, que figura a nombre FORESTAL AGRIC Y GANADERA PENALEN L, la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. 21 del Decreto Ley N 2.186 de 1978. Secretario. 26/28.