CPC ve desincentivos en proyecto que transparenta sueldos de ofertas de empleo
Dos mociones parlamentarias del ámbito laboral que fueron fusionadas por la Cámara de Diputados encendieron las alertas en la Confederación de la Producción y del Comercio (CPC). "Regula la Publicación y Transparencia de las Remuneraciones en las Ofertas de Trabajo" y "Modifica el Código del Trabajo para disponer la entrega de información expresa sobre las remuneraciones asociadas a las ofertas de empleo", se denominan las iniciativas que buscan garantizar la transparencia y la claridad en las vacantes de empleo en lo que respecta a remuneración y otros ingresos asociados a los puestos o cargos ofrecidos por los empleadores. Actualmente, solo en ofertas laborales del sector público existe la disposición de explicitar los ingresos para el cargo. La comisión de Trabajo de la Cámara Baja ha puesto en tabla la reforma y fijó como plazo para presentar indicaciones hasta el próximo 29 de septiembre.
Ayer la CPC, representada por el fiscal de la Cámara Nacional de Comercio (CNC), Sebastián Hurtado, expuso sus reparos a la propuesta en la instancia legislativa y advirtió sobre los desincentivos que podría generar en el mercado del trabajo.
Ámbito de aplicación Una de las primeras precisiones que hizo Hurtado fue que el ámbito de regulación de las ofertas de empleo es previo a una relación contractual. "Queda bastante claro que el marco donde se dan las ofertas de trabajo escapa del ámbito de aplicación de las relaciones laborales y en general del ámbito de aplicación del Código del Trabajo. Se trata más bien del ámbito privado el área donde se enmarcan las tratativas preliminares, precontrato de trabajo, en el cual rige plenamente el principio de libertad negocial", dice.
El asesor legal, no obstante, mencionó que el Código del Trabajo "se hace cargo de esta prohibición de toda forma de discriminación arbitraria en el ámbito de las tratativas preliminares entre oferentes y demandante de trabajo, indicando con claridad las condiciones que no pueden considerarse en las ofertas de trabajo por ser estas discriminatorias". Hurtado, asimismo, aclaró a los diputados que en las ofertas de trabajo lo que hace la empresa es definir distintos criterios vinculados con el puesto de trabajo que se desea cubrir, "muchos de los cuales se estructuran con base en parámetros amplios, como, por ejemplo, que la persona tenga entre 5 y 10 años de experiencia, que tenga un título de duración de 10 semestres, que sea del área de las ciencias sociales, que se maneje en algún idioma... ". Añade que "a todo lo anterior se debe agregar lo que resulte del proceso de negociación entre las partes involucradas en las tratativas preliminares, lo que también puede implicar cambios en la suma que ofrecerá la empresa". De ahí que el representante de la CPC alertó sobre los desincentivos que se podrían activar con la aprobación de la reforma. "Establecer a nivel normativo la obligatoriedad de definir por parte de la empresa o del tercero que ofrece un empleo la remuneración que se pagará a la persona que, finalmente, acceda al puesto de trabajo podría implicar que se terminen ofreciendo remuneraciones y beneficios más bajos que los que realmente estaría dispuesta a ofrecer la empresa, lo que redundaría en la pérdida de posibilidades de atraer mejores talentos y generaría una pérdida de capacidad competitiva en cuanto a atraer mejores talentos en las micro, pequeñas y medianas empresas, las cuales no estarán en condiciones de competir con las remuneraciones ofrecidas por las empresas de mayor tamaño", dijo. Hurtado concluyó que "las finalidades perseguidas por ambos proyectos de ley... no se logran con una medida de estas características.
Es más, nos parece que podría ocurrir el efecto contrario". Tras la exposición del representante de la multigremial empresarial, el diputado de la comisión de Trabajo, Luis Cuello (PC), discrepó de las observaciones. "Él (Hurtado) ha planteado que acá se estaría imponiendo transparentar información del ámbito privado. En mi opinión, eso no es así, toda vez que la Dirección del Trabajo puede fiscalizar la etapa precontractual.
Significa que en esa etapa ya se configura lo que es característico del derecho del trabajo, que es la desigualdad de las partes, y la naturaleza protectora del derecho del trabajo que cautela a quien está en una posición inferior. El derecho del trabajo no es del ámbito privado, no es una relación de carácter civil, sino que es de una naturaleza distinta", señaló Cuello.
Advirtió en comisión de Trabajo de la Cámara de Diputados: CPC ve desincentivos en proyecto que transparenta sueldos de ofertas de empleo Alerta que propuesta de regulación implicaría que se terminen proponiendo remuneraciones más bajas, y se perderían talentos. J. P. PALACIOS La comisión de Trabajo de la Cámara de Diputados fijó el próximo 29 de septiembre como plazo para presentar indicaciones a los proyectos. JONATHAN MANCILLA CPC ve desincentivos en proyecto que transparenta sueldos de ofertas de empleo.