Resolución exenta número 2.295, de 2025.- Modifica resolución Nº 462 exenta, de 2007, en los términos que indica
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.155 Viernes 23 de Mayo de 2025 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2648883 MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Secretaría Regional Ministerial Región Metropolitana MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 462 EXENTA DE 2007, DE LA SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES DE LA REGIÓN METROPOLITANA, EN LOS TÉRMINOS QUE INDICA (Resolución) Núm. 2.295 exenta. - Santiago, 6 de mayo de 2025.
Vistos: La ley Nº 18.059 ; las resoluciones Nº 39, de 1992 y Nº 59, de 1985, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; los artículos 2,107 y 113 del DFL Nº 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito; el decreto supremo Nº 83, de 1985 y sus modificaciones, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, relativo a Redes Viales Básicas; resolución exenta Nº 462, de 23 de febrero de 2007, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana y sus modificaciones posteriores, que: “Establece en Vías de la Ciudad de Santiago Pistas de Uso Exclusivo para Vehículos que Indica”; la resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, y la demás normativa vigente que resulte aplicable.
Considerando: 1. - Que, mediante resolución exenta Nº 462 citada en Vistos, esta Secretaría Regional estableció, como medida de gestión de tránsito en la ciudad de Santiago, que determinadas pistas de uso exclusivo fueran utilizadas preferentemente para el transporte público remunerado de buses urbanos, estableciendo en su resuelvo segundo, un listado de otros tipos de vehículos y/o servicios que también podrían circular por aquellas vías, entre los que se cuentan los del literal f) de dicho resuelvo. 2.- Que, al aludido literal f) dice relación con los vehículos de las autoridades que menciona el inciso tercero del artículo 3 del DL Nº 799, de 1974, y sus respectivas escoltas, comprendiendo, entre otros, a Ministros de Estado, Subsecretarios, Contralor General de la República, Presidente, Ministros y Fiscal de la Corte Suprema y Presidentes de las Cortes de Apelaciones. 3.- Que, sin duda, el detalle de autoridades a que hace referencia la disposición citada del DL 799 de 1974, no agota a todas aquellas que, dada su alta investidura, requieren para un adecuado y oportuno cumplimiento de sus funciones, el contar con facilidades en sus desplazamientos vehiculares en la ciudad de Santiago, tales como, el Presidente de la República y los presidentes de ambas ramas del Congreso Nacional. 4.- Que, por lo anterior, resulta necesario sustituir el antes referido literal f) de manera de indicar de manera directa y concreta a todas las autoridades respecto de las cuales se pueda obtener una autorización para que los vehículos en que estas se trasladen, puedan circular en las pistas de uso exclusivo establecidas en la resolución exenta Nº 462, de 2007, citada en el Visto. 5.- Que, se debe tener presente, además, que algunas de dichas autoridades, por motivos de seguridad, son acompañadas por “vehículos escolta”, por lo que resulta del todo conveniente el extender también a dichos móviles la posibilidad de circular por estas pistas de uso exclusivo. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2648883 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Para acreditar la condición de los señalados vehículos, la institución a la cual pertenezcan dichas autoridades deberá remitir a esta Secretaría Regional una nómina con el detalle de dichos vehículos, la que deberá renovarse cada vez que exista una modificación de la misma. ” 2. - La presente resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial. Anótese y publíquese. - Rodrigo Ignacio de la Paz Valladares Marchant, Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones Región Metropolitana. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2648883 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl