INVERSIONES MAESTRO MATEO LIMITADA 76.306.407-7*
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 44.345 Sábado 10 de Enero de 2026 Página 1 de 2 Empresas y Cooperativas CVE 2752971 EXTRACTO CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría con asiento en la comuna de Lo Barnechea, CERTIFICO: Por escritura pública otorgada hoy ante mí, Repertorio número 7760-2025, comparecieron doña MARÍA LUZ ENDEIZA, domiciliada en la comuna de Lo Barnechea, Santiago; y don IGNACIO CELIS MONTT, domiciliado en la comuna de Santiago; y doña MARÍA LUZ CELIS ENDEIZA, doña MARÍA MACARENA CELIS ENDEIZA, don FRANCISCO CELIS ENDEIZA, don IGNACIO CELIS ENDEIZA y doña MARÍA AGUSTINA CELIS ENDEIZA, todos domiciliados en la comuna de Lo Barnechea, Santiago; quienes modificaron la sociedad “INVERSIONES MAESTRO MATEO LIMITADA”, inscrita a fojas 32.848 número 21.927 del Registro de Comercio del año 2013 del Conservador de Bienes Raíces y Comercio de Santiago, modificaron la sociedad en los siguientes términos: Los socios doña María Luz Endeiza y don Ignacio Celis Montt vendieron, cedieron y transfirieron la totalidad de sus derechos sociales en la sociedad, poniendo término a su participación como socios, ingresando como únicos socios doña María Luz Celis Endeiza, doña María Macarena Celis Endeiza, don Francisco Celis Endeiza, don Ignacio Celis Endeiza y doña María Agustina Celis Endeiza, cada uno con un veinte por ciento de los derechos sociales.
En virtud de lo anterior, los actuales y únicos socios de “INVERSIONES MAESTRO MATEO LIMITADA”, doña María Luz Celis Endeiza, doña María Macarena Celis Endeiza, don Francisco Celis Endeiza, don Ignacio Celis Endeiza y doña María Agustina Celis Endeiza, acordaron modificar la sociedad en los siguientes términos: Se amplia el objeto social, reemplazándose el artículo segundo de los estatutos sociales, por la siguiente: “ARTICULO SEGUNDO: La Sociedad tiene por objeto: a) La adquisición a cualquier título y la inversión pasiva de toda clase de bienes, es decir, con fines puramente rentísticos y que no involucre la producción de bienes ni la prestación de servicios, y con miras a obtener frutos civiles o rentas de dichos bienes y a enajenarlos, con el mismo propósito indicado, ya sean: bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como, acciones, bonos, debentures, fondos mutuos y de inversión, derechos en sociedades y asociaciones o cuentas en participación y, en general, en cualquier valor mobiliario, título de crédito e instrumento mercantil o valores mobiliarios, sin que la enumeración anterior sea restrictiva; b) La percepción, inversión y reinversión de los frutos y rentas que se obtengan de las actividades indicadas en la letra precedente, en cualquier clase de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, títulos de crédito, efectos de comercio o valores mobiliarios, para continuar desarrollando el giro social; c) La prestación de servicios profesionales, en el área de la medicina, investigación científica, epidemiología e investigaciones, análisis e informes relacionados; d) La prestación de servicios de transporte terrestre dentro del país, prestados directamente por la sociedad, es decir, sin intervención de terceros que presten los mismos servicios, y de carga ajena, consistentes en todo tipo de documentos, incluyendo los relacionados con los servicios indicados en la letra c) precedente; y los demás servicios directamente relacionados con los indicados en esta letra; e) La Sociedad podrá celebrar contratos y prestar servicios a compañías de seguros, reaseguradoras u otras entidades relacionadas, exclusivamente respecto de seguros vinculados a contenedores, carga y transporte de mercancías, tales como asesoría, gestión, monitoreo o tramitación de seguros, siempre que dichas actividades no constituyan intermediación de seguros conforme a la legislación vigente; y, f) En general, celebrar los actos y contratos que los socios acuerden, que sean necesarios para el cumplimiento de los fines sociales.
” / Se modifica el capital social, reemplazándose el artículo quinto de los estatutos sociales por la siguiente: “ARTICULO QUINTO: El capital de la Sociedad es la suma de $4.996.565. - pesos, que los socios o sus antecesores aportaron de la siguiente forma: a) MARÍA LUZ CELIS ENDEIZA aporta la suma de $999.313. - pesos, pagado con anterioridad a este acto y según consta en la escritura de constitución de la Sociedad; b) doña MARÍA MACARENA CELIS ENDEIZA aporta la suma de $999.313. - pesos, pagado con anterioridad a este acto y según consta en la escritura de Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2752971 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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” / Se modifica la administración de la sociedad, reemplazándose el artículo séptimo de los estatutos sociales por la siguiente: “ARTICULO SEPTIMO: El uso de la razón social y la administración de la Sociedad corresponderá a tres cualesquiera de los socios, quienes, actuando conjuntamente, podrán actuar con todas y cada una de las facultades que se señalan en la escritura extractada. ” / Duración: La sociedad tiene la duración y prórroga automática establecidas en su escritura de constitución. En todo lo no modificado, permanecen vigentes las demás estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 23 de diciembre de 2025. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2752971 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl