Resolución exenta número 11.136, de 2025.- Modifica resolución exenta N° 2.519/2019 que crea el Sistema Nacional de Control Predial para Establecimientos Pecuarios
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.346 Lunes 12 de Enero de 2026 Página 1 de 3 Normas Generales CVE 2750474 MINISTERIO DE AGRICULTURA Subsecretaría de Agricultura / Servicio Agrícola y Ganadero / Dirección Nacional MODIFICA RESOLUCIÓN EXENTA N 2.519/2019 QUE CREA EL SISTEMA NACIONAL DE CONTROL PREDIAL PARA ESTABLECIMIENTOS PECUARIOS EN EL SENTIDO QUE INDICA (Resolución) Núm. 11.136 exenta. - Santiago, 22 de diciembre de 2025.
Vistos: La Ley N 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; el DFL RRA N 16, de 1963, sobre Sanidad y Protección Animal; la Ley N 20.380, sobre Protección Animal; la Ley N 18.755, orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; el DFL RRA N 16, de 1963, sobre Sanidad y Protección Animal; la Ley N19.162 establece Sistema Obligatorio de Clasificación de ganado, tipificación y nomenclatura de sus carnes y regula funcionamiento de mataderos, frigoríficos y establecimientos de la industria de la carne; el decreto Nº 564 de 1961 que deroga el decreto que indica y establece medidas sanitarias para el combate de la brucelosis; decreto Nº 389 de 2014 que establece enfermedades de declaración obligatoria para la aplicación de medidas sanitarias y deroga decretos que indica; decreto N 25, de 2005, que aprueba el Reglamento de Productos Farmacéuticos de Uso Exclusivamente Veterinario; decreto N 28 que aprueba Reglamento sobre Protección de los Animales que provean de carne, pieles, plumas y otros productos al momentos de beneficio en establecimientos industriales; decreto N 29 que aprueba Reglamento sobre protección de los animales durante su producción industrial, su comercialización y en otros recintos de mantención de animales; decreto N 30 que aprueba Reglamento sobre protección del ganado durante el transporte; decreto Nº 4 de 2016 sobre Reglamento de alimentos para animales; decreto N 183, de 2025, del Ministerio de Agricultura, que establece orden de subrogación de la Dirección Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero; las resoluciones exentas N 6.774, que actualiza el programa oficial de trazabilidad animal, N 8.202, que establece sistema de identificación y registro de los animales de la especie bovina y Nº 8.203 que establece requisitos para la trazabilidad en aves de producción industrial y porcinos, ambas de 2015, Nº 7.902, de 2017, que establece requisitos para la trazabilidad en ovinos y caprinos, N 4.254, de 2017, que crea el sistema de control oficial de comercialización y uso de anabólicos con fines de promoción del crecimiento en bovinos, todas del Servicio Agrícola y Ganadero; resolución exenta Nº 1.151 de 2005 que establece medida sanitaria para la erradicación de brucelosis bovina; resolución exenta Nº: 2.313/2022 actualiza vigilancia de brucelosis bovina y derogase la resolución exenta N 1.129 del 16 de febrero de 2018; resolución exenta Nº 1.503 de 2015 que establece pruebas oficiales para el diagnóstico de la brucelosis en el marco del programa nacional de erradicación y deroga resolución 6.552 de 2013; resolución exenta Nº 4.516 de 2016 que dispone obligación de remitir información que indica respecto a los productos biológicos utilizados en el marco de los programas oficiales de brucelosis bovina y tuberculosis bovina; resolución exenta Nº 2.762 de 2011 que establece control obligatorio y medidas sanitarias para el control y erradicación de tuberculosis bovina y sus modificaciones posteriores; resolución exenta Nº 3.138 de 1999 que establece requisito de habilitación para establecimientos de producción pecuaria que deseen exportar animales o sus productos a Chile; la resolución exenta N 2.114/2023 Crea sistema oficial de bioseguridad en establecimientos pecuarios; resolución exenta Nº 2.519/2019, que crea el sistema nacional de control predial para establecimientos pecuarios; y la resolución N 36, de 2024, de la Contraloría General de la República; Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2750474 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.346 Lunes 12 de Enero de 2026 Página 2 de 3 Considerando: 1. Que es obligación del Servicio Agrícola y Ganadero la mantención del patrimonio zoosanitario de sus animales. 2.
Que Chile cuenta con una ubicación geográfica privilegiada que le permite poseer una condición zoosanitaria de excelencia, la que se ha mantenido en el tiempo a través de la implementación de los diferentes planes y programas oficiales establecidos por el Servicio Agrícola y Ganadero, convirtiéndolo en un país sanitariamente competitivo en diferentes mercados. 3.
Que, el Servicio tendrá por objeto contribuir al desarrollo silvoagropecuario del país, mediante la protección, mantención e incremento de la salud animal y vegetal; la protección y conservación de los recursos naturales renovables que inciden en el ámbito de la producción agropecuaria del país y el control de insumos y productos agropecuarios sujetos a regulación en normas legales y reglamentarias. 4. Que el Servicio Agrícola y Ganadero, en adelante el Servicio, es la autoridad encargada de certificar animales y productos primarios de origen pecuario para consumo humano para la exportación. 5. Que el Servicio tiene definidos los requisitos de importación de animales, productos y subproductos de origen pecuario. 6. Que, el Servicio debe disponer de la información del estatus sanitario de los animales y la trazabilidad de la cadena alimentaria. 7. Que el Servicio debe comunicar de manera oportuna los eventos sanitarios o riesgos de inocuidad en el menor tiempo posible. 8.
Que, el empleo de normas de bioseguridad ayuda a mantener el estado sanitario de los predios, mediante la prevención del ingreso y la diseminación de nuevas enfermedades que pueden ser introducidas y transmitidas de forma directa y/o indirecta. 9.
Que es necesario contar con una herramienta que permita integrar y sistematizar la información generada a nivel predial, producto de la aplicación de la normativa nacional vigente y de los programas oficiales del Servicio, respaldando las actividades de inspección y certificación, a fin de garantizar los requisitos para la exportación pecuaria. La sistematización de esta información aumentará la eficiencia y eficacia de la aplicación de los programas oficiales, entregando un mejor servicio a los usuarios. Resuelvo: 1. Se modifica la resolución exenta N 2.519/2019, que crea el Sistema Nacional de Control Predial para Establecimientos Pecuarios, de acuerdo a lo siguiente: A.
Se Reemplaza el resuelvo N 3 por el siguiente: 3. - Los titulares deben mantener actualizada la información ante el Servicio o a través del Sistema de Información Pecuaria Oficial (SIPEC Web), conocer y cumplir los requisitos de los siguientes programas pecuarios del SAG: 3.1. - Alimentación animal. 3.2. - Bienestar animal. 3.3. - Control de comercialización y uso de anabólicos con fines de promoción del crecimiento en bovinos. 3.4. - Control oficial de enfermedades. 3.5. - Control de residuos. 3.6. - Notificación de sospecha de enfermedades. 3.7. - Tenencia y uso de medicamentos veterinarios. 3.8. - Trazabilidad animal. 3.9. - Sistema Oficial de Bioseguridad en establecimientos pecuarios. B. Se Agrega Resuelvo N 7, nuevo, con lo siguiente: 7. Las infracciones a las normas de la presente resolución serán sancionadas de acuerdo al procedimiento establecido en la Ley Nº 18.755. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2750474 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.346 Lunes 12 de Enero de 2026 Página 3 de 3 2. En lo no modificado, rige plenamente lo establecido en la resolución exenta Nº 2.519/2019, ya individualizada. 3. La presente resolución regirá a contar de la fecha de su publicación en el Diario Oficial. Anótese, comuníquese y publíquese. - Óscar Humberto Camacho Inostroza, Director Nacional (S) Servicio Agrícola y Ganadero. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2750474 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl