SOCIEDAD PESQUERA ARTESANAL ANDALUCIA LIMITADA
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 44.429 Lunes 20 de Abril de 2026 Página 1 de 2 Empresas y Cooperativas CVE 2799488 EXTRACTO SOCIEDAD PESQUERA ARTESANAL ANDALUCIA LIMITADADANIEL ÁLVAREZ SOZA, Notario Público de LEBU, con oficio en esta ciudad, calle Alcázar 189-B, certifica: por escritura pública de fecha 15 de abril del 2026, ante mí, JUAN ALONSO LÓPEZ ESCOBAR, pescador artesanal y armador pesquero artesanal, casado, domiciliado en la comuna de Lebu, camino playa Millaneco número dos mil cuarenta, cédula nacional de identidad y rol único tributario número cinco millones cuatrocientos doce mil setecientos setenta y cuatro guion K, y JUAN ANDRÉS LÓPEZ NÚÑEZ, pescador artesanal y armador pesquero artesanal, casado, cédula nacional de identidad y rol único tributario número catorce millones cuatro mil ciento once guion cuatro, domiciliado en la comuna de Lebu, camino playa Millaneco número dos mil Diez, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada.
Razón social: “SOCIEDAD PESQUERA ARTESANAL ANDALUCIA LIMITADA”, pudiendo indistintamente usar la abreviación “Ltda.”.- La sociedad podrá usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualquier otro organismo público o privado con el nombre de fantasía “ANDALUCIA LIMITADA.”. Objeto: El objeto o giro de la sociedad será: dedicarse a todas las actividades relacionadas con la captura, procesamiento, manipulación, comercialización, exportación e importación de productos del mar; incluyendo la investigación, evaluación, planificación, prospección, exportación, experimentación y desarrollo de los recursos hidrobiológicos en general, respecto de toda clase de seres u organismos que tengan en el agua su medio normal de vida; la pesca marítima, lacustre y fluvial de toda clase de seres u organismos y, en especial, pescados, Krill, mariscos y algas, con embarcaciones y útiles propios o ajenos; la adquisición y venta de toda clase de embarcaciones destinadas a la pesca y su aprovechamiento, a cualquier título; la utilización y explotación, a cualquier título, de plantas y maquinaria para la industrialización, elaboración y preparación de los productos del mar y los subproductos de la propia industria, tanto en el país como en el extranjero; la instalación y explotación de muelles, viveros, centros de cultivo y toda obra relacionada con la industria pesquera y conservera; la obtención de concesiones fiscales, marítimas y municipales destinadas al desarrollo del objeto social; la explotación del transporte marítimo y terrestre en todas sus formas, solicitar para sus embarcaciones registros pesqueros artesanales y pesquerías de todo tipo de especies hidrobiológicas, ante las autoridades competentes, sea Servicio Nacional de Pesca o Subsecretaria de Pesca, dependiente del Ministerio de Economía; y cualquier otro acto o negocio licito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la comuna de Lebu, sin perjuicio de las agencias o sucursales que la sociedad acuerde establecer en otros puntos del país o del extranjero.
Administración, representación, y uso de la razón social, de la compañía corresponderá CONJUNTA O SEPARADAMENTE a don JUAN ALONSO LÓPEZ ESCOBAR y a don JUAN ANDRÉS LÓPEZ NÚÑEZ, quienes actuarán en calidad de administradores estatutarios, con las más amplias facultades, y sin limitación alguna, debiendo anteponer su firma a la razón social. Facultades escritura extractada.
Capital: El capital de la sociedad es la suma de veinte millones de pesos, que se paga por los socios en la forma y proporciones que se indican a continuación: don JUAN ALONSO LÓPEZ ESCOBAR, aporta en dominio, la suma de diez millones de pesos que paga en este acto, de contado y en dinero efectivo, suma que ingresa en arcas sociales; y don JUAN ANDRÉS LÓPEZ NÚÑEZ aporta en dominio, la suma de diez millones de pesos que paga en este acto, de contado y en dinero efectivo, suma que ingresa en arcas sociales. - Socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes.
Los socios acuerdan que las utilidades y pérdidas y todo otro derecho de los socios, incluso en el evento de liquidación de esta sociedad, y para todos los efectos que en derecho correspondan, se repartirán y soportarán entre los socios en la siguiente proporción: a) cincuenta por ciento para el socio don JUAN ALONSO LÓPEZ ESCOBAR; y b) cincuenta por ciento para el socio don JUAN ANDRÉS LÓPEZ NÚÑEZ. - Duración: cinco años, contados desde pacto social, plazo renovará Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2799488 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.429 Lunes 20 de Abril de 2026 Página 2 de 2 tácita, automática y sucesivamente períodos iguales si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término en forma que da cuenta pacto social. - En caso de fallecimiento de algún socio la sociedad no se disuelve, continuando con él otro socio y con quienes sucedan al socio fallecido, los que, para estos efectos, se harán representar por un mandatario común, el que no tendrá injerencia alguna en la administración ni en el uso de la razón social, la que se radicará íntegramente y sin limitación alguna en la persona del otro socio. - Demás estipulaciones escritura extractada. Lebu, 16 de abril de 2026. Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2799488 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl