La Contraloría cuestiona los CEOL otorgados en Quillagua y Ascotán
La Contraloría cuestiona los CEOL otorgados en Quillagua y Ascotán ANTOFAGASTA. Objeta los mecanismos de asignación, la falta de fundamentación y debilidades administrativas de los Contratos Especiales de Operación de Litio. Cristián Venegas M. cvenegasmercuriocalama. cl a Contraloría extendió L sus cuestionamientos a varios contratos de litio impulsados enla Región de Antofagasta configurando un escenario de incertidumbre para el desarrollo de nuevos proyectosbajo participación privada. Entre los casos observados se encuentran iniciativas en Quillagua Este, Quillagua Norte y el salar de Ascotán, todos vinculados a Contratos Especiales de Operación de Litio (CEOL) promovidos en el marco de la Estrategia Nacional. Uno de los casos correspondea Quillagua Este, comuna de María Elena, dondeel organismo resolvió no dar curso al decreto que autorizaba un contrato con la empresa Quillagua Minerals. El dictamen, fechado el 16 de enero de 2026, detectó inconsistencias legales en el procedimiento utilizado, especialmente por basarse en un "mecanismo simplificado" quenoseajustaalanormativa constitucional. En la misma línea, la Contraloría cuestionó el proceso de asignación de contratos en Quillagua Norte, donde se objetó la adjudicación directa a Llamara Group sin una justificación suficientemente fundada. El organismo advirtió que, si bien este mecanismo puede estar contemplado en la nor1. CY) DE LA IMPLEMENTACIÓN DE LA ESTRATEGIA NACIO! mativa, su aplicación requiere una motivación clara, lo que nose habría cumplido en este caso, abriendo la discusión sobrelanecesidad de recurrira li citaciones públicas. Aeestos reparos se suma el caso del salar de Ascotán(Ollaile), dondela Contraloría también objetó la tramitación de un contrato vinculado a un proyecto conjunto entre Codelco y la empresa Quiborax.
Entre las observaciones, seindicó que no se habría cumplido con el control previo de legalidaden! a constitución dela sociedad encargada del desarrollo del proyecto, lo que rrollo del proyecto, lo que constituye un requisito obligatorioeneste tipo de iniciativas.
SOBRE SUS ATRIBUCIONES Entérminos generales, el ente contralor ha reiterado que la explotación del litio, al tratarse de un recurso no concesible, debe regirse por condicionesfijadas exclusivamente por el Presidente de la República mediante decreto supremo.
Enesemarco, concluyó queni el Comité del Litio y Salares ni elMinisterio de Minería tienen atribuciones para establecer procedimientos o criterios de selección deempresas, uno de los puntos críticos detectados y INAL DEL LITIO SE VE NUEVAMENTE BAJO CUESTIONAMIENTO. INAL DEL LITIO SE VE NUEVAMENTE BAJO CUESTIONAMIENTO. en estos procesos.
Las observaciones también abarcan aspectos como! la falta de fundamentación en la elección delas empresas, cláusulas contractuales consideradasimprocedentes, como prórrogas indefinidas, y debilidadesenla gobernanza de los proyectos, incluyendo la ausencia de participación formal del Estadoen instancias clave. Este conjunto dereparos configura unaseñal de mayor exigencia regulatoria que podría obligar a rediseñar parte de la Estrategia Nacional del Litio, especialmente en su componente de desarrollocon inversionistas privados. 03 inversionistas privados. 03.