Autor: Eduardo Elgueta Paz La Estrella
Corte ordena al Serviu restituir subsidio a usuario discapacitado
Corte ordena al Serviu restituir subsidio a usuario discapacitado a Corte de Apelaciones un recurso de protección y ordenó al Servicio de Vivienda y Urbanismo (Serviu) dejar sin efecto la resolución que revocó el subsidio habitacional otorgado a un beneficiario que padece una patología mental. El tribunal concluyó que la decisión del organismo público fue ilegal y arbitraria, al configurar una situación de discriminación que afecta los derechos y la participación efectiva de una persona con discapacidad. El fallo, adoptado de forma unánime por la Primera Sala del tribunal de alzada analizó los antecedentes médicos del beneficiario, quien presenta discapacidad psíquica o mental de un 70% desde 2009.
Según la resolución, pese a contar con antecedentes claros sobre la condición de salud del afectado -que incluye comportamientos antisociales y dificultades para salir de su Lde Antofagasta acogió domicilio-, la administración basó su decisión en conclusiones de una fiscalización que el propio tribunal calificó como ambiguas, sin adoptar medidas adecuadas para garantizar la inclusión y participación del beneficiario.
El tribunal también advirtió que la decisión de revocar el subsidio expuso al beneficiario a una situación de vulnerabilidad, al privarlo de un beneficio habitacional sin considerar su condición de salud ni los estándares reforzados de protección establecidos por el ordenamiento jurídico.
Desde Serviu en la región de Antofagasta, su director, Víctor Gálvez, precisó que la sentencia corresponde a una resolución de primera instancia "La sentencia fue notificada a nuestro servicio hace dos días y actualmente nos encontramos analizando en detalle sus alcances junto a nuestro equipo jurídico, con el fin de determinar los pasos a seguir", indicó.
Asimismo, explicó que CONVE LEA PELA CIONES DE ANTOFA GASTA Z la decisión del servicio se basó en antecedentes revisados conforme a los procedimientos establecidos en el Decreto Supremo Nº49 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
No obstante, señaló que el beneficiario continúa utilizando el inmueble. @ 2828 70% de discapacidad acreditada, tiene el beneficiario del subsidio habitacional que Serviu había revocado. 21331 Es la ley que pugna con la Convención sobre las Personas con Discapacidad, que citó el tribunal de alzada. Autor: Eduardo Elgueta Paz La Estrella.
Acogió recurso de protección y le ordenó al Servicio dejar sin efecto resolución que revocó el beneficio. 70% de discapacidad acreditada, tiene el beneficiario del subsidio habitacional que Serviu había revocado. 21331 Es la ley que pugna con la Convención sobre las Personas con Discapacidad, que citó el tribunal de alzada. EN FALLO UNÁNIME, LA PRIMERA SALA DEL TRIBUNAL DE ALZADA ESTABLECIÓ EL ACTUAR ARBITRARIO.