Resolución exenta número 36, de 2026.- Declara libre de Mosca del Mediterráneo (Ceratitis capitata W.) el área cuarentenada para el mercado de China
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.357 Viernes 23 de Enero de 2026 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2757810 MINISTERIO DE AGRICULTURA Subsecretaría de Agricultura / Servicio Agrícola y Ganadero / Región Metropolitana DECLARA LIBRE DE MOSCA DEL MEDITERRÁNEO (CERATITIS CAPITATA W. ) EL ÁREA CUARENTENADA PARA EL MERCADO DE CHINA (Resolución) Núm. 36 exenta. - Santiago, 9 de enero de 2026.
Vistos: Lo dispuesto en la ley N 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero, modificada por la ley N 19.283, y sus modificaciones posteriores; ley N 18.575, de Bases Generales de la Administración del Estado; lo dispuesto en la ley N 19.880 que Establece Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; decreto con fuerza de ley N 29, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N 18.834 ; lo dispuesto en el decreto ley N 3.557, de 1980, sobre Protección Agrícola; resolución N 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; resolución N 3.513, de 1995, que declara a Chile como país libre de la Mosca del Mediterráneo (Ceratitis capitata Wied), modificada por la resolución N 1.095, de 2000, ambas de la Dirección Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero; la resolución exenta N 829, de fecha 7 de marzo de 2025, que estableció las regulaciones cuarentenarias y el área cuarentenada; las resoluciones exentas N 1.208, de fecha 16 de abril de 2025, y N 2.179, de fecha 11 de julio de 2025, que establece nueva área de regulaciones cuarentenarias en la comuna de Las Condes, para el mercado de China, de 27.2 km de radio, todas de la Dirección Regional Metropolitana del Servicio Agrícola y Ganadero, y la resolución exenta RA 240/1352, de 22 de agosto de 2025, que establece orden de subrogancia del cargo de Director Regional Metropolitano a Juan Valenzuela Espinoza. Considerando: 1.
Que el Servicio Agrícola y Ganadero, en cumplimiento de las resoluciones exentas N 829, de fecha 7 de marzo de 2025, N 1.208, de fecha 16 de abril de 2025, y N 2.179, de fecha 11 de julio de 2025, todas de la Dirección Regional Metropolitana, han aplicado todas las medidas fitosanitarias correspondientes en el área cuarentenada, de la comuna de Las Condes por un periodo equivalente a tres ciclos biológicos teóricos de la plaga, sin detectar la ocurrencia de nuevas capturas o estados inmaduros. 2.
Que de acuerdo al modelo de días grados utilizados por el Servicio Agrícola y Ganadero para estimar los ciclos biológicos teóricos del insecto, el día 8 de enero de 2026 se han cumplido los tres ciclos biológicos después de la última captura detectada en el área cuarentenada el día 24 de julio de 2025, periodo requerido por el mercado de China, para declarar la erradicación de la plaga y suspender regulaciones cuarentenarias en el área cuarentenada de la comuna de Las Condes. Resuelvo: 1.
Declárese libre de la plaga Mosca del Mediterráneo (Ceratitis capitata Wied), el área cuarentenada de la comuna de Las Condes, de la Provincia de Santiago, Región Metropolitana, y suspéndase la disposición de las medidas fitosanitarias establecidas para la erradicación del brote de Mosca del Mediterráneo (Ceratitis capitata Wied), y Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2757810 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Deróguense las resoluciones exentas N 829, N 1.208 y N 2.179, de la Dirección Regional del Servicio Agrícola y Ganadero, que estableció las regulaciones cuarentenarias y el área cuarentenada en la comuna de Las Condes, y aplíquese lo dispuesto en la resolución N 3.513, de 1995, que declara a Chile como país libre de la plaga Mosca del Mediterráneo (Ceratitis capitata Wied), modificada por la resolución 1.095, de 2000, ambas de la Dirección Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero. Anótese, comuníquese y publíquese. - Juan Miguel Valenzuela Espinoza, Director Regional (S), Servicio Agrícola y Ganadero Región Metropolitana de Santiago. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2757810 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl