Decreto exento número 43, de 2026.- Declara Monumento Nacional, en la Categoría de Zona Típica o Pintoresca, la Población Domingo Santa María, comuna de Independencia, Región Metropolitana de Santiago
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.405 Viernes 20 de Marzo de 2026 Página 1 de 4 Normas Generales CVE 2781766 MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO Subsecretaría del Patrimonio Cultural DECLARA MONUMENTO NACIONAL, EN LA CATEGORÍA DE ZONA TÍPICA O PINTORESCA, LA POBLACIÓN DOMINGO SANTA MARÍA, COMUNA DE INDEPENDENCIA, REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO Núm. 43 exento. - Santiago, 6 de marzo de 2026.
Visto: Lo dispuesto en los artículos 32 Nº 6 y 35 de la Constitución Política de la República, cuyo texto fue refundido, coordinado y sistematizado por el decreto supremo Nº 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; en el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el artículo 3º Nº 25 de la Ley Nº 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; en la ley Nº 17.288 que legisla sobre Monumentos Nacionales, modifica las leyes Nº 16.617 y Nº 16.719, deroga el decreto ley Nº 651, de 17 de octubre de 1925; en el decreto supremo Nº 11, de2018, que modifica el decreto supremo Nº 19, de 2001, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; en acta de sesión extraordinaria de fecha 4 de febrero de 2026 del Consejo de Monumentos Nacionales; en la resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República; y en los antecedentes que obran en el expediente de declaratoria. Considerando: 1. Que, la solicitud de declaratoria de la Zona Típica o Pintoresca, de la Población Domingo Santa María, fue presentada por el Sr. Claudio Salas y por la Sra. Carolina Acevedo, de la Agrupación de Vecinos Población Domingo Santa María, mediante carta de 20.10.2021. 2.
Que, el área a declarar corresponde a un conjunto habitacional de influencia formal moderna, construido por instrucción de la Caja de Empleados Particulares (EMPART). Se emplaza a lo largo de la avenida Domingo Santa María, entre las avenidas Vivaceta e Independencia. El conjunto fue construido mayoritariamente durante la primera mitad de la década de los cuarenta y mantiene un uso principalmente residencial. 3.
Que, a través de la revisión de diversas cartografías históricas, es posible identificar la incorporación progresiva del norte del río Mapocho al tejido urbano, pasando de una ocupación más discontinua a una trama cada vez más estructurada. En esta evolución destacan dos corredores que organizan el sector.
En primer lugar, está la avenida Independencia, eje histórico de acceso a la ciudad, que en sus inicios se configuracomo una variante sur del Camino del Inca, luego Camino de Chile y posteriormente reconocida como La Cañadilla. En segundo lugar, está la avenida Fermín Vivaceta, cuyo trazado se reconoce desde el siglo XIX como Camino de Las Hornillas, consolidándose luego como corredor complementario y articulador del crecimiento hacia el norte. En la década de los 30, la planificación urbana moderna reforzó esta lógica de estructura vial y continuidad urbana.
En ese marco, resulta clave el eje Domingo Santa María como articulación oriente-poniente del norte de la entonces comuna de Santiago: un sistema proyectado a partir de tramos preexistentes, que se enlaza mediante la calle San José con Profesor Zañartu (ex Avenida del Panteón), estableciendo una conexión transversal respecto de los grandes corredores norte-sur del sector. Directora (S): Pamela Urra Sepúlveda Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2781766 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.405 Viernes 20 de Marzo de 2026 Página 2 de 4 4. Que, en la Población Domingo Santa María se repite un sistema constructivo homogéneo basado en muros de albañilería confinada con fundaciones corridas. En el interior, se reconocen elementos como tabiquería rellena de tierra cruda junto a entrepisos de entablado de madera. El primer piso suele estar ligeramente elevado respecto del nivel de la calle, lo que genera un entrepiso ventilado mediante troneras.
A nivel de imagen, el conjunto muestra fachadas carentes de ornamentación, vanos horizontales, accesos mediante zaguán y cubiertas a dos aguas ocultas tras el antetecho, con antejardines que marcan la transición entre la calle y la vivienda.
En términos tipológicos, la población cuenta con una base homogénea, particularmente en los centros de manzana, es decir, todos los inmuebles que no son esquina, donde se repite un repertorio acotado de tipologías que varían en términos puntuales.
En cambio, las mayores variaciones se concentran en los inmuebles ubicados en las esquinas: se aumenta la expresividad formal y se resuelven los remates del trazado en términos de las dimensiones del loteo, sin perder la unidad general del barrio. Los detalles representativos del conjunto se concentran en elementos de acceso y remates: marquesinas, zaguanes y elementos formales como planos curvos en encuentros de muros. En la mayor parte de los tipos arquitectónicos se reitera el bajorrelieve horizontal en fachada, que une visualmente los vanos de ventanas, generando franjas horizontales. También existen algunos recursos puntuales como ojos de buey, junto a elementos funcionales visibles como portabanderas integrados a la fachada y bajadas de aguas lluviaoriginales que se conservan en la mayoría de los inmuebles. 5. Que, los atributos que presenta la Zona Típica o Pintoresca y que se reconocen por el Consejo de Monumentos Nacionales, son los siguientes: Eje Domingo Santa María en su rol de articulación vial del conjunto. Plaza Cádiz como espacio público central y articulador de la población, dividida en dos paños por la Av. Domingo Santa María y con presencia de vegetación y mobiliario original representativo de la comuna de Santiago. Cité ubicado en el sector sur de la Plaza Cádiz.
De las edificaciones: - Fachadas continuas, tras antejardín. - Influencia formal racionalista. - Inmuebles de uno y dos niveles. - Sistema constructivo en base a muros perimetrales, albañilería confinada y tabiquería rellena de tierra cruda. - Morfología de techumbre plana, tras el antetecho. - Zaguanes de acceso. - Vanos de ventanas de proporción horizontal. - Línea de bajorrelieve horizontal en fachada sobre vanos de ventanas. - Ojos de buey. - Balcones. - Planos curvos. - Marquesina sobre vanos de acceso. - Elementos originales de fachada: bajadas de aguas lluvia y portabanderas. 6.
Que, como valores que sustentan la solicitud de declaración como Zona Típica o Pintoresca, el Consejo de Monumentos Nacionales reconoce específicamente los siguientes: La Población Domingo Santa María es testimonio del proceso de modernización urbana del siglo XX en el sector norte de Santiago y de la transición del sector históricamente reconocido como La Chimba como periferia a su consolidación residencial, a partir de su incorporación progresiva a la ciudad formal.
El conjunto da cuenta de mecanismos institucionales de acceso a la vivienda asociados a la Caja de Previsión de Empleados Particulares (EMPART), denotando un momento en que la previsión social contribuyó a la estabilidad habitacional y consolidación de la clase media. Constituye un ejemplo representativo de planificación urbana y residencial, con una morfología coherente y clara jerarquía de calles y pasajes que favorecen la vida comunitaria. Se destaca la Plaza Cádiz como pieza central organizadora, cuyo rol ha favorecido la sociabilidad cotidiana e identidad local del conjunto. Directora (S): Pamela Urra Sepúlveda Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2781766 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.405 Viernes 20 de Marzo de 2026 Página 3 de 4 La Población se caracteriza por tener un lenguaje arquitectónico con influencia formal racionalista, carencia de ornamentación y de carácter moderno. La obra del arquitecto Guillermo Schneider mediante criterios funcionales, sostiene la unidad formal y material con variaciones controladas en cuanto a sus tipologías según calles, pasajes y esquinas, integradas a una escala barrial. La continuidad generacional de sus habitantes ha favorecido la consolidación de lazos vecinales y prácticas de vida barrial.
Las actividades colectivas, la vida cotidiana compartida y el comercio de proximidad sostienen un tejido social activo y una capacidad organizativa que ha contribuido al resguardo del carácter residencial del barrio por parte de la propia comunidad. 7.
Que, para la presente declaratoria se consultó la opinión a la Municipalidad de Independencia, que mediante Ord. 1080 de fecha 03.12.2025, suscrito por don Agustín Iglesias Muñoz, alcalde, quien remite una respuesta favorable, condicionada a la no incorporación de la franja de solera hacia la avenida Vivaceta en el polígono de protección.
A su vez, a través de la resolución exenta Nº 756 del 02.10.2025, de la Secretaría Técnica del Consejo de Monumentos Nacionales, publicada en el Diario Oficial el 30.10.2025, se dispuso a recabar la opinión de propietarios.
En ese marco, se recibieron 120 respuestas vinculadas a 75 inmuebles del polígono, de las cuales 40 se consideran válidas (23% de un total de 171 predios); 38 de ellas favorables (95%) y 2 desfavorables (5%). El criterio para determinar las respuestas válidas fue establecido mediante la revisión del listado de propietarios disponible en las bases de datos del Servicio de Impuestos Internos (SII), las cuales fueron comparadas con quienes firmaban las consultas de opinión ingresadas al CMN. 8.
Que, en sesión extraordinaria de fecha 04.02.2026, el Consejo de Monumentos Nacionales, acordó aprobar la solicitud de declaración y pedir a la Ministra de las Culturas, las Artes y el Patrimonio la dictación del decreto que declare Monumento Nacional, en la categoría de Zona Típica o Pintoresca, la Población Domingo Santa María, Comuna de Independencia, Región Metropolitana de Santiago, incorporando a dicho decreto el plano de límites oficial Nº 9-2026.
Decreto: Artículo primero: Declárese Monumento Nacional en la categoría de Zona Típica o Pintoresca, la Población Domingo Santa María, Comuna de Independencia, Región Metropolitana de Santiago, individualizada y graficada según plano de límites oficial Nº 9-2026, el cual se adjunta, estableciendo un área protegida de 58.669 m², en los siguientes términos: DESCRIPCIÓN DEL ÁREA DE PROTECCIÓN Tramo Descripción Límite norte, línea proyectada desde solera oriente de Av.
Fermín Vivaceta por 1 - 2 fondos de predio. 2 - 3 Límite nororiente, línea proyectada por deslinde de predio. 3 - 4 Límite norponiente, línea proyectada por fondo de predio. 4 - 5 Límite oriente, línea proyectada por deslinde de predio. 5 - 6 Límite norte, línea proyectada por línea oficial. Límite oriente, línea proyectada desde línea oficial, cruzando Av.
Domingo Santa 6 - 7 María por deslinde de predio hasta fondos de predio. 7 - 8 Límite sur, línea proyectada por fondos de predio. 8 - 9 Límite oriente, línea proyectada por deslinde de predio. 9 - 10 Límite sur, línea proyectada por fondo de predio. 10 - 11 Límite oriente, línea proyectada por fondos de predio. 11 - 12 Límite sur, línea proyectada por deslinde de predio. Directora (S): Pamela Urra Sepúlveda Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2781766 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.405 Viernes 20 de Marzo de 2026 Página 4 de 4 DESCRIPCIÓN DEL ÁREA DE PROTECCIÓN Tramo Descripción Limite oriente, línea proyectada por deslinde de predio hasta la línea oficial de la 12 - 13 calle San Luis. 13 - 14 Límite sur, línea proyectada por línea oficial de calle San Luis. Límite poniente, línea proyectada desde la línea oficial de la calle San Luis por 14 - 15 fondos de predio. Límite sur, línea proyectada por fondos de predio hasta solera oriente de Av. 15 - 16 Fermín Vivaceta. Límite poniente, línea proyectada por solera oriente de Av. Fermín Vivaceta, 16 - 1 cruzando Av. Domingo Santa María.
POLÍGONO DE PROTECCIÓN Coordenadas SIRGAS-CHILE / UTM 19 Sur Punto Este (x) Norte (y) 1 345.258 6 301.434 2 345.849 6.301.458 3 345.851 6.301.451 4 345 854 6.301.452 5 345.856 6.301.418 6 345.874 6.301.419 7 345.877 6.301.364 8 345.610 6.301.353 9 345.611 6.301.347 10 345.595 6.301.346 11 345.597 6.301.318 12 345.581 6.301.317 13 345.582 6.301.301 14 345.564 6.301.301 15 345.561 6.301.351 16 345.282 6.301.338 Artículo segundo: Archívese oficialmente el plano de límites oficial Nº 9-2026, con el fin de dejar constancia indubitada de su contenido y ajustarse al principio de transparencia y publicidad que debe imperar en los procedimientos administrativos de los órganos de la Administración del Estado.
Artículo tercero: Incorpórese el presente decreto al Registro Patrimonial de acceso público, de conformidad a la normativa vigente y lo dispuesto por el artículo 3º Nº 30 de la Ley Nº 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio.
Artículo cuarto: Incorpórese por la Secretaría Técnica del Consejo de Monumentos Nacionales la presente declaración de Monumento Nacional, en la zona típica o pintoresca, la Población Domingo Santa María, comuna de Independencia, Región Metropolitana de Santiago, en el Registro de Monumentos Nacionales a que se refiere el Nº 4 del artículo 30 de la ley Nº 21.045. Anótese y publíquese. - Por orden del Presidente de la República, Carolina Arredondo Marzán, Ministra de las Culturas, las Artes y el Patrimonio. Lo que transcribo a usted para su conocimiento. - Carolina Pérez Dattari, Subsecretaria del Patrimonio Cultural. Directora (S): Pamela Urra Sepúlveda Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2781766 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl