Decreto exento número 207, de 2025.- Establece nuevo orden de subrogación en el cargo de Subsecretario/a de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación y deja sin efecto decreto N° 3 exento, de 2021
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.359 Lunes 26 de Enero de 2026 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2755280 MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA, CONOCIMIENTO E INNOVACIÓN ESTABLECE NUEVO ORDEN DE SUBROGACIÓN EN EL CARGO DE SUBSECRETARIO/A DE CIENCIA, TECNOLOGÍA, CONOCIMIENTO E INNOVACIÓN Y DEJA SIN EFECTO DECRETO N 3 EXENTO, DE 2021, DE ESTE ORIGEN Núm. 207 exento. - Santiago, 30 de diciembre de 2025.
Visto: Lo dispuesto en los artículos 32 N7 y 35 de la Constitución Política de la República; en el decreto con fuerza de ley N 1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; el decreto con fuerza de ley N 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N18.834, sobre Estatuto Administrativo; la ley N21.105 que crea el Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación; el decreto supremo N19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de Gobierno, que faculta a los Ministros de Estado para firmar "Por orden del Presidente de la República"; y la resolución N 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón. Considerando: 1.
Que, de acuerdo con el artículo 4 inciso final del DFL N29, de 2005, que fija en texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N18.834, sobre Estatuto Administrativo, los subrogantes son aquellos funcionarios que entran a desempeñar el empleo del titular o suplente por el solo ministerio de la ley, cuando éstos se encuentren impedidos de desempeñarlo por cualquier causa.
A su vez, los artículos 79 y 80 de la referida normativa, indican, respectivamente, que la subrogación de un cargo procederá cuando no esté desempeñado efectivamente por el/la titular o suplente, y que en los casos de subrogación asumirá las respectivas funciones por el solo ministerio de la ley, el/la funcionario/a de la misma unidad que siga en orden jerárquico, y que reúna los requisitos para el desempeño del cargo. 2. Que, con todo, el artículo 81 letra a) de la norma estatutaria, refiere que, en los cargos de exclusiva confianza, la autoridad facultada para efectuar el nombramiento podrá determinar otro orden de subrogación. 3.
Que, en este orden de ideas, el artículo 1, I "Delegaciones de Carácter General", N22, del decreto N19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, faculta a los Ministros de Estado para firmar "Por orden del Presidente de la República"los decretos supremos relativos al establecimiento o modificación del orden de subrogación en los cargos de exclusiva confianza, con la sola excepción de los/las Ministros/as de Estado. 4. Que, en este contexto, mediante decreto exento N 3, de 2021, de este origen, se estableció el orden de subrogancia para el cargo de Subsecretario/a de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación. 5.
Que, con el objeto de mantener la continuidad de la función pública en caso de ausencia o impedimento de la máxima autoridad de la Subsecretaría de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación, se ha estimado conveniente establecer un nuevo orden de subrogancia en el referido cargo, por tanto, Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2755280 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Establécese el siguiente orden de subrogación para el cargo de Subsecretario/a de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación, en caso de ausencia o impedimento de quien ejerza en calidad de titular, conforme a la prelación que sigue: a) Jefe/a de la División de Políticas Públicas. b) Jefe/a de la División de Ciencia y Sociedad. c) Jefe/a de la División de Tecnologías Emergentes. 2. Por razones impostergables de buen servicio, la subrogancia antes establecidaproducirá sus efectos de inmediato, sin esperar la total tramitación del presente acto administrativo. 3. Déjase sin efecto el decreto exento N 3, de 2021, de este origen, que estableció orden de subrogancia en el cargo de Subsecretario/a de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación. Anótese, regístrese y publíquese. - Por orden del Presidente de la República, Aldo Valle Acevedo, Ministro de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación. Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento, decreto exento N 207, de 30 de diciembre de 2025. - Atentamente, Cristian Cuevas Vega, Subsecretario deCiencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2755280 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl